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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 6147
Resolución provisional del Director General de Planificación, Ordenación y Centros de 17 de junio de 2019 por la que se determina la ampliación de la dotación de personal de apoyo educativo para la atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2019-2020

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Texto

Hechos

1. En el BOIB núm. 68 de 2019, de 21 de mayo, se publicó la Resolución del Director General de Planificación, Ordenación y Centros de 20 de mayo de 2019 por la que se convoca el procedimiento para ampliar la dotación de personal de apoyo educativo para la atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2019-2020.

2. De acuerdo con el punto 4.6 del anexo 1 de esta Resolución, la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros tiene que enviar el resumen de las solicitudes presentadas y las propuestas que haya formulado a la Comisión de Conciertos Educativos de las Illes Balears para que los miembros de esta Comisión tomen conocimiento y puedan realizar sugerencias o alegaciones.

A tal efecto, la Comisión de Conciertos Educativos se reunió el 14 de junio de 2019.

3. De acuerdo con el punto 6 del anexo 1, a partir de las propuestas de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros y las de la Comisión de Conciertos Educativos de las Illes Balears, y de acuerdo con la previsión de recursos presupuestarios destinados a la financiación de los centros concertados, el Director General de Planificación, Ordenación y Centros debe dictar una resolución provisional por la que se tiene que determinar la dotación adicional de personal de apoyo para la atención a la diversidad para cada centro privado concertado. Esta resolución provisional se tiene que publicar en el BOIB y en la página web de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros. Los centros pueden presentar alegaciones a la resolución provisional en un plazo de diez días naturales a contar desde el día siguiente de su publicación. Las alegaciones se tienen que presentar a través del GestIB.

4. El punto 5 del anexo 1 establece que, para solicitar la dotación de auxiliares técnicos educativos (ATE) para el curso escolar 2019-2020, los centros privados concertados tienen que seguir las instrucciones que el Servicio de Atención a la Diversidad dictará a tal efecto. Por ello, las solicitudes de dotación de ATE para el curso 2019-2020 se resolverán mediante una resolución provisional específica del Director General de Planificación, Ordenación y Centros, que se dictará cuando el Servicio de Atención a la Diversidad haya llevado a cabo todos los trámites necesarios.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el que se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos (BOIB núm. 67, de 5 de mayo).

2. El Decreto 3/2017, de 13 de enero, por el que se establecen los preceptos que tienen que regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2017-2018 (BOIB núm. 6, de 14 de enero).

3. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 7 de mayo de 2008 por la que se regula la dotación de los equipos docentes en los niveles educativos concertados (BOIB núm. 65, de 13 mayo), modificada por la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 23 de junio de 2009 (BOIB núm. 96, de 4 de julio).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Determinar de forma provisional la ampliación de la dotación de especialistas en pedagogía terapéutica (PT) para los alumnos con adaptación curricular significativa (ACS), la ampliación de la dotación de especialistas en audición y lenguaje (AL) para los alumnos con necesidad de apoyo de audición y lenguaje (AL) y la ampliación de la dotación de especialistas en atención a la diversidad (AD) para los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (NESE) de los centros privados concertados para el curso 2019-2020 en los términos previstos en el anexo de esta Resolución.

2. Ordenar la publicación de esta Resolución y su anexo en Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Conceder a los interesados un plazo de diez días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en Boletín Oficial de las Illes Balears para que puedan formular las alegaciones que consideren adecuadas. Estas alegaciones se tienen que presentar mediante el GestIB, en el apartado «Cuota» > «Previsión de recursos de apoyo educativo del curso 2019-2020» > «Alegaciones», preferentemente en formato PDF.

4. Informar a los interesados que no se puede interponer ningún recurso en vía administrativa contra esta Resolución por el hecho de tratarse de un acto de trámite.

 

Palma, 17 de junio de 2019

El Director General de Planificación, Ordenación y Centros

Antonio Morante Milla

Documentos adjuntos