Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 6106
Resolución del vicepresidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de traslado de créditos previstos en la Resolución del presidente del FOGAIBA, de 10 de julio de 2015, por la que se convocan, para los años 2015-2019, subvenciones para las inversiones en las explotaciones agrarias
En fecha 16 de julio del 2015, se publicó en el BOIB núm. 106 la convocatoria de subvenciones, para los años 2015-2019, para las inversiones en las explotaciones agrarias. Esta resolución preveía inicialmente un total de diez convocatorias, dos para cada ejercicio, si bien posteriormente se dejó sin efecto la segunda convocatoria correspondiente al año 2017.
El apartado segundo de esta resolución establece el crédito destinado a la primera convocatoria, mientras que el resto de convocatorias quedaron sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas.
También establece que si, una vez acabado cualquiera de los periodos, no se ha agotado el importe máximo previsto inicialmente para cada uno de estos, la cantidad no aplicada debe trasladarse al periodo siguiente mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, es decir, del vicepresidente del FOGAIBA, que debe publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Visto el informe técnico de la jefe de servicio de Ayudas al Desarrollo Rural, de 14 de junio de 2018, se determina que, una vez resueltas las tres primeras convocatorias de esta línea de ayudas, existe un crédito sobrante de un importe total de 17.466.121,38 €.
Por todo ello, a propuesta del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural y en virtud de las competencias que me han sido otorgadas, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero.
Trasladar a la cuarta convocatoria de subvenciones, previstas en la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de 10 de julio de 2015, por la que se convocan, para los años 2015-2019, subvenciones para las inversiones en las explotaciones agrarias, los créditos sobrantes, una vez resueltas las convocatorias anteriores.
Segundo.
El importe destinado a la cuarta convocatoria, que se corresponde con la segunda del año 2016, es de diecisiete millones cuatrocientos sesenta y seis mil ciento veintiún euros con treinta y ocho céntimos (17.466.121,38 €), de acuerdo con la siguiente distribución anual:
AÑO |
TOTAL |
2018 |
3.859.017,67 |
2019 |
3.020.000,48 |
2020 |
5.287.103,23 |
2021 |
1.500.000,00 |
2022 |
2.500.000,00 |
2023 |
1.300.000,00 |
SUMA |
17.466.121,38 |
Estas ayudas están cofinanciadas, hasta la cantidad de 10.681.252,25 €, con un 53,00% por la Unión Europea, un 14,10% por la Administración General del Estado y un 32,90% por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB) y, hasta la cantidad de 6.784.869,13 €, con el 100% por la CAIB.
Tercero. Esta resolución debe comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Palma, 18 de junio de 2018
El vicepresidente del FOGAIBA
Mateu Ginard i Sampol