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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PUIGPUNYENT

Núm. 6780
Cargo de dedicación exclusiva

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Texto

El Ayuntamiento Pleno. en sesión celebrada el 2 de julio de 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Real Decreto Ley 24/2018, de 21 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público, el límite máximo total que pueden percibir los miembros de las entidades locales para todos los conceptos retributivos y asistencias, excluidos los trienios a los que, en su caso tengan derecho aquellos funcionarios que se encuentren en situación de servicios especiales será: HABITANTES: de 1.000 a 5.000: 42.452,24 €.

PRIMERO.- Establecer los miembros de la Corporación que ejercerán sus cargos con dedicación exclusiva: Sra. Alexandra Raquel Ripoll Soler concejala delegada de Servicios Sociales, Cultura, Deportes, Sanidad, Cooperación, Igualdad y Juventud.

SEGUNDO.- Aprobar las cantidades que percibirán según esta responsabilidad: Por la dedicación exclusiva: 39.432,24 brutos anual, dividida en doce pagas.

TERCERO.- Significar que la dedicación exclusiva surtirá efectos a partir del día 3 de julio de 2019.

CUARTO.- Determinar que el Ayuntamiento de Puigpunyent, dará de alta en la Seguridad Social en la asumiendo el pago de las cuotas empresariales que correspondan.

QUINTO.- Las retribuciones que se fijan en este acuerdo serán incrementadas anualmente de conformidad con las determinaciones de las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para el personal al servicio de las Administraciones Públicas.

SEXTO.- Publicar este acuerdo en el BOIB y tablón de edictos de la Casa Consistorial, en cumplimiento del artículo 75 de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Plenario de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

 

Puigpunyent, 4 de julio de 2019

El Alcalde

Antonio Marí Enseñat