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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 5779
Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística. GCI 16/01. Aprobación definitiva proyecto de estatutos y bases de actuación del SUNP 69/01 Son Güells, del vigente Plan General de Ordenación Urbana

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Texto

I16010119.ANU-cast

La Junta de Gobierno de Palma, en sesión que tuvo lugar en fecha 22 de mayo de 2019, adoptó el siguiente acuerdo: 

La Junta de Gobierno, en sesión celebrada el 8/11/2017, aprobó inicialmente el proyecto de estatutos y bases de actuación del SUNP 69/01 Son Güells, del vigente Pla General de Ordenación Urbana, presentado por Jaime Bibiloni Rosselló, en representación de SON GUELLS SL, ROXA SL, GIRABE I ENFORA SL y BEN CLOS SL, y Aníbal Ricardo Ferreira Aguero, como administrador único de DABNEY SL, según el informe favorable del Servicio de Valoraciones y proyectos.

El acuerdo fue publicado al BOIB n.º 156, de 21/12/2017, constando en el expediente las siguientes alegaciones formuladas en el trámite de información pública:

PAT&LONDON SL, representada por Luis Trujillo Zaforteza, el 11/01/2018.

Fausto Morell Trujillo, Amparo Morell Trujillo, y María Coloma Morell Trujillo todos en la misma fecha, el 18/01/2018.

Miguel Perelló Gelabert i Mercedes Hernández Matas, en representación de MAI PITJOR SL, el 13/12/2018.

El 3/04/2018 la promoción dio respuesta a las alegaciones presentadas. A resultas, se emite informe técnico por el Servicio de Valoraciones el 23/06/2018 y 12/12/2018, e informe jurídico el 4/03/2019 con deficiencias que se notificaron al promotor, y debido a esto se adjunta el 1 de abril 2019 nuevo texto de estatutos y bases rectificado para su aprobación. Esta última modificación enmienda las deficiencias detectadas a los informes anteriores excepto en cuanto a la justificación del cálculo del coeficiente de ponderación entre residencial libre y vivienda protegida, que se tendrá que incluir en el proyecto de compensación, y por tanto se modificará la redacción de la Base 12.4 en el sentido siguiente: Los coeficientes de ponderación por uso se calcularán en base a los arts. 24 y siguientes de la LUIB y se incluirán en el proyecto de compensación (informe de Valoraciones de 16/04/2019).

Por eso, conforme con lo que dispone el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas de modernización del Gobierno Local, el art. 83 de la Ley 12/2017 de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares, el artículo 245 del Reglamento general de la Ley 2/2014, LOUS, (Acuerdo del Pleno de CIM de 16/04/2015), los artículos 172 y 175 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, el TAG que subscribe propone a la Junta de Gobierno de Palma que adopten el siguiente

ACUERDO

1.º- Aprobar definitivamente el proyecto de estatutos y bases de actuación del SUNP 69/01 Son Güells, del vigente Plan General de Ordenación Urbana, presentado por Jaime Bibiloni Rosselló, en representación de SON GUELLS SL, ROXA SL, GIRABE I ENFORA SL y BEN CLOS SL, y Aníbal Ricardo Ferreira Aguero, como administrador único de DABNEY SL, con la siguiente modificación de la redacción de la Base 12.4: Los coeficientes de ponderación por uso se calcularán en base a los arts. 24 y siguientes de la LUIB y se incluirán en el proyecto de compensación.

2.- Publicar el presente acuerdo junto con el texto íntegro de los estatutos y bases modificados, en el Boletín Oficial de les Illes Balears, según el artículo 245 del Reglamento general de la Ley 2/2014. Así mismo se tendrá que publicar en la dirección o en el punto de acceso electrónico correspondiente, donde se insertarà su contenido íntegro.

3.- Notificar el presente acuerdo a los propietarios afectados.

4.- Dar traslado de este acuerdo al negociado de Información Urbanística, al Servicio de Planeamiento y a la Sección de Tramitación de Proyectos de Urbanización para su conocimiento.

En cumplimiento del artículo 83 de la Ley 12/2017 de 29 de diciembre de Urbanismo de les Illes Balears; el 213.5 b) del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y uso del suelo por la Isla de Mallorca (BOIB 66 DE 30-04-15); el 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril, se publica, junto con la documentación técnica aprobada que pueden consultar en la Sección de Información Urbanística del Area de Modelo de Ciudad, Urbanismo y Vivienda Digna (Avda. Gabriel Alomar, núm 18, bxos, Edificio Municipal de las Avenidas) y/o en la sede electrónica en la dirección

https://urbanisme.palmademallorca.es/IMI/URBANISME/PRD/Planejament_urbanistic_pdf/Images%20Arxiu/GCI-Compensacions/GCI-201600010000/GCI-20160001_PORTADA.pdf para que se tome general conocimiento y a los efectos pertinentes.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, pueden interponer, con carácter potestativo, RECURSO DE REPOSICION ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo que dispone el art. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de UN MES a contar desde el día siguiente de esta publicación, no pudiendo, en este caso, interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El RECURSO DE REPOSICION potestativo se tendrá que presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a las cuales hace mención el art. 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de UN MES, a contar a partir del día siguiente a su interposición, quedando en este caso expedita la vía contenciosa administrativa.

De no utilizar el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, de conformidad con lo establecido en el artículo antes mencionado y en los arts. 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, de conformidad con el art. 8 de la Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que reforma la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente de esta publicación. Todo esto, sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.

Pueden presentar sus escritos en el Ayuntamiento en los Registros Generales (OAC) siguientes:

OAC Cort: Plaza Santa Eulalia, 9, bxos

OAC Sant Ferran: Av. St Ferran (Edif. Policia Local)

OAC l´Escorxador: C/ Emperadriu Eugènia, 6

OAC l´Arenal: Av. Amèrica, 11 (s'Arenal)

OAC Avingudes:Av. Gabriel Alomar, 18(Ed. Avingudes)

OAC Son Ferriol: Av. Cid, 8 (Son Ferriol)

OAC St. Agustí: C/ Margaluz, 30 (St. Agustí)

OAC Pere Garau: Pere Llobera, 9, baixos

 

Palma, 5 de junio de 2019

El Jefe del Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística

p.d. Decreto de Alcaldía núm. 10434, de 8 de junio de 2012

publicado en el BOIB 85 de 14/06/2012

Jaume Horrach Font