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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 5540
Aprobación inicial del Estudio de Detalle de la Unidad de Actuación UA-8 de las NN.SS situada en el "Poblado de GESA", Camino de Aucanada. (Modificación 11 de julio 2018 redactada por el arquitecto don Nicolás Arganza Alvaro y, promovida por la entidad RESIDENCIAL ALCUDIA LUZ, S.L.)

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Texto

Mediante resolución 2019/828 dictada por el Concejal Delegado de Urbanismo en fecha 21 de mayo de 2019 se aprobó inicialmente el Estudio de Detalle de la Unidad de Actuación UA-8 de las NN.SS situada en el "Poblado de Gesa", Camino de Aucanada (Modificación 11 de julio 2018 redactada por el arquitecto señor Nicolás Arganza Alvaro y presentada en fecha 20 de julio 2010 (RGE núm. 6297 por la entidad RESIDENCIAL ALCUDIA LUZ, SLU).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 55 de la ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares y, el artículo 154 del Reglamento General de desarrollo de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo para la isla de Mallorca, se somete el estudio de detalle al trámite de información pública durante el plazo de TREINTA (30) DÍAS a contar a partir del día siguiente a la última de las publicaciones de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en uno de los diarios de mayor difusión en la Isla de Mallorca y, en la sede electrónica de este ayuntamiento en la que constará la documentación completa que lo integra. Durante dicho plazo se podrán formular las alegaciones que se estimen pertinentes, pudiéndose examinar el expediente en días hábiles (de lunes a viernes, de 9,00 a 14,00 horas) en las oficinas del departamento municipal de Planificación Urbanística situadas en el nº 1 de la placeta dels pins, así como en la sede electrónica municipal. El localizador (URL) de la sede electrònica para acceder a la indicada documentación es el siguiente:

http://sac.alcudia.net/absatlas/Normativa/PUBLICACION_WEB/HISTORICO/AS4/EST_DE_PGESA/FICHA_MODIFICACION.PDF

Asimismo, se hace público que, de conformidad con el artículo 51 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares, y en concordancia con los apartados 2 y 3 del artículo 138 y 139 del reglamento para Mallorca, de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo, esta aprobación inicial determina por sí misma y dentro del ámbito del Estudio de detalle, la suspensión durante el plazo de dos años o hasta la aprobación definitiva, de la tramitación y la aprobación del instrumento de planeamiento, de planes de desarrollo y de instrumentos de gestión, así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas para áreas o usos determinados, y la posibilidad de presentar comunicaciones previas en el ámbito correspondiente al Estudio de detalle. Todo ello, sin perjuicio de que puedan otorgarse las licencias fundamentadas o presentar comunicaciones previas que se basen en el régimen urbanístico vigente, y sean compatibles con las determinaciones del nuevo planeamiento inicialmente aprobado, en los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 141 de este Reglamento.

 

Alcudia, 28 de mayo de 2019

El concejal delegado de Urbanismo

Joaquín Cantalapiedra Aloy

Documentos adjuntos