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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA

Núm. 6574
Delegaciones regidores

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Texto

Per esta Alcaldía, en data 17 de junio de 2019, se ha dictado la siguiente:

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

1. ANTECEDENTES

1.1. El pasado 26 de mayo de 2019 se celebraron las elecciones locales. La nueva corporación municipal se constituyó en sesión pública el día 15 de junio.

1.2. En virtud del principio de autoorganización y con la finalidad de hacer más eficaz la gestión de los asuntos municipales, se considera necesaria la delegación de atribuciones en la junta de gobierno local.

2. FUNDAMENTOS DE DERECHO

De conformidad con los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de les bases del régimen local, y otra legislación concordante, es facultad de esta Alcaldía la delegación del ejercicio de las atribuciones propias en la junta de gobierno local y, sin perjuicio de las delegaciones especiales que se puedan efectuar. Todo esto, salvo las materias indelegables previstas en los artículos 21.3 mencionado y 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

3. RESOLUCIÓN

Por todo esto, en uso de las atribuciones que legalmente tengo conferidas, RESUELVO:

PRIMERO. Efectuar a favor de los siguientes regidores una delegación específica de atribuciones, de acuerdo con lo que establece el artículo 43.4 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, para gestionar los asuntos relacionados con las materias siguientes:

URBANISMO, VÍAS Y OBRES, MOVILIDAD, ACTIVIDADES: Sra. Mónica Viejo Becerra.

SEGURIDAD CIUDADANA, FERIAS Y FIESTAS, MERCADOS: Sra. Carmen Corraliza Gallardo.

MEDIO AMBIENTE, UNIDAD POLICÍA MEDIAMBIENTAL, CONTRATACIÓN: Sr. Francisco Manuel Martínez González.

ARCHIVO Y CMC, PATRIMONIO, CULTURA, EDUCACIÓN, CASTILLO: Sr. Agustí Nebor Massanet.

TURISMO, TEJIDO EMPRESARIAL Y PARTICIAPCIÓN CIUDADANA: Sr. Pere Terrasa Hernández

HACIENDA, TIC, JUVENTUD Y SANIDAD: Sra. Lorena Molinillo Medina.

DEPORTES: Sra. Margarita Rico Sans

El alcance de las funciones de esta delegación comporta facultades de dirección y gestión. Quedan excluidas las facultades de resolución.

SEGUNDO. Notificar esta Resolución a los interesados. La eficacia de esta Resolución, en cuanto a las delegaciones específicas, queda condicionada a la aceptación por el órgano delegado. Si, en el plazo de tres días hábiles contados des de la notificación del acuerdo, el órgano delegado no hace ninguna manifestación expresa ante el órgano la delegación se entiende aceptada.

TERCERO. Dar cuenta de esta Resolución al Pleno en la próxima sesión que se efectúe.

 

CUARTO. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio que esta resolución sea efectiva a partir del día siguiente de la fecha de la Resolución, de acuerdo con lo que establece el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

 

Capdepera, 25 de junio de 2019

Batle

Rafel Fernandez Mallol