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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 6505
Decreto organizativo de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Manacor

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Texto

La alcaldía presidencia, en fecha 21 de junio de 2019, ha dictado la resolución que seguidamente se transcribe:

« DECRETO ORGANIZATIVO DE LOS SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DEL AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Antecedentes

Dado que resulta necesario la configuración de las distintas Áreas o servicios en la que se estructura el Ayuntamiento de Manacor, en orden a un idóneo ejercicio de competencias y prestación de servicios de conformidad con los criterios de racionalización organizativa, así como la preceptiva adscripción los organismos autónomos en determinadas Áreas o servicios y concejalías.

De conformidad con la regulación de las competencias de los municipios contenida en los artículos 25 a 27 de la LRBR y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1.a) y 85 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local, y los artículos 41.2 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales.

Teniendo en cuenta la regulación de las competencias propias que la Ley 7/85 y la Ley 29/2006 asigna los municipios de más de 20.000 habitantes, y las competencias que el Ayuntamiento de Manacor ejerce en calidad de competencia distinta de la propia y delegada «impropia»,

RESUELVO

PRIMERO- Crear y configurar en el Ayuntamiento de Manacor, las Áreas de gestión o servicios que a continuación se especifican, con las competencias y medios que para cada una se determinan, bajo la dirección del alcalde:

1. Área de Alcaldía y Interior

2. Área de Urbanismo y Vivienda

3. Área de Medio Ambiente y Movilidad

4. Área de Actividades y Servicios Generales

5. Área de Economía, Hacienda y Promoción

6. Área de Políticas Transversales

7. Área de Educación, Cultura y Deportes

La titularidad de las áreas antes descritas corresponde al Alcalde y los Tenientes de Alcalde que ejerzan las competencias que se les atribuyan mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de delegación genérica.

Asimismo, podrán ser objeto de delegaciones específicas en los concejales que no formen parte de la Junta de Gobierno Local la atribución de la responsabilidad en la dirección y gestión de los servicios que se determinen mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de delegación especial.

Las atribuciones de cada Área son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.

Además de estas atribuciones generales, cada Área le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las siguientes materias.

La relación de competencias específicas señalada en cada Área podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.

1. Competencias específicas del Área de Alcaldía y Interior

- Protocolo.

- Relaciones institucionales.

- Archivo

- Patrimonio

- Jefatura superior de la Policía Local

- Seguridad Ciudadana

- Expedientes sancionadores por infracciones en materia de la Ley 4/15 orgánica de protección de seguridad ciudadana y ordenanza municipal del consumo indebido de bebidas alcohólicas en la vía pública

- Protección Civil.

- Regulación y ordenación del tráfico y del estacionamiento de vehículos en vías urbanas.

- Concesión o denegación de permisos de circulación para vehículos especiales en régimen de transporte especial.

- Concesión o denegación de licencias para la tenencia y uso de armas de acuerdo con la legislación específica vigente.

1.2 Departamentos, organización, y empresas adscritas:

1.2.1 Departamentos:

- Alcaldía.

- Secretaría General.

- Asesoría Jurídica.

- Policía Local

A pesar de la adscripción directa de los departamentos de Secretaría y Asesoría Jurídica en el Área de Alcaldía, las funciones de los mencionados departamentos extienden también a todo el resto de áreas de gestión municipal dada la naturaleza transversal de las funciones que llevan a cabo ambos departamentos municipales.

Sin perjuicio del régimen de adscripción descrita, corresponde al Área de Alcaldía, la coordinación de las diferentes áreas de gobierno municipal

2. Competencias específicas del Área de Urbanismo y Vivienda

- Planificación urbanística.

- Gestión urbanística.

- Disciplina urbanística.

- Licencias urbanísticas.

- Acceso a los núcleos de población

- Protección y gestión del patrimonio histórico

- Conservación y rehabilitación de la edificación

- Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera

2.1 Departamentos, organización, y empresas adscritas:

2.2 Departamentos:

- Urbanismo.

3. Competencia específicas del Área de Medio Ambiente y Movilidad

- Control y seguimiento de la gestión y tratamiento de residuos.

- Limpieza viaria

- Limpieza de edificios

- Promoción y seguimiento de la gestión del medio ambiente.

- Control del mantenimiento de las zonas ajardinadas.

- Energías renovables y optimización de energía.

- Alumbrado público

- Depuradoras.

- Medio ambiente urbano: parques y jardines públicos

-  Edificios y plan de usos de las escuelas rurales.

- Animales de compañía y perros peligrosos.

- Movilidad

- Gestión de los aparcamientos.

- Suministro de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales.

- Vigilancia de las actividades y usos que se llevan a cabo en las playas.

- Transporte público: taxis 

3.1 Departamentos, organización, y empresas adscritas:

3.2. Departaments: departamentos:

- Medio Ambiente.

