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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 6543
Decreto por el que se otorgan delegaciones genéricas en los Tenientes de alcalde

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Texto

En cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se publica en el BOIB el siguiente Decreto de fecha 17 de junio de 2019, firmado por el Alcalde, Sr. Alfonso Rodríguez Badal:

“DECRETO DE ALCALDIA

Mediante Resolución de fecha 17 de junio actual, esta Alcaldía como primera actuación de organización política municipal, ha nombrando como miembros de la Junta de Gobierno Local y Tenientes de Alcalde a los miembros de esta Corporación Sra. Natividad Francés Gárate, Sr. Marcos Pecos Quintans, Sr. Rafel Sedano Porcel, Sra. Eva Serra Félix, Sr. Juan Recasens Oliver, Sr. Marc López Expósito y Sra. Olga Granados Expósito, con indicación de los cargos a ostentar por cada uno de ellos.

Tomando como base esta inicial estructuración, es conveniente realizar una primera asignación de funciones y delegación de atribuciones que permita acometer con garantías de éxito la mejora de la gestión política municipal, de manera que queden suficientemente atendidas las necesidades de organización y funcionamiento de los diferentes servicios municipales.

Por ello, mediante este decreto,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo establecido en los artículos 23.4 de la vigente Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el art. 43 y siguientes del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, quedan otorgadas delegaciones genéricas:

I. En la Sra. Natividad Francés Gárate, Teniente de Alcalde delegada de Cohesión Social, Comunicación y Policía Local.

1. Ámbitos: Cultura, Bienestar Social, Igualdad, Vivienda, Comunicación y Policía Local y Protección Civil.

2. Facultades que se delegan: La dirección e impulsión de la política municipal en todas las materias relacionadas con el ámbito de la delegación, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

3. Condiciones específicas: las competencias atribuidas en el punto 1 anterior incluyen la potestad de adopción de actos administrativos que afecten a terceros, incluso la resolución de recursos de reposición contra los actos que ella haya dictado.

4. Facultades que se delegan: La dirección e impulsión de la política municipal en todas las materias relacionadas con el ámbito de la delegación, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

3. Condiciones específicas: las competencias atribuidas en el punto 1 anterior incluyen la potestad de adopción de actos administrativos que afecten a terceros, incluso la resolución de recursos de reposición contra los actos que él haya dictado.

4. Quedan bajo la dependencia directa de la Teniente de Alcalde de Cohesión Social, Comunicación y Policía Local las siguientes dependencias municipales:

a) Portavoz del Equipo de gobierno y coordinación municipal

b) Servicios de Bienestar Social: Desarrollo social y equidad. Intervención social y Servicios sociales

c) Servicios de sanidad

d) Tercera edad

e) Servicios culturales

f) Servicios de normalización lingüística

g) Servicio de igualdad

h) Oficina de vivienda: ejecución integral de planes municipales de vivienda y de áreas de rehabilitación integrada

e) Servicios de Policía Local y Protección Civil

j) Seguridad vial

k) Comunicación

El resto no encomendadas expresamente a otros delegados.

II. En el Sr. Marcos Pecos Quintans, Teniente de Alcalde delegado de Transparencia, Innovación y Servicios Económicos:

1. Ámbitos: Transparencia, Innovación, Informática y Nuevas Tecnologías, Contratación y Servicios Económicos.

2. Facultades que se delegan: La dirección e impulsión de la política municipal en todas las materias relacionadas con el ámbito de la delegación, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

3. Condiciones específicas: las competencias atribuidas en el punto 1 anterior incluyen la potestad de adopción de actos administrativos que afecten a terceros, incluso la resolución de recursos de reposición contra los actos que él haya dictado.

4. Quedan bajo la dependencia directa del Teniente de Alcalde de Transparencia, Innovación y Servicios Económicos las siguientes dependencias municipales:

a) Servicios de transparencia, organización y calidad

b) Innovación en la administración

c) Informática y nuevas tecnologías:

- Informática municipales

- Servicios tecnológicos municipales

- Comunicaciones

d) Servicios económicos: Intervención y Tesorería.

c) Hacienda: Gestión presupuestaria y contable, rentas y exacciones municipales.

d) Servicios de aprovisionamiento y contratación.

III. En el Sr. Rafel Sedano Porcel, Teniente de Alcalde delegado de Juventud, Participación Ciudadana, Medio Ambiente, Transición Ecológica y Memoria Democrática.

