Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE MURO
Núm. 6415
Delegaciones que la alcaldía confiere
En fecha 18 de Junio de 2019, el alcalde del Ayuntamiento de Muro, ha dictado un Decreto de delegaciones que la Alcaldía confiere, la parte dispositiva se transcribe a continuación:
«Asunto: DELEGACIONES QUE LA ALCALDÍA CONFIERE.
En virtud de las competencias atribuidas a esta Alcaldía por los arts. 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, en relación a los arts. 43, 44, 120 y 121 del R.D. 2568/1986 (ROF), por la presente
RESUELVO
Primero.- Delegar en los Tenientes de Alcalde y regidores/as que se relacionan, el ejercicio de las funciones propias de la competencia de esta Alcaldía, en los términos del art. 43 del R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre (ROF), es decir, son delegaciones genéricas que suponen la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, pero sin incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros:
- Al 1º. Teniente de Alcalde, Sr. Miquel Porquer Tugores, las siguientes áreas: Cultura, Fiestas y Tradiciones, Relaciones con la Iglesia y otras Confesiones Religiosas, Banda de Música y Agrupaciones Musicales.
- En la 2da. Teniente de Alcalde, Sra. Margarita Ballester Bauzá, las siguientes áreas: Playa de Muro y Curas, Transportes, Protección Civil, Comercio y Mercados, Participación Ciudadana,
- En la 3º. Teniente de Alcalde, Sra. Margarita M. Forteza Bennasar, las siguientes áreas: Deportes.
- En la 4ª. Teniente de Alcalde, Sra. Juana Maria Perelló Trias, las siguientes áreas: Servicios Sociales, Sanidad, Residencia y Personas Mayores.
- Al Concejal, Sr. Mariano Juan Sierra Sabater, las siguientes áreas: Educación, Juventud, Policía, Aula de Adultos, Escuela de Música.
- Al Concejal, Sr. Andrés Pedro Cantarellas Tugores, las siguientes áreas: Urbanismo, Obras, Brigada Municipal y Cementerio.
Segundo.- Publicar la presente Resolución en el BOIB y dar cuenta al próximo Pleno, notificando personalmente a los interesados, sin perjuicio de su efectividad a partir del día siguiente al de la adopción de la presente resolución.»
Muro, 18 de Junio de 2019
El alcalde,
Antoni Serra Sastre