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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 6641
Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria y presidente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares del 27 de junio de 2019 por la cual se deniegan ayudas para transporte y/o becas para personas con discapacidad y ayudas a la conciliación dirigidas prioritariamente a trabajadores desocupados de la convocatoria de 13 de marzo de 2017

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Texto

Hechos

1. Las personas que se indican en el anexo adjunto, como alumnos de una acción formativa dirigida prioritariamente a trabajadores desocupados, han presentado solicitudes de concesión de ayudas para transporte y/o de becas para personas con discapacidad y de ayudas a la conciliación, en el marco de la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio  e Industria y  presidente del SOIB de 13 de marzo   de 2018 (BOIB núm.34, de 17  de marzo ).

2. Una vez examinadas estas solicitudes se ha considerado que tienen que ser objeto de denegación por los motivos que se exponen en el anexo I de esta Resolución.

Fundamentos de derecho

1.El artículo 2.2 del Decreto 37/2015, de 22 de mayo, de aprobación de los Estatutos del Servicio de Empleo de las Islas Baleares ‎establece  que el SOIB, para cumplir sus fines, puede llevar a cabo, entre otras, las funciones necesarias para gestionar las políticas activas de empleo; gestionar el conjunto de programas y medidas de orientación, empleo, formación y formación con alternancia con el empleo, que tienen por objeto mejorar las posibilidades de acceso a la colocación de las personas, desocupadas en el mercado de trabajo, por cuenta propia o de otros; la adaptación de la formación y recalificación para el empleo de los trabajadores, así como las otras acciones destinadas a fomentar el espíritu empresarial, la economía social y a mejorar las condiciones de los trabajadores.

2. De acuerdo con los apartados g e i del artículo 9.4 del Decreto 37/2015, de 22 de mayo, de aprovación de los estatutos  del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (BOIB nº. 77, de 23 de mayo),  es función del presidente del SOIB autorizar gastos, contraer obligaciones y proponer pagos del servicio, así como conceder ayudas y subvenciones.

3. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18 de noviembre, y suplemento en catalán del BOE nº. 23, de 24 de noviembre), tiene por objeto regular el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las administraciones públicas.

4. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº. 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones cuya gestión corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o a las entidades públicas que dependen.

5. La Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 7 de marzo de 2008 (Orden TAS/718/2008), por la cual se despliega el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el cual se regula el subsistema de formación profesional para la ocupación en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a financiarla (BOE nº. 67, de 18 de marzo de 2008).

6. El Real decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el cual se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos de la ocupación y de la formación profesional ocupacional (BOE nº. 83, de 7 de abril, y suplemento en catalán del BOE nº. 9, de 17 de abril).

7. Mediante la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio  e Industria y  presidente del SOIB de SOIB de 13 de marzo   de 2018 (BOIB núm.34, de 17  de marzo ) se convocan subvenciones para cursos dirigidos prioritariamente a trabajadores desocupados y también se convocan los alumnos de estos cursos para que presenten solicitudes de ayudas para transporte, manutención y alojamiento, y/o solicitudes de becas cuando se trate de personas desocupadas con discapacidad y de ayudas a la conciliación. En el apartado 7 del anexo I se regulan los importes de las becas para personas con discapacidad desocupadas, de las ayudas para transporte y manutención y de las ayudas para manutención y alojamiento y de ayudas de conciliación. En el apartado 8 del mismo anexo se dispone que la resolución de concesión y denegación se tiene que publicar en el BOIB y en el tablero de edictos del SOIB.

8. De acuerdo con el artículo 39.7 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, las subvenciones que se conceden en consideración a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor no requieren ninguna otra justificación que la acreditación de esta situación, previamente a la concesión, por cualquier medio admisible en derecho, sin perjuicio de los controles que se puedan establecer para verificar la existencia.

9. La Ley 13/2014, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas  Baleares para el año 2015, en la disposición final séptima modifica el artículo 1 de la Ley 7/2000, de 15 de junio, de creación del Servicio de Ocupación de les Islas  Baleares, y lo  define como un organismo autónomo dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obra, adscrito a la consejería competente en materia de trabajo. De acuerdo  con  el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas  Baleares, las competencias en materia de trabajo están atribuidas  a la actual consejería deTrabajo, Comercio e Industria.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Denegar una subvención en concepto de ayuda para transporte y/o de becas para personas con discapacidad, y/o de ayudas a la conciliación para trabajadores desocupados en el marco de la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio  e Industria y  presidente del SOIB de 13 de marzo   de 2018 (BOIB núm.34, de 17  de marzo ), a las personas que figuran en el anexo I de esta Resolución y por los motivos que se exponen en el mismo.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante del consejero  de Trabajo, Comercio e  Industria   y presidente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de 'haber-se publicado en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber-se publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 27  de  junio   de 2019

El director del Servicio  de Ocupación de las Islas Baleares Per suplencia del Director del SOIB (BOIB Núm. 164, de 31 de diciembre de 2016) El Vicepresident del SOIB Jaume Colom Adrover

Conforme con  la propuesta, dicto  Resolución

El consejero de Trabajo, Comerio e Industria, presidente del SOIB Por delegación de competencies (Resolución de 11/08/16, BOIB núm. 105 de 18 d'agost) El director general de Ocupación y Economía Llorenç Pou Garcias

 

 

ANEXO I

DNI/NIE

CURSO

MOTIVO

AYUDA

43102113K

33/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

28970638E

165/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

47431281Z

167/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

X6570424Z

273,275/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

78206519X

273,274,275/18

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

41573202N

274/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

33470876B

284/18

NO TENER HIJOS > DE 6 AÑOS AL INICIO DEL CURSO

CC

78214320Z

285/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

41524247R

322/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

18227337K

322/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

77348816T

322/18

BAJA DEL CURSO

TR

X6843936X

331/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

43224449C

332/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

42313873Z

332/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

X6843936X

332/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

43468139W

373/18

BAJA DEL CURSO

TR

43231710J

374/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

41752799W

416/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

X6807476M

416,417/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

Y4636287F

416/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

41638009M

417/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

41741159T

422,424,426/18

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

41507290H

422,424,426/18

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

Y3730367B

431/18

NO TENER HIJOS > DE 6 AÑOS

CC

41751144A

431/18

SIN FAMILIAR DEPENDIENTE

CC

49412491G

433/18

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

43182849G

459/18

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

43182852F

459/18

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

44899619P

467,470,471/18

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

41511074F

470/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

4150191K

470/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

53534345M

471/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

41505078Z

473,475/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

41743108V

473/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

41742547P

473/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

41743108V

475/18

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

TR

73426369L

480/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

41739191X

480/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

X4901326A

481/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

45611320C

485/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

49607789D

485/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

Y0775577P

520/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

45796098Q

546/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

41739726Q

546/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

X7571405N

550,551/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

Y2047279V

550,551,553/18

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

47086113F

566/18

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

41692617B

595/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

43465065

636/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

45692094H

645/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

72446243S

645/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

41537142Q

684/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

43154516F

684/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR

43193310T

689/18

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

43416634V

793/18

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

TR