Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE VILAFRANCA DE BONANY
Núm. 6293
Delegaciones Alcaldia
Asignaciones de áreas de gobierno y delegaciones de competencias por parte de la Alcaldía legislatura 2019-2023.
En cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se hace público que en fecha 17 de junio de 2019, el Sr. Alcalde del ayuntamiento de Vilafranca de Bonany dictó el siguiente Decreto que literalmente dice:
Dado el artículo 21.3 de la LRBRL, el cual dispone que el Alcalde podrá delegar el ejercicio de sus atribuciones, salvo determinadas atribuciones mencionadas en dicho precepto.
Dado el artículo 25 de la LMRLIB, el cual dispone que la administración municipal puede estructurarse en departamentos dirigidos por uno o una teniente de alcalde o por un concejal o concejala delegados que actúan por delegación del alcalde en las materias que se les atribuya expresamente.
Vistos los artículos 43 y 44 del ROF, los cuales disponen que el alcalde podrá delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los Tenientes de Alcalde y al miembros de la Junta de Gobierno y que todas las delegaciones se harán por decreto de Alcaldía que contendrá la ámbito de los asuntos a los que se refiere la delegación, las facultades que se delegan así como las condiciones específicas de su ejercicio; que la delegación de atribuciones de la Alcaldía producirá efectos a partir del día siguiente a la fecha del decreto excepto que en ella se disponga otra cosa, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el boletín oficial de la provincia y en el municipal si existiera ; y que de todas las delegaciones y sus modificaciones se dará cuenta al Pleno en la primera sesión plenaria que se celebre con posterioridad.
Por todo ello y en uso de las competencias atribuidas por la legislación vigente en materia de régimen local, RESUELVO:
1º. Designar concejales delegados responsables de las áreas o servicios municipales con las funciones de dirección y gestión pero sin que la delegación suponga en ningún caso la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros:
2º. Determinar que las áreas que no hayan sido objeto de delegación corresponden a la Alcaldía.
3º. Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Vilafranca de Bonany, 24 de junio de 2019.
El Alcalde,
Montserrat Rosselló Nicolau