Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE LLORET DE VISTALEGRE
Núm. 6120
Decreto de nombramiento de Tenientes de Alcalde y Concejalías Delegadas - Consorcio 2019-2023
El Alcalde con fecha 17 de junio de 2019 dictó la resolución que se transcribe literalmente:
«DECRETO DE ALCALDIA
En virtud de las atribuciones que por Ley me son conferidas, especialmente las señaladas en el art. 41 del RD 2.568 de 28 de Noviembre de 1986, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), y más concretamente las establecidas en los artículos 43 y 44 del ROF así como el establecido en el art. 23 de la Ley 7/85, de 2 de abril, y más concretamente en el art. 46 y ss del ROF.
DECRETO:
PRIMERO. Nombrar Tenientes de Alcalde los siguientes Concejales:
Primer Teniente de Alcalde: Sr. SEBASTIAN AMENGUAL FIGUERAS
Segundo Teniente de Alcalde: Sr. JUAN OLIVER GELABERT
Los Tenientes de Alcalde, como tales, les corresponderá sustituir en la totalidad de las funciones y por orden de su nombramiento al Alcalde en los supuestos de ausencia, enfermedad o impedimento que le imposibilite para el ejercicio de sus atribuciones, así como ejercer las funciones de Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta la toma de posesión del nuevo Alcalde.
SEGUNDO. Designar los Concejales como los encargados de las áreas que se dirán:
- Sr. SEBASTIAN AMENGUAL: Interior, Seg.Ciutadana, M. Ambiente, Deportes y Movilidad.
- Sr. JUAN OLIVER: Coordinación Municipal, Urbanismo, Promoción Económica, Economía y Hacienda y Mantenimiento
- Sra. FRANCISCA M. BONET: Cultura, Juventud, Turismo y Comercio, Igualdad y Participación Ciudadana.
- Sr. PERE JOAN MUNAR: Ferias y Fiestas y Educación.
- Sr. JOSE A. BIBILONI: Sanidad, Cementerio, Servicios Sociales, Bienestar Social y Agricultura.
Todas las delegaciones serán de las comprendidas en el artículo 43.5 b) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (RD 2568/86), que comprende la dirección interna y gestión de los servicios correspondientes, sin incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
TERCER. Notificar el presente decreto a los interesados para su conocimiento y efectos oportunos.
CUARTO. Publicar el presente Decreto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la presente resolución.
QUINTO. Que del presente Decreto se informe al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que éste celebre. »
Lloret de Vistalegre, 19 de junio de 2019
El Alcalde
Antoni Bennasar Pol