Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS

Núm. 6249
Resolución de la consellera ejecutiva en funciones del Departamento de Territorio y Infraestructuras del Consell de Mallorca de aprobación inicial de la “memoria descriptiva de la balsa de laminación” del expediente de modificación nº. 1 para la introducción de precios contradictorios del contrato de obras de “Proyecto de acceso a Lloseta desde la Ma-13. Fase l. (exp. 7/2017 MF1)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La consellera en funciones de Territorio e Infraestructuras, en fecha 17 de junio de 2019, ha resuelto lo siguiente:

<<Antecedentes

1.- Por Decreto de fecha 2 de mayo de 2019, se aprobó e inició el Proyecto modificado nº. 1 para la introducción de precios contradictorios del contrato de obras del “Proyecto de acceso a Lloseta desde la Ma-13. Fase l. (exp. 7/2017 MF1). El importe de la modificación mencionada era de quinientos treinta y siete mil novecientos ochenta y cinco euros con cuarenta céntimos (537.985,40€).

2.- En el modificado se incluye la construcción de una balsa de regulació de aguas de lluvia en la carretera Ma-13a en el término municipal de Binissalem. El presupuesto de ejecución por contrata es de ciento cuarenta y cuatro mil sesenta y ocho euros con ochenta y cuatro céntimos (144.068,84 €), IVA excluido. 

3.- El señor Manuel Macián de la empresa Garau Ingenieros SLU y el señor Antonio de Pablo Escolà, ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, en el mes de febrero de 2019, han realizado para la Dirección Insular de Infraestructuras y Movilidad, la “memoria descripitiva de la balsa de laminación” del expediente de modificación nº. 1 para la introducción de precios contradictorios del contrato de obras del “Proyecto de acceso a Lloseta desde la Ma-13. Fase l. (exp. 7/2017 MF1).

4.- En fecha 4 de abril de 2019, el ingeniero de Actuación Vial, Antonio de Pablo Escolà y la ingeniera de Supervisión de proyectos de obras, Silvia Pastor Pellicer, con el visto bueno del coordinador en jefe, emiten informe justificativo de no necesidad de informe de supervisión para la memoria mencionada.

Fundamentos

1.- De acuerdo con el apartado e) del artículo 1 del Decreto de organización del Consell de Mallorca de fecha 9 de junio de 2017 (BOIB nº. 73 de 15/06/2017), modificado por el decreto de 20 de junio de 2017, 24 de julio de 2017, 16 de enero de 2018 y 7 de febrero de 2018 (BOIB nº. 77 de 24/06/2017, BOIB nº. 92 de 29/07/2017, BOIB nº. 12 de 25/01/2018, BOIB nº. 20 de 13/02/2018 y BOIB nº. 68, de fecha 21 de mayo de 2019 respectivamente), y de acuerdo con la base 23 del presupuesto vigente, corresponde al Consejo Ejecutivo atribuir la contratación y el otorgamiento de concesiones por importe superior a doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 €), cuando la competencia no corresponde al Pleno del Consell de Mallorca.

2.- De acuerdo con la delegación de atribuciones efectuada por el Consejo Ejecutivo día 12 de agosto de 2015 (BOIB nº. 123, de 15 de agosto), corresponde a los consellers ejecutivos y a las conselleras ejecutivas la facultad de dictar actos administrativos en materia de contratación que, de acuerdo con la normativa vigente, no requieren informe previo preceptivo de la Secretaría General de la corporación, como es el caso.

Resolución

1.- Aprobar inicialmente la “memoria descripitiva de la balsa de laminación” del expediente de modificación nº. 1 para la introducción de precios contradictorios del contrato de obras del “Proyecto de acceso a Lloseta desde la Ma-13. Fase l. (exp. 7/2017 MF1), con un presupuesto de para conocimiento de la administración de treinta y siete mil siete euros con cincuenta y dos céntimos (37.007,52 €) que corresponde a la expropiación de la parcela 44 del polígono 17, con referencia catastral 07008A00700044000HW.

2.- Abrir un plazo de información pública de veinte días hábiles (los sábados son inhábiles) para que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente y formular alegaciones tanto con relación a la memoria descriptiva mencionada como en orden a la rectificación de posibles errores que se aprecien en la relación de las fincas que se ven afectadas, mediante anuncio en el BOIB, en la página web del Consell Insular de Mallorca, en dos diarios de ámbito insular y en el al tablón de edictos de los Ayuntamiento afectados.

3.- Notificar la presente Resolución al propietario afectado por la expropiación, señor Antoni Coll Nicolau para que en el plazo de 20 días pueda formular alegaciones conforme a lo establecido al art. 18 de la Ley de expropiación forzosa y el artículo 17 de su Reglamento.

3.- Informar de la aprobación inicial de la memoria descriptiva al Ayuntamiento de Binissalem.

4.- Notificar esta Resolución de la Dirección y Control de Obras y al servicio de Expropiaciones.

Al tratarse de un acto de trámite no cualificado, contra él no procede ningún tipo de recurso (no obstante los interesados pueden alegar la oposición al  mismo para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.>>

 

Palma, 17 de junio de 2019

El secretario técnico del Departamento de Territorio e 'Infraestructuras Marc López Expósito