Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRABAJO, COMERCIO E INDUSTRIA
Núm. 6208
Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 19 de junio de 2019 por la cual se amplía el plazo de presentación de solicitudes de la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 28 de marzo de 2019 por la cual se convocan ayudas destinadas a promover la continuidad de las empresas de las Islas Baleares mediante la planificación de los procesos de relevo empresarial y a promover la mejora en la gestión mediante planes de empresa
Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 19 de junio de 2019 por la cual se amplía el plazo de presentación de solicitudes de la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 28 de marzo de 2019 por la cual se convocan ayudas destinadas a promover la continuidad de las empresas de las Islas Baleares mediante la planificación de los procesos de relevo empresarial y a promover la mejora en la gestión mediante planes de empresa
Hechos
1. En fecha 4 de abril de 2019 se publicó la convocatoria de ayudas destinadas a promover la continuidad de las empresas de las Islas Baleares mediante la planificación de los procesos de relevo empresarial y a promover la mejora en la gestión mediante planes de empresa (BOIB n.º 43).
2. Las subvenciones comprendidas en esta convocatoria están incluidas dentro del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018.
3. El apartado primero de la Resolución establece que el objeto de la convocatoria es favorecer la continuidad de las empresas con domicilio fiscal a las Islas Baleares a lo largo de los ejercicios 2018-2019, que ejercen una actividad lucrativa dentro del ámbito de las actividades del comercio y de los servicios y de la actividad industrial, por medio de la planificación del relevo empresarial, con la elaboración de un protocolo de empresa familiar y plan de continuidad, a través de la elaboración de un plan de relevo externo, cuando el relevo se pretenda realizar a trabajadores de la empresa, y/o mediante un plan de empresa.
4. Atendida la escasa incidencia de la convocatoria en la cual que todavía no se ha recibido ninguna solicitud, y el parecer de los representantes del sector que consideran positiva una ampliación del plazo para posibilitar a las empresas la preparación de la documentación necesaria para solicitar la subvención, resulta conveniente ampliar el plazo de presentación de solicitudes en un mes y medio más, dado que no existe precepto en contra ni se perjudican en ningún caso los derechos de terceras personas.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 2.7 del Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las conserjerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 120, de 8 de agosto de 2015), modificado por el Decreto 1/2016, de 16 de febrero (BOIB n.º 23, de 28 de febrero de 2016), el cual atribuye a la Dirección General de Comercio y Empresa el fomento en materia de comercio y empresa.
2. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 8 de abril de 2008, por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio y servicios (BOIB n.º 52, de 17 de abril) y se fijan las bases para esta convocatoria de subvenciones, todo esto de acuerdo con el Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
3. El Texto refundido de la Ley de subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, aprobado por medio del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
4. Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 28 de marzo de 2019 por la cual se convocan ayudas destinadas a promover la continuidad de las empresas de las Islas Baleares mediante la planificación de los procesos de relevo empresarial y a promover la mejora en la gestión mediante planes de empresa
Por todo esto, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero. Ampliar hasta el 19 de agosto de 2019 el plazo de presentación de solicitudes de la Resolución de 28 de marzo de 2019 por la cual se convocan ayudas destinadas a promover la continuidad de las empresas de las Islas Baleares mediante la planificación de los procesos de relevo empresarial y a promover la mejora en la gestión mediante planes de empresa.
Segundo. Modificar el apartado séptimo de la Resolución de convocatoria, de día 28 de marzo, en los términos siguientes:
7.1. El plazo de presentación de solicitudes, para ambos programas se iniciará a partir del tercer día desde la fecha de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), y finalizará cuando se agote el presupuesto destinado para el año 2019, y en todo caso en un plazo de cuatro meses y quince días desde la publicación de la convocatoria. (BOIB n.º 43 de 4 de abril). Por lo tanto el plazo finalizará el 19 de agosto de 2019.
Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Trabajo, Comercio e Industria en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 19 de junio de 2019
El consejero de Trabajo, Comercio e Industria
Iago Negueruela Vázquez