Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE VALLDEMOSSA
Núm. 6663
Organización Ayuntamiento de Valldemossa
De acuerdo con las disposiciones vigentes, se hace público que el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día 26 de junio de 2019 adoptó los siguientes acuerdos:
1º.- Acuerdo sobre la periodicidad de las sesiones ordinarias del Ayuntamiento Pleno.
Conforme con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 20/2006 de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares el Ayuntamiento Pleno tiene que celebrar sesión ordinaria como mínimo una vez cada dos meses en los municipios de hasta 5.000 habitantes en que haya Junta de Gobierno Local, por lo cual de acuerdo con los dispuesto en el artículo 46.2.a de la Ley 7/1985 de 2 de abril y art. 38.a del ROF el Ayuntamiento pleno ha acordado celebrar una sesión ordinaria cada 2 meses (6 plenos al año), a celebrar a las diecinueve treinta horas (19:30h.)
Si el día señalado fuera festivo se celebraría el día hábil inmediato siguiente a la misma hora.
La primera sesión ordinaria se celebrará el primer lunes del mes de septiembre de 2019.
2º.- Acuerdo de creación de la Junta de Gobierno Local.
El artículo 20 de la LRBRL y los artículos 22 y 23 de la LMRLIB dispone que la Junta de Gobierno Local existe en todos los municipios de más de 5.000 habitantes y en aquellos que así lo acuerde el Pleno del Ayuntamiento a través del Reglamento orgánico o mediante un acuerdo independiente. Por lo tanto, se propone:
La creación de la Junta de Gobierno Local.
Que la Junta de Gobierno Local se resuma con carácter ordinario con una periodicidad semanal el día y hora que determine el alcalde previa deliberación en la sesión constitutiva de la Junta de Gobierno Local.
No se propone la delegación de competencias del Ayuntamiento Pleno ya que actuará como órgano de asistencia y asesoramiento al alcalde como órgano resolutivo con las competencias de alcaldía que por ley se pueden delegar.
3º.- Propuesta creación y composición de las Comisiones Informativas permanentes.
De conformidad con lo dispuesto en el ROF artículos 38.b y 125; y la LMRLIB artículos 24.1 y 76.7 se propone:
Crear dos comisiones: La Comisión de Asuntos Generales y la Comisión de Hacienda y Especial de Cuentas. La periodicidad ordinaria de la comisión informativa será la siguiente: celebrará sesión ordinaria el lunes de la semana anterior a la cual esté prevista la celebración del pleno ordinario. Se pueden llevar a cabo todas las sesiones extraordinarias que sean necesarias por el buen funcionamiento del Ayuntamiento.
Composición de la Comisión informativa permanente de Asuntos Generales estará presidida por el Sr. alcalde y cinco vocales: tres del equipo de Gobierno, uno del PP y uno de la Agrupació la Valldemossa que Volem.
Secretario el de la Corporación.
Los tres vocales del equipo de Gobierno serán: Sr. Jaume Mayol Llobet
Sra. Margalida Pons Calafat
Sr. Jaume Salva Riutort
El vocal del PP, el Sr. Vicens Colom y sustituta la Sra. Catalina Mayol Llobet.
El vocal de V.q.V., el Sr. Antoni Colom Colom y sustituta la Sra. Gloria Escudero Tomas.
Composición de la Comisión informativa de Hacienda y Especial de Cuentas estará presidida por el Sr. alcalde y cinco vocales: tres del equipo de Gobierno, uno del PP y uno de la Agrupació la Valldemossa que Volem.
Los tres vocales del equipo de Gobierno serán: Sr. Miquel Angel Torres Torres
Sr. Jaume Mayol Llobet
Sra. Margalida Pons Calafat
El vocal del PP, la Sra. Catalina Mayol Llobet y sustituto el Sr. Vicens Colom Torres.
El vocal de V.q.V, la Sra. Gloria Escudero Tomas y sustituto el Sr. Antoni Colom Colom.
4º.- Asignaciones dietas de asistencia a miembros de la corporación y dedicación exclusiva.
El artículo 75-3 de la ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las bases del régimen local determina que los miembros de las Corporaciones Locales que no tengan dedicación exclusiva ni parcial podrán percibir asistencias para la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados que formen parte, en la cuantía señalada por el Plenario. En el mismo sentido también los regula el artículo 74.4 de la ley 20/2006 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares y artículo 13.5 del ROF.
INDEMNITZACIONES PARA ASISTENCIAS
Asistencia a Plenarios
Asistencia a Comisiones Informativas
Asistencia a la Comisión Especial de Cuentas
Asistencia a Juntas de Gobierno Local
Reuniones y visitas en ejercicio de su cargo
INDEMNITZACIONES PARA ASISTENCIAS
-Asistencia a Plenarios
Alcalde 250,00€
Portavoces 200,00€
Otros concejales 150,00€
-Asistencia a Comisiones Informativas
Alcalde 65,00€
Otros concejales 50,00€
-Asistencia a la Comisión Especial de Cuentas
Alcalde 65,00€
Otros concejales 50,00€
-Asistencia a Juntas de Gobierno Local
Alcalde 120,00€
Otros concejales 90,00€
-Reuniones y visitas en ejercicio de su cargo
Alcalde 45,00€
Otros concejales 35,00€
LIMITE MAXIMO ANUAL
Alcalde 11.895€
Portavoces de la oposición 3.250€
Concejales de la oposición 2.600€
Concejales del equipo de Gobierno 7.150€
La efectiva percepción de las indemnizaciones para asistencias quedará condicionada a la concurrencia efectiva de los concejales a las sesiones.
