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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

Núm. 6234
Extracto de la Resolución de Concejalía de fecha 3 de junio de 2019 por la que se convocan subvenciones para las actividades de entidades benéfico en Alaior para el año 2019

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.bi 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, texto completo de la cual, se puede consultar en la base de datos nacional de subvenciones http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/410181

Primero. Objeto de la convocatoria: Subvenciones para actividades organizadas por entidades benéfico-asistenciales y / o voluntariado para el año 2019, tal como la prestación de servicios de atención a las personas, actividades relacionadas con la acogida de inmigrantes o promoción de actividades de carácter social entre otros y actividades de voluntariado

Segundo. Beneficiarios: Las entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos para poder optar a la concesión de una subvención:

- Ser entidades benéfico debidamente constituidas, sin ánimo de lucro, o grupo organizador de voluntariado.

- Tener domicilio social en Alaior o realizar una actividad que beneficie o promocione las actuaciones de los vecinos del municipio de Alaior,

- Cumplir los requisitos mencionados en el artículo 3 de la ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Alaior.

- No se valorarán ni subvencionarán actividades organizadas por las entidades benéfico, que ya tengan comprometida otra subvención municipal para estas actividades.

No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades que se encuentren en situación prevista en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Tercero. Bases reguladoras: Bases de la convocatoria de subvenciones para las actividades organizadas por entidades benéfico para el año 2019.

https://alaior.sedelectronica.es/transparency/6514ee14-e0aa-4448-ba46-2fb34169df86/

y en la sede electrónica:https://alaior.sedelectronica.es/catalog/tw/529a1780-0611-482f-a299-9627285d403e

Cuarto. Crédito: El crédito para esta convocatoria es de 2.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: 30 días a contar des del día siguiente a la publicación en el BOIB

Sexto. Importe: Dependiendo de los criterios de valoración establecidos en el punto 6 de las bases y repartidos de manera proporcional de acuerdo con la puntuación obtenida.

Séptimo. Solicitud

  • Solicitud debidamente cumplimentada
  • Certificado del número de socios.
  • Programa de las actividades a realizar
  • Presupuesto detallado de los gastos y los ingresos previstos para llevar a cabo la actividad.

Octavo. Fecha de Justificación de la actuación: 15 de enero de 2020

Alaior 13 de junio de 2019

La alcaldesa en funciones

Misericordia Sugrañes Barenys