1. Ámbito: Juventud, Participación Ciudadana, Medio Natural y Urbano, Transición ecológica, Movilidad sostenible y Memoria democrática

2. Facultades que se delegan: La dirección e impulsión de la política municipal en todas las materias relacionadas con el ámbito de la delegación, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

3. Condiciones específicas: las competencias atribuidas en el punto 1 anterior incluyen la potestad de adopción de actos administrativos que afecten a terceros, incluso la resolución de recursos de reposición contra los actos que ella haya dictado.

4. Quedan bajo la dependencia directa del Teniente de Alcalde de Juventud, Participación Ciudadana, Medio Natural y Urbano, Transición Ecológica, Movilidad sostenible y Memoria democrática:

a) Agencia del voluntariado

b) Presupuestos participativos, iniciativas y consultas ciudadanas

c) Agilización y tutorización por entidades y colectivos en sus trámites ante la administración

d) Locales de participación

e) Subvenciones y apoyo AAVV

f) Colaboración (Rocio, Fallas, día de narices, Cofradías ...)

g) Actividades propias

h) Democracia directa deliberativa

e) Consejo ciudadano

j) Plataforma Alcalde (Participa Calvià)

k) Servicios de Medio Natural: Servicios Ambientales, Control de Plagas.

l) Bienestar Animal

m) Promoción de la Movilidad Sostenible y Medios Alternativos de energía.

n) Memoria Democrática

ñ) Agenda Local 21

o) Finca Galatzó

p) Mundo Rural

IV. En la Sra. Eva Serra Félix, Teniente de Alcalde delegada de Deportes y Ciudadanos Extranjeros, las siguientes atribuciones:

1. Ámbito: Deportes y Ciudadanos extranjeros.

2. Facultades que se delegan: La dirección e impulsión de la política municipal en todas las materias relacionadas con el ámbito de la delegación, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

3. Condiciones específicas: las competencias atribuidas en el punto 1 anterior incluyen la potestad de adopción de actos administrativos que afecten a terceros, incluso la resolución de recursos de reposición contra los actos que ella haya dictado.

4. Quedan bajo la dependencia directa de la teniente de alcalde de Deportes y Ciudadanos extranjeros, las siguientes dependencias municipales:

a) Servicio de Deportes: Instituto Calvianer del Deporte.

b) Servicio de Ciudadanos extranjeros.

V. En el Sr. Juan Recasens Oliver, Teniente de Alcalde delegado de Servicios Generales e Infraestructuras, las siguientes atribuciones:

1. Ámbito: Servicios Generales, SAC, Infraestructuras, Eventos y Movilidad.

2. Facultades que se delegan: La dirección e impulsión de la política municipal en todas las materias relacionadas con el ámbito de la delegación, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.+

3. Condiciones específicas: las competencias atribuidas en el punto 1 anterior incluyen la potestad de adopción de actos administrativos que afecten a terceros, incluso la resolución de recursos de reposición contra los actos que ella haya dictado.

4. Quedan bajo la dependencia directa del Teniente de Alcalde de Servicios Generales e Infraestructuras:

a) Servicios de personal y recursos humanos: gestión de plantillas, relaciones de puestos de trabajo, nóminas, relaciones laborales, formación, prevención de riesgos laborales, medicina de empresa, adscripciones de personal

b) Servicio de atención a la ciudadanía (personal, telefónica o electrónica)

c) La gestión del padrón municipal de habitantes y censos de población

d) Servicios jurídicos

e) Circulación, movilidad y transportes

f) Almacén municipal

g) Brigada municipal de obras: mantenimiento y reparación de bienes, servicios, infraestructuras, equipamientos y dependencias municipales

h) Transportes

e) Servicios de obras y vialidad: planificación, dirección y control de infraestructuras, instalaciones, equipamientos y dependencias municipales

j) Servicios urbanos: relaciones con Calvià 2000 S.A. y empresas concesionarias en materia de conexiones municipales de agua potable y alcantarillado, tarifas, canon de depuración, etc.

k) Cementerios municipales

VI. En el Sr. Marc López Expósito, Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo, Comercio y Actividades, las siguientes atribuciones:

1. Ámbitos: Urbanismo, Planeamiento, Comercio, Actividades, Infracciones, Sanciones y Patrimonio.

2. Facultades que se delegan: La dirección e impulsión de la política municipal en todas las materias relacionadas con el ámbito de la delegación, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

3. Condiciones específicas: las competencias atribuidas en el punto 1 anterior incluyen la potestad de adopción de actos administrativos que afecten a terceros, incluso la resolución de recursos de reposición contra los actos que él haya dictado.

