Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 6511
Decreto nombramiento tenientes de alcalde

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La alcaldía presidencia, en fecha 21 de junio de 2019, ha dictado la resolución que seguidamente se transcribe:

 DECRETO DE NOMBRAMIENTO DE TENIENTES DE ALCALDE MANDATO 2019-2023

Antecedentes 

Constituida la corporación municipal para el período 2019-2023 en el Pleno del Ayuntamiento de fecha 15 de junio de 2019, después del proceso electoral de las elecciones municipales de día 26 de mayo de 2019, y elegido alcalde de Manacor, Miquel Oliver Gomila, en virtud del pacto alcanzado por las tres formaciones políticas que conforman el equipo de gobierno municipal (MÉS-ESQUERRA-APIB, PSIB-PSOE, PODEMOS-EUIB), se hace necesario proceder a la nueva organización municipal y, más concretamente, a la designación de los tenientes de alcaldía. 

Esta alcaldía por decreto de fecha 21 de junio de 2019 ha resuelto designar a los miembros integrantes de la Junta de Gobierno Local, por lo que se hace preciso la designación de los/las tenientes de alcalde entre sus componentes. 

Fundamentos de derecho 

Artículos 21.2 y 23.3 de Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local (LBRL) y artículo 4 del Reglamento orgánico municipal (ROM) que disponen que la designación de tenientes de alcalde es competencia de esta alcaldía, quien habrá de proceder a su nombramiento mediante decreto de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local. 

Artículo 20.1 a) de la LBRL y artículos 22 y 25 de la Ley 20/2006 (LMRLIB) que establecen que los tenientes de alcalde son de existencia obligatoria en todos los municipios. Estos serán libremente nombrados y cesados por el alcalde de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local. 

Artículos 46 a 48 del RD 2568/86, de 28 de noviembre (ROF) que establecen que los nombramientos y ceses se harán mediante resolución del alcalde, de la cual se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre y se notificará a los designados y se publicará en el BOIB sin perjuicio de su efectividad designación desde el siguiente día de la resolución, si a esta no se establece otra cosa. El número de teniente de alcalde no podrá exceder del número de miembros de la Junta de Gobierno Local. 

RESUELVO 

1º. Nombrar tenientes de alcalde de este Ayuntamiento, con efectos del día de hoy, a los concejales miembros de la Junta de Gobierno Local que a continuación se relacionan, los cuales substituirán a esta alcaldía en los casos de vacante, ausencia o enfermedad y por el orden que se indica: 

1ª teniente de alcalde: Núria Hinojosa Abenza

2º teniente de alcalde: Sebastià Llodrà Oliver

3º teniente de alcalde: Carles J. Grimalt García

4ª teniente de alcalde: Maria Antònia Truyols Martí

5ª teniente de alcalde: Carme Gomila Domínguez

6º teniente de alcalde: Mateu Marcé Riera

2º. Establecer, a los efectos indicados en el apartado anterior, que cuando tenga que ausentarse esta alcaldía del término municipal, se determinará mediante decreto la duración de su ausencia y se designará el teniente de alcalde que haya de asumir sus competencias. De no conferirse esta delegación expresamente, esta alcaldía será substituida por la primera teniente de alcalde y, en su defecto, por cualquiera de los otros tenientes de alcalde establecidos que se encuentren presentes, los cuales deberán de dar cuenta de esto al resto de la corporación, sin que durante el mismo día pueda actuar como alcalde accidental más de uno de ellos. 

3º. Establecer, a los efectos indicados en el apartado anterior, que los teniente de alcalde deberán de mantener informada a esta alcaldía del ejercicio de sus atribuciones como alcalde accidental y no podrán, durante el citado ejercicio, ni modificar las delegaciones efectuadas por esta alcaldía con anterioridad, ni otorgar otras nuevas. 

4º. Comunicar esta resolución a todos los concejales y a los jefes de los diferentes servicios municipales, para su conocimiento y efectos. 

5º. Dar cuenta de esta resolución al Pleno en la sesión extraordinaria que se convoque pera dar cumplimiento a lo provisto en el artículo38.d) ROF. 

6º. Publicar, de conformidad con el artículo 46.1 ROF esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, sin perjuicio de su efectividad desde el día de la resolución. 

7è. Difundir el contenido de esta resolución, de conformidad con el principio de transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente en la Sede Electrónica municipal, en cumplimiento de lo que disponen los artículos 5 y ss de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno» 

Resolución que se publica en este Boletín Oficial, de acuerdo con su apartado 6º, de conformidad con el artículo 46.1 ROF y sin perjuicio de su efectividad desde el día de la resolución. 

 

Manacor,  25 de junio de 2019

El alcalde,

Miquel Oliver Gomila