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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE SERVICIOS SOCIALES Y COOPERACIÓN

Núm. 6215
Resolución relativa a la renovación del concierto del servicio de apoyo a la vivienda para personas con diagnóstico de salud mental grave, para los años 2019 y 2020, con la entidad Fundación Es Garrover

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Texto

Hechos

1.- En fecha 8 de mayo de 2018 la consejera de Servicios Sociales y Cooperación dictó Resolución por la cual se convoca el concierto del servicio de apoyo a la vivienda para personas con diagnóstico de salud mental grave, para los años 2018-2019. Esta Resolución se publicó en el BOIB núm.59, de 12 de mayo de 2018.

2.- En fecha 9 de julio de 2017 se firmó el concierto entre la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación y la entidad FUNDACIÓN ES GARROVER para llevar a cabo el servicio de apoyo a la vivienda para personas con diagnóstico de salud mental grave, para los años 2018-2019, para un total de 11 plazas concertadas de baja intensidad y 7 plazas de alta intensidad y con un coste total del servicio de 273.178,20 €. Este concierto tenía una duración de 12 meses y finaliza el 30 de junio de 2019.

3.- En fecha 5 de febrero de 2019 la consejera de Servicios Sociales y Cooperación dictó resolución relativa a la ampliación del concierto del servicio de apoyo a la vivienda para personas con diagnóstico de salud mental grave para el año 2019, en la isla de Mallorca, con la entidad FUNDACIÓN ES GARROVER, por la cual se incrementó el crédito del concierto con la entidad FUNDACIÓN ES GARROVER para atender una ampliación con un número total de 13 plazas estimadas de alta intensidad, para prestar el servicio de apoyo a la vivienda para personas con diagnóstico de salud mental grave, durante el periodo que va de día 1 de marzo de 2019 hasta 30 de junio de 2019, dado que a partir del 1 de marzo de 2019 la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación pasó a gestionar los servicios de atención residencial comunitaria (SARC) para personas con diagnóstico de salud mental, gestionados por el Servicio de Salud de las Islas Baleares (IB-Salud), según determina el Acuerdo del Consejo de Gobierno de día 9 de noviembre de 2018.

Así pues, el número total de plazas del servicio de apoyo a la vivienda para personas con diagnóstico de salud mental grave actualmente concertadas con la entidad FUNDACIÓN ES GARROVER es de 11 plazas plazas de baja intensidad y 20 plazas de alta intensidad hasta día 30 de junio de 2019.

4.- En fecha 22 de marzo de 2019 la entidad FUNDACIÓN ES GARROVER presentó un escrito donde se expone la voluntad de renovar el concierto vigente por el mismo número de plazas que actualmente tiene concertadas junto con una declaración jurada de que la entidad sigue cumpliendo los requisitos exigidos a la firma del concierto.

5.- En fecha 25 de marzo de 2019 se emitió Informe justificativo del director general de Dependencia, relativo a la necesidad y la urgencia de la renovación del concierto del servicio de apoyo a la vivienda para personas con diagnóstico de salud mental grave para el año 2019-2020. En este informe se considera necesario renovar el concierto con la entidad FUNDACIÓN ES GARROVER por un total de 11 plazas plazas de baja intensidad y 20 plazas de alta intensidad durante el periodo del 1 de julio de 2019 al 30 de junio de 2020, para seguir dando cobertura a este colectivo de personas con discapacidad ya que subsisten las causas de necesidad de las demandas del servicio.

6.- En fecha 26 de marzo de 2019, el director general de Dependencia dictó la propuesta de resolución relativa a la renovación del concierto del servicio de apoyo a la vivienda para personas con diagnóstico de salud mental grave, para los años 2019 y 2020, con la entidad FUNDACIÓN ES GARROVER.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares.

2. La Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social a la comunidad autónoma de las Islas Baleares

3. El Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el cual se establecen los principios generales a los cuales se tienen que someter los conciertos sociales.

4. El Decreto 6/2017, de 7 de abril, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

5. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

6. La Resolución de la consejera de Servicios Sociales y Cooperación de 8 de mayo de 2018 por la cual se convoca el concierto del servicio de apoyo a la vivienda para personas con diagnóstico de salud mental grave, para los años 2018-2019, publicada en el BOIB núm. 59, de 12 de mayo de 2018.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1.- Renovar el expediente de concierto social con la entidad FUNDACIÓN ES GARROVER para un total de 11 plazas de baja intensidad y 20 plazas de alta intensidad, al precio de 973,51 mensual por plaza de baja intensidad y 1.722,32 mensual por plaza de alta intensidad, durante el periodo que va de día 1 de julio de 2019 a 30 de junio de 2020, por un importe máximo total de 541.860,12 € (IVA exento), para prestar el servicio de apoyo a la vivienda para personas con diagnóstico de salud mental grave.

2.- Autorizar y disponer un gasto a favor de la entidad FUNDACIÓN ES GARROVER, con NIF G57356057, por importe de 541.860,12 euros (IVA exento), con cargo a las siguientes partidas y anualidades:

- 2019, 225.775,05 € correspondientes a los meses de julio a noviembre de 2019, con cargo a la partida 17301.313B01.26104.00, de los presupuestos de la comunidad autónoma para el año 2019.

- 2020, 316.085,07 € correspondientes a los meses de diciembre de 2019 a junio de 2020, con cargo a la partida 17301.313B01.26104.00, (o equivalente que la sustituya), de los presupuestos de la comunidad autónoma para el año 2020.

3.- El concierto se regirá por las estipulaciones del documento de concierto firmado en fecha 9 de julio de 2018 y por el Pliego General de prescripciones técnicas.

4.- Notificar esta resolución a la entidad interesada.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución –que agota la vía administrativa– se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Servicios Sociales y Cooperación en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma , 20 de mayo de 2019

La consejera

Fina Santiago Rodríguez