Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 6667
Resolución de la adjudicación de las barras a las Festes de Sant Jaume 2019
En conformidad con el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el 194 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, a través del presente edicto
Os notificamos que por Resolución de Presidencia de 26 de junio de 2019, con el número 2019/814 se ha dispuesto lo siguiente:
“Vistas las bases de las condiciones economicoadministrativas y técnicas para la adjudicación de las barras a las fiestas de San Jaume 2019, aprobadas por la Comisión de Gobierno de 24 de mayo de 2019, y publicadas en el BOIB n.º 74/2019, de 4 de junio.
Vista el acta de la Comisión evaluadora, reunida el 21 de junio de 2019, mediante la cual una vez examinada y valorada la documentación presentada por los solicitados efectúa propuesta de autorización de las barras para las fiestas de Sant Jaume 2019.
Visto el artículo 66.2 del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares; los artículos 13 y 14 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consells insulars en relación a la disposición transitoria tercera de la Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y economicoadministrativas sobre “Medidas urgentes de gobierno, administración y régimen jurídico del municipio y de la isla de Formentera y el artículo 151 del Reglamento orgánico de funcionamiento del Consell Insular de Formentera (ROC), publicado al BOIB n.º 61, de 22 de abril 2010 sobre responsables de área (Consellers y Conselleres Insulares delegados) del Consell Insular.
Con la conformidad jurídica del secretario de la corporación, según el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
Viste así mismo el artículo 9.f de Ley 8/2000 de 27 de octubre, de consells insulars y el propio ROC que atribuyen a la presidencia la competencia para dictar decretos que supongan la creación o extinción de departamentos del Consejo Ejecutivo (en Formentera, Conselleries), en el marco del Reglamento orgánico, y fijar las atribuciones de los diferentes órganos de cada departamento (en Formentera, Conselleria), por la presente,
En ejercicio de la potestad de autoorganización que el artículo 6 de la Ley de Consell Insulars reconoce a esta entidad, por la presente,
HE RESUELTO
1. Autorizar la instalación de las barras de las festas de Sant Jaume 2019 a las siguientes asociaciones y/o entidades sin ánimo de lucro y entidades deportivas, inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Consell Insular de Formentera, que tengan el ámbito de actuación a la isla de Formentera:
BARRA 1
COMISIÓN DE FIESTAS DE SANTA MARIA, con NIF n.º V57060980 ubicada en la plaza de la Constitución, con el número 1 del plano de ubicación y con un espacio de 15m2 (según plano que consta al expediente), los días 20, 24 y 25 de julio de 2019.
BARRA 2
ASOCIACIÓN CULTURAL ANDALUZA, con NIF n.º G07877814 en la calle Ramon Llull, junto al OAC con el número 2 del plano de ubicación y con un espacio de 15m2 (según plano que consta al expediente), los días 21, 24 y 25 de julio de 2019.
BARRA 3
ARTESANOS DE SAN FERNANDO, con NIF n.º G57769754 en la plazoleta de la calle del Llaüt des Damians con el número 3 del plano de ubicación y con un espacio de 15m2 (según plano que consta al expediente) el día 20 de julio de 2019.
BARRA 4
FORMENTERERS SOLIDARIS, con NIF n.º G57580938 en la calle Isidor Macabich, esquina con plaza de la Constitució, con el número 4 del plano de ubicación y con un espacio de 15m2 (según plano que consta al expediente), los días 20, 24 y 25 de julio de 2019.
BARRA 5
ASOCIACIÓN PAU MAYANS PARA LA INTEGRACIÓN DE PERSONAS CON TEA, con NIF n.º G57717530, a la plazoleta de la calle del Llaüt des Damians, con el número 5 del plano de ubicación y con un espacio de 15m2 (según plano que consta al expediente) los días 20, 24 y 25 de julio
BARRA 6
ASOCIACIÓN QUE CELESTE, con NIF n.º G16539454 en la plazoleta de la calle del Llaüt des Damians, con el número 6 del plano de ubicación y con un espacio de 15m2 (según plano que consta al expediente), el día 20, 24 Y 25 de julio de 2019.
BARRA 7
SOCIEDAD DEPORTIVA FORMENTERA, con NIF n.º G07447717 ubicada a la plazoleta de la calle del Llaüt des Damians, con el número 7 del plano de ubicación y con un espacio de 15m2 (según plano que consta al expediente), el día 20 de julio de 2019.
2. Denegar la instalación de una barra de las Fiestas de Sant Jaume a la APIMA VIRGEN MILAGROSA al determinarse que no se incluye en ninguno de las tres categorías establecidas en las bases de las condiciones economicoadministratives y técnicas para la adjudicación de las barras a las fiestas de San Jaime 2019.
3. Recordar que esta autorización es discrecional, revocable, intransferible, se concede exclusivamente para la venta de los productos que se han descrito, y está condicionada al permanente cumplimiento de los requisitos que han posibilitado el otorgamiento, y está condicionada a la aportación antes del día 16 de julio de 2019 de la siguiente documentación:
- Copia compulsada de la póliza de responsabilidad civil que dé cobertura a los trabajadores y/o voluntarios de cada barra.
- Copia compulsada de la póliza de seguro de responsabilidad civil de la asociación derivada de la actividad de la barra los posibles daños a terceros a propósito del acontecimiento.
- Resguardo del pago del espacio ocupado según el estipulado a la cláusula tercera de las Bases.
- Encargo del número y tipo de contenedores que necesitará la asociación para realizar la recogida selectiva de residuos.
4. Las asociaciones autorizadas tendrán que presentar la documentación requerida al Registro de entrada en la Oficina de Atenció Ciutadana del Consell (OAC ubicada en la calle Ramon Llull 6, 07860 Sant Francesc), o bien por registro electrónico a través de la OVAC www.conselldeformentera.cat, junto con un oficio dirigido al área de Cultura del Consell.
5. Autorizar a montar las barras para las fiestas de Sant Jaume que se celebrarán en Sant Francesc Xavier los días 20, 24 y 25 de julio 2019 a la plaza de la Constitución y calles anexas, a las asociaciones señaladas en el punto primero de esta resolución, según el detalle señalado de ocupación, días autorizados y ubicación de cada una de ellas, para la venta de bebidas a las fiestas patronales, a la vez que prestan un servicio público también considerar que el hecho que la supone la reinversión de los beneficios en la financiación de las actividades que realizan durante el año hacia la comunidad.
6. Aprobar la liquidación de la tasa por ocupación de venta temporal, por un importe de 9€ euros por metro cuadrado y día sollicitado, y presentar recibo de la tasa a la Oficina de Atención Ciudadana (OAC). Sin perjuicio de efectuar liquidación complementaria si la tasa liquidada no se ajusta a la ocupación real declarada, conforme a la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa y por la ocupación de la vía pública o terrenos de uso público con lugares de venta, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones, industrias ambulantes y rodaje cinematográfico.. Quedan exentas de pago las entidades de ayuda al desarrollo (cláusula 3 de las Bases).
7. Notificar este acuerdo a los interesados.
8. Informar de este acuerdo al departamento de recaudación y a la Policía Local de Formentera, a los efectos oportunos.
9. Publicar este acuerdo en el tablón de anuncios y en la página web de la corporación.(...)”
Lo cual se hace pública para general conocimiento.
Formentera, 3 de julio de 2019
La Presidenta del Consell Insular de Formentera
Alejandra Ferrer Kirschbaum