De conformidad con el artículo 13.5 del ROF todos los miembros de la corporación, incluidos los que ejerzan cargos en régimen de dedicación exclusiva, percibirán indemnizaciones para los gastos efectivos, documentalmente justificados, que se ocasionen en el ejercicio de sus cargos, según las normas de aplicación general de las Administraciones Públicas y las que en desarrollo de estas se acuerde el Pleno de la Corporación.
Aprobar el sistema de actualización anual de las indemnizaciones establecidas en el punto anterior en base a la aplicación del IPC general estatal anual de cada ejercicio.
Propuesta de aprobación de la dedicación exclusiva al concejal Sr. Jaume Mayol Llobet.
De conformidad con el artículo 75.1 de la ley 7/1985, de 2 abril y artículo 74.2 de la ley 20/2006, de 15 de diciembre, que regula el derecho de los miembros de las corporaciones locales a percibir retribuciones para el ejercicio de sus cargos cuando los desarrollen en régimen de dedicación exclusiva, con la obligación corporativa de darlos de alta al régimen general de la seguridad social, asumiendo el pago de las cuotas empresariales que corresponda.
Se propone:
Conceder la dedicación exclusiva al concejal, Sr. Jaume Mayol Llobet Primer Teniente de Alcalde a partir del día 1 de julio de 2019 una retribución de 2.680,43 € brutos mensuales, más dos pagas extraordinarias anuales de la misma cantidad.
Dar de alta en Régimen General de la Seguridad Social asumiendo la Corporación el pago de las cuotas.
Aprobar el sistema de actualización anual de la retribución en base a la aplicación del IPC general estatal anual de cada ejercicio.
5º.- Nombramiento de representantes a entidades en las que el Ayuntamiento forma parte.
De acuerdo con el art. 222.1.B de la lley 7/1985 de 2 de abril reguladora de las bases de régimen local y el artículo 38.c del ROF es competencia del Pleno el nombramiento de los representantes de la Corporación ante los órganos colegiados.
Se propone representantes en las siguientes organizaciones supramunicipales:
Consorcio de Aguas
Titular: Jaume Salva Riutort
Suplente: Nadal Torres Bujosa
Consorcio de Informática
Titular: Miquel Angel Torres Torres
Suplente: Jaume Salva Riutort
Grupo de Acción Local “Mallorca Rural”
Titular: Nadal Torres Bujosa
Suplente: Jaume Mayol Llobet
Consorci Serra Tramuntana
Titular: Margalida Pons Calafat
Suplente: Jaume Mayol Llobet
Consorcio de Infraestructuras:
Titular: Jaume Salva Riutort
Suplente: Jaume Mayol Llobet
Federación de Municipios (FELIB)
Titular: Nadal Torres Bujosa
Suplente: Jaume Mayol Llobet
Fons Mallorquí de Solidaritat
Titular: Margalida Pons Calafat
Suplente: Jaume Mayol Llobet
Mancomunitat de Tramuntana
Titular: Jaume Mayol Llobet
Suplente: Nadal Torres Bujosa
Representantes en los siguientes órganos consultivos y de participación Consell Escolar
Titular: Jaume Mayol Llobet
Suplente: Margalida Pons Calafat
Consell Escolar de l'Escoleta
Titular: Jaume Mayol Llobet
Suplente: Margalida Pons Calafat
Asamblea de Protección Civil
Titular: Miquel Angel Torres Torres
Suplente: Jaume Mayol Llobet
Fundación Coll Bardolet
Titular: Nadal Torres Bujosa
Suplente: Jaume Mayol Llobet
Comunidad de Regantes de sa Font de Na Mas
Titular: Jaume Salva Riutort
Suplente: Jaume Mayol Llobet
Real Cartuja de Valldemossa S.C.
Titular: Miquel Angel Torres Torres
Suplente: Nadal Torres Bujosa
Cartuja propietarios
Titular: Miquel Angel Torres Torres
Suplente: Nadal Torres Bujosa
A continuación, el Sr. alcalde da cuenta de las resoluciones dictadas de nombramiento de teniente de alcaldía y delegaciones en fecha 20 de junio del 2019.
Con motivo de la constitución de la nueva Corporación Municipal, y en aplicación de las atribuciones que me confieren los art. 43 y siguientes y 115 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en relación con el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local:
HE RESUELTO:
1º.- Nombramiento de tenientes de alcalde:
A los tenientes de alcalde en cuanto a tales les corresponde sustituir a esta alcaldía en la totalidad de sus funciones y por orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento por el ejercicio de sus atribuciones.
2º.- Delegaciones de competencias de alcaldía:
Las delegaciones a las que se refiere el apartado anterior, al emparo del que dispone el artículo 43.4 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre (ROF), incluyendo las facultades de dirección y gestión, reservándose el alcalde la facultad de resolución mediante actos administrativos.
De la presente resolución se dará conocimiento al Pleno a la primera sesión que celebre, notificándose, además personalmente a los designados y se publicará al BOIB, sin perjuicio de su efectividad des del día siguiente al de la presente resolución.
Por último, también se da cuenta de los portavoces que han sido designados, por los grupos políticos: por el equipo de Gobierno Miguel Angel Torres Torres (G.I.V.)
Por el PP Catalina Mayol Llobet
Por la Valldemossa que Volem Antoni Colom Colom
Estos Acuerdos Plenarios surgirán efecto des del día siguiente al de su adopción, sin perjuicio a su publicación al BOIB.
Valldemossa, 3 de julio de 2019
El alcalde
Nadal Torres Bujosa