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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN

Núm. 6729
Decreto de cese y nombramiento de Tenientes de Alcalde

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Texto

De conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público el Decreto de Alcaldía núm. 078/2019, de 26 de junio, sobre nombramiento de Tenientes de Alcalde, del tenor literal siguiente:

<< DECRETO 078/2019

Visto que por Provisión de Alcaldía de 25 de junio de 2019, se inició el expediente relativo al cese de los Tenientes de Alcalde nombrados por Decreto de Alcaldía núm. 068/2017, de 4 de agosto, así como el nombramiento de los nuevos Teniente de Alcalde, con motivo de la celebración de las Elecciones Municipales celebradas el pasado día 26 de mayo de 2019.

Examinada la documentación que lo acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en los artículos 21.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 41.3 y 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

RESUELVO:

Primero.- Revocar el Decreto de Alcaldía núm. 068/2017, de 4 de agosto, de nombramiento de Tenientes de Alcalde a:

         - Primer Teniente de Alcalde: Sr. Josué Gayà Díaz-Munío.

         - Segundo Teniente de Alcalde: Sr. Marcos Vidal Alzamora.

         - Tercer Teniente de Alcalde: Sr. Antonio Oliver Gornals.

Segundo.- Designar como Tenientes de Alcalde de esta Corporación a:

         - Primer Teniente de Alcalde: Sr. José Bauzá Fontirroig.

         - Segundo Teniente de Alcalde: Sr. Bartolomé Ferrer Ribas.

A los Tenientes de Alcalde nombrados, con aceptación previa del cargo, les corresponde sustituir al Alcalde en la totalidad de atribuciones y competencias que le reconoce la legislación vigente, que serán desarrolladas por los Tenientes de Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que lo imposibilite para el ejercicio de sus atribuciones, y de conformidad con el orden fijado.

Tercero.- Cuando esta Alcaldía tenga que ausentarse del término municipal por más de 24 horas, establecerá, mediante Decreto, la duración de su ausencia, designando al Teniente de Alcalde que tenga que asumir sus competencias.

Si no se confiriera esta designación de forma expresa, y de acuerdo con lo establecido al artículo 23.3 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, esta Alcaldía será sustituida por el Primer Teniente de Alcalde y, si no estuviera, por cualquier de los otros Tenientes de Alcalde de conformidad con el orden establecido en el primer punto y que se encuentren presentes, los cuales tendrán que dar cuenta de esta situación al resto de la Corporación, sin que durante el mismo día pueda actuar como Alcalde accidental más de uno de ellos.

Cuarto.- Advertir a los Tenientes de Alcalde afectados que tendrán que mantener informada a esta Alcaldía sobre el ejercicio de sus atribuciones como Alcalde accidental, no pudiendo, durante el mencionado ejercicio, ni modificar las delegaciones ya efectuadas por esta Alcaldía con anterioridad, ni otorgar otras de nuevas.

Quinto.- Notificar personalmente la resolución a los Tenientes de Alcalde cesados.

Sexto.- Notificar personalmente la resolución a los designados que, excepto manifestación expresa, se considerará aceptada tácitamente.

Séptimo.- Remitir la citada resolución al Boletín Oficial de las Islas Baleares para su publicación, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la presente resolución. Igualmente se publicará en el Tablero de edictos del Ayuntamiento.

Octavo.- Dar cuenta de esta resolución al Pleno de este Ayuntamiento en la primera sesión plenaria que se celebre, en conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.>>

 

Sant Joan, 4 de julio de 2019

El Alcalde, Francesc Mestre Estelric