4. Quedan bajo la dependencia directa del Teniente de Alcalde de Urbanismo, Comercio y actividades:

a) Servicios de Urbanismo: planes urbanísticos, gestión urbanística, ordenación del territorio, patrimonio histórico.

b) Servicios de licencias de obras.

c) Servicios de Comercio: promoción y gestión del comercio.

d) Servicios de infracciones y sanciones.

e) Servicios de actividades (licencias: apertura de establecimientos y actividades clasificadas)

VII. En la Sra. Olga Granados Expósito, Teniente de Alcalde delegada de Educación y Empleo, las siguientes atribuciones:

1. Ámbitos: Educación y Empleo.

2. Facultades que se delegan: La dirección e impulsión de la política municipal en todas las materias relacionadas con el ámbito de la delegación, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

3. Condiciones específicas: las competencias atribuidas en el punto 1 anterior incluyen la potestad de adopción de actos administrativos que afecten a terceros, incluso la resolución de recursos de reposición contra los actos que él haya dictado.

4. Quedan bajo la dependencia directa de la Teniente de Alcalde de Educación y Empleo:

a) Servicios de educación y bibliotecas

b) Servicios de formación: Instituto de Formación y Empleo

Segundo. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 23.4 de la vigente Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y el arte. 43 y siguientes del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, se delega en los Tenientes de Alcalde Sra. Natividad Francés Gárate, Sr. Marcos Pecos Quintans, Sr. Rafel Sedano Porcel, Sra. Eva Serra Félix, Sr. Juan Recasens Oliver, Sr. Marc López Expósito y Sra. Olga Granados Expósito, y dentro de los ámbitos de la competencia genérica que ostentan, el ejercicio de las siguientes atribuciones:

1. Aprobar la disposición de gastos, ordenación de pagos, disposición de fondos y autorización de documentos que impliquen la formalización de ingresos de hasta 300.000 euros, impuestos incluidos.

2. Aprobar las facturas que correspondan al desarrollo normal del presupuesto, recibidas por los servicios de Intervención, el importe no exceda de 300.000 euros impuestos incluidos.

3. Aprobar las adjudicaciones de contrataciones y concesiones de competencia de la Alcaldía y que no excedan de 300.000 euros, impuestos incluidos, así como la aprobación de los proyectos de obras y servicios de competencia de esta Alcaldía con un presupuesto inferior a la citada cantidad.

4. Presidir las subastas y concursos para venta, arrendamientos, obras, servicios y suministros de cualquier importe.

5. Resolver los expedientes de devolución de fianzas y avales depositados por contratistas.

6. Suscribir escrituras, documentos, pólizas y contratos relacionados con el ejercicio de las facultades delegadas y la firma corresponda a la Alcaldía.

Tercero. Además de las señaladas en el apartado anterior, se delegan, específicamente, las siguientes atribuciones:

a) En la teniente de alcalde delegada de Cohesión Social, Comunicación y Policía Local.

1. Esta delegación incluye, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expediente de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

2. La dirección de los servicios de Normalización lingüística, Cultura e Igualdad

3. La dirección de seguridad, incluyendo Policía Local y Protección Civil, dictando su órdenes o circulares de instrucciones.

4. Cooperación internacional

5. La dirección de los servicios sociales y comunitarios.

6. La dirección de los servicios de vivienda.

7. La Gestión del Cuerpo de la Policía Local y el Servicio de Protección Civil, dictando su órdenes o circulares de instrucciones.

b) En el Teniente de Alcalde Delegado de Transparencia, Innovación y Servicios Económicos:

1. La dirección de los servicios de Economía y Hacienda.

2. Adoptar actos de gestión, liquidación, inspección y recaudación en materia de gestión tributaria dictados en aplicación de ordenanzas reguladoras de impuestos, tasas y precios públicos municipales cuya competencia corresponda a la Alcaldía, cualquiera que sea su importe.

3. Aprobar los traspasos internos de fondo, sin límite, entre entidades financieras.

4. Impulsar las iniciativas de desarrollo del principio de servicio a los ciudadanos, mediante programas de evaluación de la calidad de los servicios.

5. La dirección de los servicios de transparencia, organización y calidad.

6. La dirección de los servicios de Nuevas tecnologías, que incluyen la dirección de los servicios de Informática, Comunicaciones e infraestructuras existentes o que puedan crearse en este ámbito.

c) En el Teniente de Alcalde Delegado Juventud, Participación Ciudadana, Medio Ambiente, Transición Ecológica y Memoria Democrática.

