Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS

Núm. 6784
Bases para el reparto de compostadores domésticos

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Junta de Gobierno Local en sesión extraordinaria celebrada el día 28 de junio de 2019  aprobó las bases y la convocatoria para el reparto de compostadores domésticos.   El plazo  de presentación de solicitudes será de 10 días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

A continuación, se transcriben las bases:

BASES PARA EL REPARTO DE COMPOSTADORES DOMÉSTICOS

1.- OBJETO

El objeto de la convocatoria es repartir de forma gratuita 40 compostadores domésticos para introducir y facilitar la transformación de los residuos orgánicos en fertilizantes a través del compostaje con la finalidad de reducir la cantidad de materia orgánica destinada al depósito controlado al vertedero y mejorando su gestión.

Con el compostaje se recicla la materia orgánica, ayudando a reducir la cantidad de residuos que acaban en el contenedor de rechazo, tratando de mitigar el cambio climático.

Los gastos de la conservación y mantenimiento de cada uno de los compostadores le corresponde a su destinatario, que se compromete a utilizar el bien según su naturaleza.

2.- PERSONAS BENEFICIARIAS

Podrán concurrir al presente procedimiento las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:

- Ser mayor de edad.

- Estar inscrito en el Padrón Municipal de Sant Lluís.

-Tener a su disposición una vivienda con jardín o un huerto en el municipio de Sant Lluís con un mínimo de 50m².

Estos requisitos deberán cumplirse en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de las solicitudes y durante todo el plazo de duración a que se refiere la siguiente cláusula.

El uso del compostador será personal e intransferible. El órgano municipal competente podrá revocar y dejar sin vigencia la cesión del compostador si la persona usuaria incumple de forma sobrevenida los requisitos señalados en este artículo, o se da alguna otra de las circunstancias que las normas de esta convocatoria prevean como causa de revocación, teniendo que devolver el compostador facilitado.

3.- DURACIÓN

Los compostadores se entregarán para ser utilizados un mínimo de 4 años.

A partir del cuarto año se considera que los bienes están amortizados y en un estado de deterioro a causa de su uso, que no hace posible su recuperación, entendiendo agotado su aprovechamiento.

4.- REQUISITOS DE LAS SOLICITUDES

Cada persona sólo podrá solicitar un compostador doméstico.

5.- PERIODO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

Las personas interesadas que cumplan las exigencias previstas en la convocatoria, podrán presentar la solicitud en la oficina del SAC del Ayuntamiento de Sant Lluís o a través de la carpeta ciudadana.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días naturales a contar a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB.

6.- INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN

Una vez comprobado que las solicitudes reúnen los requisitos establecidos en la base segunda de la convocatoria, el órgano competente procederá a asignar los compostadores siguiendo el orden de presentación de las peticiones en el registro de entrada del Ayuntamiento.

7.- ACTUACIONES DEL AYUNTAMIENTO 

El ayuntamiento de Sant Lluís realizará acciones de seguimiento del uso de los compostadores.

El personal técnico del Ayuntamiento de Sant Lluís dará el apoyo necesario en caso de surgir dudas.

8.- DEBERES DE LOS DESTINATARIOS DE LOS COMPOSTADORES

- Disponer de un jardín o un huerto en el municipio de Sant Lluís con un mínimo de 50m² 

- Tener cuidado del compostador y hacerle el mantenimiento pertinente

- Utilizar el compostador para la producción de compost a partir de residuos orgánicos domésticos 

- Asistir a las sesiones formativas y de refuerzo que organice el Ayuntamiento

- Facilitar las tareas de seguimiento programadas por el Ayuntamiento 

- Permitir al personal técnico del Ayuntamiento de Sant Lluís hacer las visitas que se estimen oportunas por el control del buen uso de los compostadors así como una separación en origen de residuos orgánicos de forma correcta.

9.- DEVOLUCIÓN DEL COMPOSTADOR DOMÉSTICO 

Se devolverá o, en su caso, se podrá requerir la devolución del compostador cedido, en el plazo de los 4 años señalados en la cláusula tercera, en caso de que se dejen de cumplir los requisitos requeridos en esta convocatoria.

 

 

ANEXO Y - SOLICITUD

El/La________________________________________________con DNI_________________________

con domicilio para notificaciones_____________________________________

municipio_______________, teléfono __________________________ y correo electrónico________________________

DECLARO

-Que soy mayor de edad.

-Que estoy empadronado en el municipio de Sant Lluís

-Que tengo un jardín o un huerto en el termino de Sant Lluís con un mínimo de 50m²

-Que acepto íntegramente las cláusulas de la convocatoria.

SOLICITO

- Concurrir en la convocatoria para el reparto de compostadors domésticos.

En Sant Lluís __________ de __________ de 2019

Firmado________________________________

CLÁUSULA DE CONSENTIMIENTO SOBRE EL RGPD 

1.- De conformidad con lo que establece la normativa vigente en Protección de Datos de Carácter Personal (Reglamento de la UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consell de 27 de abril de 2016 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales), le informamos que sus datos serán incorporados al sistema de tratamiento de datos del Ayuntamiento de Sant Lluís, con el ejercicio de los poderes otorgados a este Ayuntamiento.

2.- En cumplimiento de la normativa vigente el Ayuntamiento le informa que los datos serán conservados durante el plazo estrictamente necesario para cumplir con lo mencionado anteriormente.

3.- La presente instancia fomenta el tratamiento de los datos contenidos en ella, en el cumplimiento de misión realizada en interés público o ejercicio de poderes públicos conferidos a este Ayuntamiento establecido en el punto e) del artículo 6 apartado 1 del Reglamento General de Protección de Datos.

4.- Los datos podrán ser facilitadas a otras administraciones siempre y cuando la finalidad que cumpla con la normativa vigente y la finalidad sea legítima.

5.- Mientras no se comunique lo contrario se entenderá que sus datos no han sido modificados, y que se compromete a notificarnos cualquier variación y que tenemos su consentimientos para emplearlos para las finalidades mencionadas.

6.- El Ayuntamiento le informa que procederá a tratar sus datos de manera lícita, transparente, adecuada y pertinente; por este motivo el Ayuntamiento se compromete a adoptar todas aquellas medidas razonables para que estas se supriman o rectifiquen sin más dilación como sean inexactas.

7.- De acuerdo con aquello que establece la normativa vigente en protección de datos podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, limitación del tratamiento, supresión, portabilidad y oposición al tratamiento de sus datos de carácter personal así del consentimiento dado para el tratamiento de las mismas, dirigiendo su petición al Ayuntamiento de Sant Lluís.

8.- Podrá dirigirse al delegado/ la delegada de protección de Datos para presentar la reclamación que considere oportuna.

9.- Puede consultar la información adicional y detallada sobre protección de datos en la siguiente url: www.aepd.es

 

10.- La participación en este procedimiento, y firma de la solicitud, implica el consentimiento expreso de esta cláusula, y la cesión/comunicación de los datos de carácter personal que resulten precisas para el desarrollo, cumplimiento y control de la convocatoria. Así mismo, supone autorizar al Ayuntamiento de Sant Lluís para solicitar a otras administraciones publicas la información que resulte precisa.

  

Sant Lluís, 5 de julio de 2019

Alcaldesa del Ayuntamiento de Sant Lluís

M. Carolina Marquès Portella