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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 5943
Acuerdo Consell Executiu 24.05.2019. Modificación del anexo II -temarios- de las bases generales del concurso oposición para la oferta pública de ocupación 2016-2017 del Consell Insular (exp. 0605-2018-0000009)

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Texto

Por unanimidad se declara la urgencia del asunto:

Por Decreto de Presidencia núm. 819/2018, de 24 de octubre de 2018, se aprobó la modificación de las Bases generales del concurso oposición para la Oferta Pública de Ocupación 2016-2017 y del anexo II de los temarios generales para las diversas plazas de dicha oferta pública, publicadas en el BOIB núm. 134 de 27 de octubre de 2018.

Entre el periodo de aprobación de las bases generales, el dia 24 de octubre de 2018 y las convocatorias específicas de las plazas de oferta pública, ha entrado en vigor la nueva Ley de protección de datos, por lo que deben modificarse las referencias a la Ley de protección de datos (Ley orgánica 15/1999) en los distintos temarios de las plazas convocadas, por la nueva Ley de protección de datos (Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales), publicada en el BOE núm. 294 de 6 de diciembre de 2018.

Vista la propuesta de la Consejera Ejecutiva del Departamento de Servicios Generales, Participación Ciudadana y Vivienda;

El Consejo Ejecutivo, por unanimidad y en votación ordinaria, adopta los acuerdos siguientes:

Primero.- Modificar los temarios de Administración general y Administración especial, en lo referente a la Ley de protección de datos (Ley orgánica 15/1999), por la nueva Ley de protección de datos (Ley orgánica 3/2018), de manera que establezcan lo siguiente:

TEMARIO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL

Temario general. Subgrupo A1

Tema 32. La protección de datos personales. Marco normativo. Principios del derecho. (Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales).

Temario general. Subgrupo A2

Tema 22. La protección de datos personales. Marco normativo. Principios del derecho. (Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales).

Temario general. Subgrupo C1

Tema 13. El marco normativo de las obligaciones públicas de transparencia, acceso a la información y buen gobierno. Obligaciones de transparencia y límites. Publicidad activa y transparencia en la gestión. Información pública y garantías. (Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno). La protección de datos personales. Marco normativo. Principios del derecho. (Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales).

Temario general. Subgrupo C2

Tema 8. La protección de datos personales. Marco normativo. Principios del derecho. (Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales).

TEMARIO DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

Temario general. Subgrupo A1

Tema 15. La protección de datos personales. Marco normativo. Principios del derecho. (Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales).

Temario general. Subgrupo A2

Tema 11. El marco normativo de las obligaciones públicas de transparencia, acceso a la información y buen gobierno. Obligaciones de transparencia y límites. Publicidad activa y transparencia en la gestión. Información pública y garantías. (Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno). La protección de datos personales. Marco normativo. Principios del derecho. (Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales).

Temario general. Subgrupo C1

Tema 7. Principios generales que rigen los derechos de la ciudadanía: derecho a la igualdad efectiva de mujeres y hombres (Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres) y derecho a la protección de datos personales (Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales).

Temario general. Subgrupo C2

Tema 4. Principios generales que rigen los derechos de la ciudadanía: derecho a la igualdad efectiva de mujeres y hombres (Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres), derecho a la protección de datos personales (Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales), y derecho de acceso a la información pública (Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno).

Segundo.- Ordenar la publicación de las anteriores correcciones en el tablón de edictos en las sedes de Ciutadella y Maó, así como en la página web (www.cime.es) del Consell Insular de Menorca.

Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación en el BOIB. El recurso puede interponerse formalmente ante el mismo Consejo Ejecutivo o ante la Comisión de Gobierno, órgano competente para su resolución.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada puede interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de haber recibido la notificación de la desestimación del recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido notificación expresa, éste se entiende desestimado por silencio, y cabe interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda.

No obstante, en su caso, se puede interponer cualquier otro recurso que se considere procedente en derecho. Todo esto, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  

Maó, 6 de junio de 2019

El SECRETARIO DEL CONSEJO EJECUTIVO

Octavi Pons Castejón