1. La dirección de los servicios de Juventud, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expediente de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

2. Aprobar la concesión de licencias requeridas para la realización de actividades vinculadas con los servicios de Participación Ciudadana o Juventud por la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares, siempre que la competencia de otorgamiento corresponda a la Alcaldía.

3. La dirección de los servicios relativos a organizaciones de voluntarios y cooperación.

4. La dirección de los servicios de Participación Ciudadana.

5. La dirección de los servicios de Medio Natural y Urbano.

6. La dirección de los servicios de Bienestar animal y Finca Galatzó, Medio ambiente, cambio climático, Mundo rural, la unidad de Ecoprojectes y Educación ambiental, dictando su órdenes o circulares de instrucciones.

d) En la teniente de alcalde delegada de Deportes y Ciudadanos Extranjeros, las siguientes atribuciones.

1. La dirección del servicio de ciudadanos extranjeros incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expediente de estos ámbitos, que deban resolver otros órganos colegiados

e) En el Teniente de Alcalde Delegado de Servicios Generales e Infraestructuras.

1. Efectuar las convocatorias derivadas de la oferta de empleo y nombrar funcionarios o personal laboral, a propuesta del tribunal, a los que superen las correspondientes pruebas.

2. Contratar el personal laboral de la Corporación, y asignarle los diferentes puestos de carácter laboral previstos en las relaciones aprobadas, de acuerdo con la legislación laboral.

3. La declaración de situaciones administrativas y el otorgamiento de permisos, ayudas asistenciales y licencias, así como la jubilación de todo el personal.

4. La resolución de las peticiones de acceso a información formuladas por los concejales al amparo de los artículos 77 de la LRBRL y 14 del ROF.

5. La concesión de autorizaciones de ocupación o reserva de carácter temporal con motivo de la organización de actividades en la vía pública, así como la autorización de restricciones de tráfico derivadas de estas actividades

6. La dirección de los servicios de Vías y obras.

7. La dirección de los servicios de Mantenimiento.

8. La dirección de los servicios de Circulación.

9. El otorgamiento de licencias de conexión a las redes de agua potable y de alcantarillado.

f) En el Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo, Actividades y Comercio.

1. Las atribuciones correspondientes a la resolución de las solicitudes de las licencias urbanísticas de obras que sean competencia de la Alcaldía, con respecto a:

- Las de técnica sencilla y escasa entidad constructiva que se ejecuten sobre dominio público municipal, en suelo rústico protegido o en bienes protegidos de acuerdo con la legislación de patrimonio.

- Las que podrían ejecutarse mediante comunicación previa pero tienen carácter legalizador o se fundan en una infracción urbanística.

- Las obras sujetas a licencia que no requieran proyecto de acuerdo con la Ley de ordenación de la edificación.

- Las de primera ocupación y finales de obra.

- Las de parcelación y modificación de parcelario.

- Las prórrogas de licencias de obras.

2. Las atribuciones correspondientes a la tramitación conjunta de obras y actividades en los casos previstos en los artículos 36.3.b), 37.1 y 37.2 de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares.

3. Esta delegación incluye, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expediente de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

4. La dirección de los servicios de Comercio, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expediente de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

5. Hacer cumplir las ordenanzas y reglamentos municipales y sancionar las faltas de desobediencia a la autoridad o por infracción de ordenanzas y otras normas de competencia municipal o normas de tráfico, excepto en los casos en que esta facultad esté atribuida a otros órganos.

6. Iniciar, tramitar e imponer las sanciones por infracción de las disposiciones municipales y de la CAIB en materia de disciplina urbanística cuando sean competencia de la Alcaldía, acordando, en su caso, la suspensión de obras.

7. Aprobar la concesión de licencias de apertura de establecimientos fabriles, industriales o comerciales y otras licencias de cualquier otra índole, siempre que, para estas últimas, la competencia de otorgamiento corresponda a la Alcaldía.

f) En la Teniente de Alcalde Delegado de Educación y Empleo.

1. Educación y Bibliotecas, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expediente de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

Cuarto. Los nombramientos y encomiendas de gestión acordadas se notificarán personalmente a los designados, y se publicarán en el BOIB, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la firma de esta resolución.

Quinto. Dar cuenta de esta resolución al Pleno municipal en la primera sesión que se haga.”

  

Calvià, 20 de junio de 2019

El Alcalde,

Alfonso Rodríguez Badal