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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 6030
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas, a propuesta del director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, por la cual se autoriza la aceptación de la cesión de uso gratuito y temporal del Centro Integrado de Formación Profesional Can Marines de Eivissa por parte del Consejo Insular de Eivissa (Exp. DGTPFP 114/2019 PATRIM)

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Texto

Con fecha 11 de junio de 2019, el director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Hechos

1. El 18 de mayo de 2011 se firmó un convenio de colaboración entre la Consejería de Educación y Cultura del Gobierno de las Illes Balears y el Consejo Insular de Eivissa que tenía por objeto establecer, entre otros, estudios de las familias profesionales agraria y marítimo pesquera y de las familias relacionadas con el sector agroambiental.

2. La cláusula sexta de este Convenio previó como compromiso del Consejo Insular, dotar al centro de las edificaciones y de las instalaciones necesarias en la finca Can Marines, y por parte de la Consejería de Educación y Cultura tramitar la creación del Centro Integrado de Formación Profesional de Can Marines para poder impartir las enseñanzas mencionadas.

3. El 25 de enero de 2017 se firmó una adenda al Convenio, el objeto de la cual era «.. el cumplimiento del compromiso del Consejo Insular de poner a disposición de la Consejería de Educación y Universidad las instalaciones proyectadas del Centro Integrado de Formación Profesional de Can Marines y de cederle gratuitamente el derecho de uso del centro..»

4. El 9 de abril de 2019 tuvo entrada en el Registro de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas un oficio del secretario general de la Consejería de Educación y Universidad, solicitando la tramitación patrimonial de la cesión de uso gratuito y temporal del Centro Integrado de Formación Profesional Can Marines de Eivissa por parte del Consejo Insular de Eivissa.

5. El 23 de abril de 2019 se envió al secretario general de la Consejería de Educación y Cultura un oficio de requerimiento de documentación necesario para continuar con la tramitación del expediente patrimonial.

6. El 21 de mayo de 2019 el secretario general de la Consejería de Educación y Cultura envió un oficio con toda la documentación requerida.

7. El 28 de mayo de 2019 se dictó resolución de inicio de expediente de aceptación de cesión por parte del director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 63, 64 y 87.g) de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. Los artículos 128, 129 y 130 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm.97, de 2 de julio).

4. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros de Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 97, de 2 de julio).

5. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 120, de 8 de agosto).

6. El Decreto 49/2016, de 22 de julio, por el cual se nombra director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 93, de 23 de julio).

Propuesta de Resolución

Propongo a la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Autorizar la aceptación de cesión de uso gratuito y temporal del Centro Integrado de Formación Profesional Can Marines de Eivissa, ubicado en el término municipal de Santa Eulària des Riu, Eivissa.

2. Establecer que la cesión de uso gratuito y temporal se hace por un periodo de cinco años, a contar desde el 25 de enero de 2017, prorrogables tácitamente por periodos de cinco años con un límite de veinte años.

3. Determinar que las dos partes, en cualquier momento anterior al vencimiento de la cesión o sus prórrogas, pueden dar por acabada la cesión de uso gratuito y temporal, siempre que lo hayan notificado a la parte contraria con un mínimo de dos meses de antelación a finales de cada periodo de vigencia.

5. Anotar las características de este arrendamiento en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6. Notificar esta Resolución a las partes interesadas.

7. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears .

Por todo esto, dicto lo siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse notificado y publicado en Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse notificado y publicado la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa.

 

Palma, 11 de junio de 2019

La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas

Catalina Cladera i Crespí

 

El director general proponente

José Luis Gil Martín