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AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 5775
Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma de 29 de mayo de 2019, por el cual se convocan subvenciones correspondientes a la Línea 8, para establecimientos culturales dedicados a la promoción, la exhibición y/o el comercio cultural de carácter privado para el año 2019
BDNS (Identif.): 459931
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b. y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo podrá consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web del Ayuntamiento de Palma (www.palmacultura.cat i www.palma.cat):
Primero. Beneficiarios:
Pueden optar a estas ayudas las personas físicas o personas jurídicas legalmente constituidas como titulares de la gestión de establecimientos culturales domiciliados en Palma, dedicados a la promoción, la exhibición y/o comercio cultural de carácter privado, ya sea en régimen de propiedad como en régimen de alquiler.
Segundo. Finalidad:
El objeto de esta convocatoria es fomentar los establecimientos culturales dedicados a la promoción, la exhibición y/o el comercio cultural de carácter privado.
Esta línea se estructura en tres modalidades, de acuerdo con las siguientes tipologías de equipamiento:
MODALIDAD A - ARTES EN VIVO: espacios estables de exhibición de artes escénicas como teatro, danza, circo, y otras disciplinas de las artes en vivo, así como salas de música en vivo o espacios independientes.
A.1. Salas de teatro, danza, circo y otras disciplinas de las artes en vivo.
A.2. Salas de música en vivo.
A.3. Espacios independientes de creación y exhibición artística y cultural, entendidos como espacios independientes y multidisciplinarios que dan apoyo a la producción, la investigación y la exhibición artística y cultural, y que ofrecen una programación periódica de actividades.
MODALIDAD B - COMERCIO CULTURAL: establecimientos comerciales del ámbito cultural.
B.1. Librerías
B.2. Galerías de arte
MODALIDAD C: CINES
C. Salas de Cine con 7 salas de exhibición o menos.
Están excluidas como entidades destinatarias de las ayudas los siguientes espacios:
a) Espacios de propiedad municipal.
b) Espacios de coworking, (espacio de trabajo compartido e inspirador, que impulsa y fomenta la co-creación) que no cumplen requisitos de los destinatarios anteriores.
c) Espacios culturales no abiertos al público.
d) Escuelas de enseñanzas artísticas.
Tercero. Bases reguladoras
Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Palma, aprobadas por el Pleno en fecha 26/02/2015 y publicadas en el BOIB núm. 35 de fecha 12 de marzo de 2015.
Cuarto. Consignación presupuestaria: 75.000 euros
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Veinte días naturales contados desde el día siguiente en que se publique esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 7 de junio de 2019
El jefe del Departamento de Cultura
Damià Sans Tous