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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS

Núm. 6562
Información pública de la aprobación inicial de los Estatutos y Bases de actuación de la Junta de Compensación de la segunda fase del Polígono Industrial de Binissalem

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión de día 28 de junio de 2019, ha tomado el acuerdo siguiente:

“1º. Acordar la subrogación de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo en la competencia municipal del Ayuntamiento de Binissalem para la tramitación de la aprobación de los Estatutos y las Bases de actuación de la Junta de Compensación de la segunda fase del Polígono Industrial de Binissalem, de acuerdo con el artículo 83.4 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares (LUIB) y en el artículo 245 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo para la isla de Mallorca (RLOUSM). Este acuerdo implica la pérdida de competencia municipal con relación al mencionado expediente. 

2º. Aprobar inicialmente los Estatutos y las Bases de actuación de la Junta de Compensación de la segunda fase del Polígono Industrial de Binissalem, en el trámite previsto en el artículo 83.4 de la LUIB y en el artículo 245 del RLOUSM, sin perjuicio de recordar a las personas interesadas que, de acuerdo con la revisión de las Normas Subsidiarias del Planeamiento Municipal aprobada definitivamente el 15 de febrero de 2008, se tiene que modificar el Plan Parcial del Polígono Industrial de Binissalem ajustando la delimitación a la desclasificación parcial de terrenos operada, así como a la división de esta segunda fase en dos subfases, de acuerdo con la secuencia temporal establecida en las Normas Subsidiarias, no siendo posible la inscripción de la Junta de Compensación mientras no esté aprobada definitivamente la modificación del Plan Parcial.

3º. Notificar este acuerdo al Ayuntamiento de Binissalem y reclamarle, expresamente, que envíe una copia certificada del expediente administrativo municipal, si existe. Esta copia se tiene que enviar en el plazo improrrogable de los diez días siguientes a la notificación de este acuerdo, con la advertencia expresa que la persona titular de la alcaldía y de la secretaría general son directamente responsables, respectivamente, del mencionado envío y de la certificación de la documentación. Asimismo, se advierte que la falta de remisión del expediente no impide la tramitación ante la Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo, independientemente de las responsabilidades en que puedan incurrir las personas responsables, y sin perjuicio del requerimiento de enmienda o mejora de la solicitud.

4º. Notificar este acuerdo al representante de las personas copropietarias de los terrenos afectados y que han solicitado la subrogación del Consejo Insular de Mallorca para la aprobación de los Estatutos y las Bases de actuación.

5º. Someter a información pública los Estatutos y las Bases de actuación aprobados inicialmente durante un plazo de veinte días hábiles mediante anuncio en el BOIB y en la dirección o punto de acceso electrónico del Consejo Insular de Mallorca, con publicación íntegra de la documentación en este medio telemático."

En cumplimiento del acuerdo mencionado, se somete a información pública la propuesta aprobada inicialmente durante un plazo de veinte días hábiles mediante anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la dirección electrónica del Consejo Insular de Mallorca, con publicación íntegra de la documentación en este medio telemático. El texto completo de los Estatutos y las Bases de actuación se pueden consultar en el siguiente localizador:

https://www.conselldemallorca.cat/info-pub-ut?&id_parent=19162&id_class=19163&id_section=19174&id_son=19176

 

Palma, 1 de julio de 2019

El secretario de la Comisión Insular

de Ordenación del Territorio y Urbanismo

Jaume Munar Fullana