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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TERRITORIO, ENERGÍA Y MOVILIDAD

Núm. 6331
Resolución del consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 11 de junio de 2019 por la que se modifica la Resolución del consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 11 de julio de 2018, por la que se concede la autorización administrativa y se declara la utilidad pública para la construcción de la instalación fotovoltaica de Buniferri (exp. RE002/2017)

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Texto

Hechos

1. El 11 de julio de 2018 se emitió la Resolución del consejero de Territorio, Energía y Movilidad por la que se concede la autorización administrativa y se declara la utilidad pública para la construcción de la instalación fotovoltaica de Buniferri, de 2,998 MWp y 2,96 MWN, promovida por Sol de Petra 2017, SLU, en el polígono 12, parcela 659, de Llucmajor.

2. El 22 de mayo de 2019 el promotor presentó un escrito en el que solicitaba la modificación de la autorización administrativa debido al cambio de las características de los paneles fotovoltaicos por instalar.

3. El 11 de junio de 2019 los técnicos de la Dirección General de Energía y Cambio Climático emitieron un informe técnico en el que se concluye que las actuaciones previstas en la adenda del proyecto no suponen una modificación sustancial y, por tanto, se informa favorablemente la modificación de la autorización administrativa.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 13/2012, de 20 de noviembre, de medidas urgentes para la activación económica en materia de industria y energía, nuevas tecnologías, residuos, aguas, otras actividades y medidas tributarias, para las instalaciones eléctricas descritas.

2. El Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

3. El Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la revisión del Plan Director Sectorial Energético de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 33/2015.

4. La Ley 12/2014, de 16 de diciembre, Agraria de las Illes Balears.

5. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

6. El Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

7. El Decreto 99/1997, de 11 de julio, por el que se regula el procedimiento administrativo aplicable en la tramitación de las instalaciones eléctricas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

8. El Decreto 36/2003, de 11 de abril, que modifica el Decreto 99/1997, de 11 de julio, por el que se regula el procedimiento administrativo aplicable en la tramitación de las instalaciones eléctricas de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

9. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

10. La Resolución del consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 18 de abril de 2016, de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería.

Por todo ello, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Modificar la autorización administrativa de la instalación fotovoltaica de Buniferri promovida por Sol de Petra 2017 SLU (NIF B16508426), con las siguientes características:

— Expediente RE002/17: Parque Fotovoltaico de Buniferri.

— Situación: parcela 659, del polígono 12, del término municipal de Llucmajor, con una ocupación de 39.261 m2.

— Descripción del proyecto: parque fotovoltaico de 3,1752 MWp que consta de 8.820 paneles solares de 360 Wp de potencia unitaria, dos inversores de 1.480 kW cada uno y dos centros de transformación.

— La instalación se clasifica en el grupo b.1.1 «Instalaciones que únicamente utilizan la radiación solar como energía primaria mediante la tecnología fotovoltaica» de acuerdo con el artículo 2 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

2. Notificar esta Resolución a los interesados y publicarla en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Territorio, Energía y Movilidad, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se podrá interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, 11 de junio de 2019

El director general de Energía y Cambio Climático

Ferran Rosa Gaspar

Por delegación de competencias del consejero de Territorio,

Energía y Movilidad (BOIB núm. 50/2016)