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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 6539
Delegación de competencias por parte de la Alcaldía en la Junta de Gobierno Local

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Texto

La Alcaldía de l'Ajuntament de Son Servera (Islas Baleares), ha resuelto mediante decreto de Alcaldía núm. 2019/0907, de 27 de junio de 2019, lo siguiente:

"En virtud de lo dispuesto en los artículos 21 y 23 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y los artículos 43, 44, 45, 52, 53, 114 y 115 del Real Decreto 2568 / 1986, de 28 de noviembre, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

RESUELVO:

Primero.- Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes atribuciones o competencias:

1.1 La autorización, la disposición y la ordenación de gastos ordinarios superiores a tres mil cinco euros con seis céntimos (3.005,06 euros).

1.2 El otorgamiento de subvenciones, conforme a las bases del presupuesto, superiores a 600,01 euros e inferiores 60.000 euros

1.3 La concesión, arrendamiento o cesión de uso de bienes por más de cinco años, siempre que su cuantía no exceda del 10% de los recursos ordinarios del Presupuesto.

1.4 Los expedientes de expropiación de bienes que sean competencia de la Alcaldía.

1.5 La aprobación de los instrumentos de ordenación, de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización que sean competencia de la Alcaldía y la resolución de los expedientes de disciplina urbanística excepto los delegados a la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca.

1.6 El otorgamiento de las licencias urbanísticas de obras mayores, a excepción de aquellas a las que hace referencia el artículo 38 de actividades sujetas a permiso de instalación y obras, de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares.

1.7 La aprobación de certificaciones de obras y suministros.

1.8 La organización de los servicios de Recaudación y Tesorería, sin perjuicio de la facultad del Pleno para aprobar las formas de gestión de estos servicios.

1.9 La declaración de situaciones administrativas, así como la jubilación de todo el personal

1.10 El desarrollo de la gestión económica conforme al presupuesto aprobado y rendir cuentas a la Corporación de las operaciones efectuadas en cada ejercicio económico.

Segundo- El presente decreto tendrá efectos desde el día siguiente al de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). "

 

Son Servera, 27 de junio de 2019

La alcaldesa, Natalia Troya Isern