Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 6089
Extracto del acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de fecha 20.05.2019, relativo a la aprobación de las ayudas de minimis del Consejo Insular de Menorca para las agrupaciones de defensa vegetal de Menorca para el año 2019, con las mismas bases reguladoras del año 2018 (Exp. 3201-2019-000001)
BDNS 462326
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios
1. Pueden tener la condición de beneficiarios directos y pedir la subvención, las agrupaciones de defensa vegetal constituidas de acuerdo al Decreto 52/2013, de 29 de noviembre, por el que se regulan las agrupaciones de defensa vegetal en el ámbito de las Islas Baleares y se crea el Registro Oficial de Agrupaciones de Defensa Vegetal de las Islas Baleares.
2. Podrán ser beneficiarias finales de las ayudas previstas en esta convocatoria las pequeñas y medianas explotaciones agrarias integradas en una agrupación de defensa vegetal de Menorca.
Segundo. Objeto
El objeto de estas ayudas de minimis es apoyar las actuaciones que lleven a cabo, entre el 1 de diciembre del año anterior al de la convocatoria y el 30 de noviembre del año de la convocatoria, las agrupaciones de defensa vegetal de Menorca, constituidas de acuerdo con el Decreto 52/2013, de 29 de noviembre, que regula las agrupaciones de defensa vegetal en el ámbito de las Islas Baleares y crea el Registro oficial de agrupaciones de defensa vegetal de las Islas Baleares.
Tercero. Bases reguladoras
Esta convocatoria se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en la sesión de carácter ordinario de día 21 de mayo de 2018 y publicadas en el BOIB núm. 75, de 19 de junio del año 2018, sustituyendo las referencias al año 2016 por el año 2017, en el año 2017 por el año 2018, y el año 2018 por el año 2019.
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo de la convocatoria es de 44.000 € (cuarenta y cuatro mil euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días naturales contados a partir del día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
Sexto. Otros datos.
No pueden ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas que hayan recibido, en los tres últimos ejercicios fiscales (2017, 2018 y 2019), ayudas públicas o de entes privados, financiados con cargo a presupuestos públicos, en concepto de minimis, por un importe superior a 20.000 €.
Maó, 18 de junio de 2019
El secretario del Consejo Ejecutivo
Octavi Pons Castejón