3.2.2. Empresas adscritas:

- Empresa de Serveis Municipal SA (SAM) - 

Competencias específicas del Área de Actividades y Servicios Generales

-  Licencias de publicidad dinámica y estática

-  Licencias de actividad

- Pavimento de vías urbanas

- Ocupación de vía pública.

- Mantenimiento de vías públicas, plazas, caminos y edificios municipales.

- Srvicios generales. Brigada municipal.

- Cementerio y policía sanitaria mortuoria

- Ferias

- Información y atención al ciudadano

- Comunicación

4.1 Departamentos, organización, y empresas adscritas:

4.2 Departamentos:

- Licencias de actividad

- Servicios generales

- Cementerio

5. Competencias específicas del Área de Economía, Hacienda y Promoción

-  Gestión de la actividad económica y financiera municipal.

-  Gestión del padrón municipal de habitantes.  Población.

- Catastro.

- Sanciones

-  Nuevas tecnologías. Administración electrónica.

- Portal de transparencia

- Protección de datos

- Informática.

- Gestión e impulso de toda la actividad relacionada con el personal municipal.

- Contratación. Autorizaciones y concesiones demaniales y adquisición de bienes inmuebles

-  Responsabilidad Patrimonial

-  Gestión y promoción turística.

-  Atención y promoción de los intereses turísticos de todos los núcleos del municipio.

-  Promoción del turismo interior.

- Oficinas turísticas.

- Gestión de la explotación de los servicios de temporada en las playas

- Plaza de abastecimiento.

- Matadero.

- Agricultura

- Mercados

Comercio

-  Fomento, diseño y promoción de la empresa y de la industria.

- Fomento del empleo

- Sanidad y Consumo. ” Gestión del convenio "Consumo en tu casa"

5.1 Departamentos, organización, y empresas adscritos:

5.2. Departaments: departamentos:

- Intervención.

- Tesorería.

- Informática.

- Recursos humanos.

- Comercio

- Contratación

- Turismo

A pesar de la adscripción directa de los departamentos de Intervención, Tesorería e Informática en el Área de Economía y Recursos Humanos, las funciones de los mencionados departamentos extienden también a todo el resto de áreas de gestión municipal dada la naturaleza transversal de las funciones que llevan a cabo ambos departamentos municipales.

6. Competencias específicas del Área de Políticas Transversales

- Servicios Sociales comunitarios básicos

- Evaluación e información de situaciones de necesidad social y atención inmediata a personas en situación de riesgo de exclusión social.

- Centros de día

- Políticas Igualdad

- Participación ciudadana

- Asociacionismo

- Voluntariado

- Registro de Entidades ciudadanas

- Juventud.

- Política lingüística

 6.1. Departamentos, organismos autónomos, y empresas adscritos:

6.2. Departamentos:

- Servicios Sociales

 6.3. Organismos autónomos:

- Escola  Municipal de Mallorquí

7. Competencias específicas del Área de Educación, Cultura y Deportes

- Cultura en general.

-  Educación en general

- Bibliotecas.

- Museos.

- Teatro y Auditorio.

-  Promociones culturales.

-  Banda de música.

- Fiestas.

- Equipamientos culturales

- Conservatorio y Escuela de Música

-  Mantenimiento de escuelas y guarderías infantiles

- Mayores.

-  Huertos Urbanos

-  Fomento y promoción del deporte.

-  Instalaciones deportivas.

-  Relación y cooperación con organismos y entidades en orden a la práctica y fomento de la actividad deportiva.

7.1. Departamentos, organismos autónomos, y empresas adscritas:

7.2. Departamentos:

- Cultura

- Educación

- Fiestas

- Deportes

7.3. Organismos autónomos:

- Institució Pública Antoni M. Alcover.

- Institut Públic del Teatre Municipal de Manacor

- Patronat Municipal d'Esports de Manacor. 

SEGUNDO. Los decretos de delegación correspondientes establecerán las competencias generales que deben desarrollar los titulares responsables de las áreas y servicios delegados en el ejercicio de las atribuciones que tienen conferidas.

TERCERO. En carácter general los departamentos adscritos a las áreas que componen la estructura administrativa del Ayuntamiento de Manacor desarrollarán su actividad bajo el principio de cooperación interdepartamental con el objetivo de procurar la eficiencia de los servicios municipales que corresponde prestar dentro la estructura organizativa general de la corporación y de sus organismos dependientes.

CUARTO.  El presente decreto entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOIB de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales.

QUINTO.  Difundir el contenido de esta resolución, de conformidad con el principio de transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente en la sede electrónica municipal, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 5 y ss de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno »

Resolución que se publica en este Boletín Oficial para su conocimiento y efectos.

 

Manacor, 28 de junio de 2019

El alcalde

Miquel Oliver Gomila