Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SA POBLA
Núm. 6691
Convocatoria subvención por concurrencia competitiva por la contratación de personal para atender a alumnos con necesidades especiales
Aprobadas las bases reguladoras por el Decreto de Alcaldía 2019-0576 en fecha 02 de Julio de 2019, de la subvención en régimen de concurrencia competitiva, por la contratación de personal para atender a alumnos con necesidades especiales por las asociaciones que gestionan las escoletas de verano en el municipio de Sa Pobla. Se establece la siguiente convocatoria para el curso 2018-2019:
1.- Beneficiarios
Pueden acogerse a esta subvención las asociaciones que gestionan escuelas de verano del municipio de sa Pobla que obligatoriamente atienden alumnos escolarizados de entre 3 y 16 años con necesidades educativas especiales acreditadas mediante el correspondiente dictamen de escolarización y alumnos con riesgo de exclusión social los cuales vendrán derivados directamente de Servicios Sociales.
A los efectos de esta subvención, estos alumnos son los que tienen necesidades educativas especiales vinculadas a discapacidades físicas, intelectuales o sensoriales, los que manifiestan trastornos graves de personalidad o de conducta , los que sufren dolencias degenerativas graves o los alumnos que los Servicios Sociales consideren en circunstancias de exclusión social.
2.- Solicitudes y plazo de presentación
De acuerdo con la base reguladora 4, los interesados pueden presentar sus solicitudes, conjuntamente con la documentación que consta en las bases reguladoras, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación en el BOIB, en el registro del Ayuntamiento, rellenando debidamente el modelo de solicitud general.
3.- Importe y partida presupuestaria
El importe máximo destinado a la concesión de estas subvenciones es de 12.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 2310 48907 01 del presupuesto del Municipio de sa Pobla para el año 2019, o partida equivalente, supeditado a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente al mencionado presupuesto.
4.- Módulos de subvención
4.1 El módulo de subvención para la totalidad del curso 2018-2019 se repartirá tal y como se establece en las Bases reguladoras en su punto 5 en función del número de monitores contratados específicamente por este programa.
5.- Los órganos competentes para tramitar y resolver esta subvención son los que establece el punto 7 de las bases reguladoras de la subvención.
6.- Resolución
6.1 El órgano instructor eleva al órgano resolutorio la propuesta de resolución definitiva fundamentada en las actas de las comisiones de valoración.
6.2 La resolución contiene la lista de beneficiarios y el importe respectivo otorgado en concepto de subvención.
6.3 Transcurrido el plazo máximo previsto en el apartado primero de estas bases reguladoras sin que se haya dictado y notificado la resolución final del procedimiento, los centros solicitantes pueden entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.
7.- Justificación
Las entidades beneficiarias tienen que presentar la justificación, establecida en la base undécima de las bases reguladoras, a través del registro del Ayuntamiento.
Sa Pobla, 4 de julio de 2019
El Alcalde-Presidente Llorenç Gelabert Crespí