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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 6086
Extracto del acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de fecha 20.05.2019, relativo a la aprobación de las bases que regulan las ayudas del Consell Insular de Menorca para el fomento de las razas autóctonas de Menorca y aprobación de la convocatoria correspondiente al año 2019 (Exp. 3401-2019-000001)

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Texto

BDNS 461839

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

1. Podrán acogerse a las ayudas las asociaciones de ganaderos que estén constituidas como personas jurídicas y que cumplan los siguientes requisitos:

- Que no tengan ánimo de lucro

- Que estén reconocidas oficialmente, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Consejero de Economía, Agricultura, Comercio e Industria, de 8 de octubre de 1999, por la que se crea el registro de Asociaciones de Criadores de Razas de ganado Autóctono de las Islas Baleares.

- Que estén oficialmente reconocidas para la gestión del Libro o Libros Genealógicos de la raza o razas autóctonas, de acuerdo con el Decreto 64/1998, de 12 de junio, por el que se regula la gestión de los libros genealógicos de las razas autóctonas de las Islas Baleares.

2. Las explotaciones ganaderas integradas en la Asociación, como beneficiarios finales de esta subvención, deben cumplir los siguientes requisitos:

- Que la explotación esté inscrita en el Registro general de explotaciones ganaderas.

- Que la explotación cumpla con el límite de ayudas que se establece en el artículo 3.2 del Reglamento (UE) núm. 1408/2013, modificado por el Reglamento (UE) 2019/316.

Segundo. Objeto

El objeto de esta convocatoria de minimis es apoyar las actividades que hayan llevado a cabo, desde el día 1 de diciembre del año 2017 hasta el día 31 de diciembre del año 2018, las asociaciones de ganaderos de razas autóctonas de Menorca, para compensar, el coste de los gastos relacionados con la gestión de los libros genealógicos y la mejora genética, para obtener productos primarios de calidad, y también, los gastos derivados de las tareas que realizan las asociaciones, para promocionar estos productos.

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en la sesión de carácter ordinario de día 20 de mayo de 2019.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 30.000 € (treinta mil euros).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días naturales contados a partir del día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

Sexto. Otros datos.

En esta ayuda, en virtud de su naturaleza específica, como ayuda de minimis, se ha de tener en cuenta que el beneficiario final de la ayuda no puede recibir, en los tres últimos ejercicios fiscales (2017, 2018 y 2019), ayudas públicas o de entes privados financiados con cargo a presupuesto públicos en concepto de minimis por un importe superior a 20.000 €.

 

17 de junio de 2019

El secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón