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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO

Núm. 6777
Resolución de la Consejera de Salud y Consumo de 3 de julio de 2019, por la que se dispone el nombramiento de personal eventual de la Consejería de Salud y Consumo

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Texto

El artículo 20 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que es personal eventual el que, en virtud de nombramiento legal, ocupa, con carácter temporal, puestos de trabajo considerados de confianza o de asesoramiento especial de la Presidencia o de los consejeros o consejeras, no reservados a personal funcionario de carrera. También establece que el presidente o presidenta y los consejeros o consejeras nombran libremente a su personal eventual y que los nombramientos se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

El punto 3 del artículo 20 de la Ley 3/2007 de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que el presidente o la presidenta y los consejeros o las consejeras nombran y cesan libremente a su personal eventual. Los nombramientos y ceses se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. En todo caso, el personal eventual cesa automáticamente cuando cesa la autoridad que lo nombró, como también en caso de renuncia. El cese no da, en ningún caso, derecho a indemnización.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero. Nombrar, de acuerdo con la Relación de Puestos de Trabajo del personal eventual vigente, con adscripción orgánica a la Consejería de Salud y Consumo, con efectos de día 4 de julio de 2019, en los puestos que se mencionan a continuación, a las personas siguientes:

  • Señora Susana Fernández Olleros, asesora técnica
  • Señora Nuria Togores Fernández, responsable de comunicación

Segundo. A  efectos de dietas e indemnizaciones por razón del servicio, es aplicable lo dispuesto en el Decreto 16/2016, de 8 de abril, o la norma que lo sustituya, y el artículo 16 de la Ley 14/2018, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2019.

Tercero. A  efectos de retribuciones por antigüedad o trienios, se reconoce el derecho a la percepción de los conceptos mencionados que la persona interesada acredite en las diferentes administraciones públicas.

Cuarto. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 3 de julio de 2019

La consejera de Salud y Consumo Patricia Gómez Picard