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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Núm. 5734
Propuesta y resolución de rectificación de un error material advertido en la Resolución de 24 de octubre de 2018 por la que se califica positivamente la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Enfermería de las Illes Balears y se ordena su inscripción en la hoja registral correspondiente del Registro de colegios profesionales de las Illes Balears

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Texto

Hechos

1. El 24 de octubre de 2018 la consejera de Presidencia, en ejercicio de las competencias en materia de colegios profesionales, resolvió calificar positivamente la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Enfermería de las Illes Balears y ordenó su inscripción en la hoja registral correspondiente del Registro de colegios profesionales de las Illes Balears. La resolución se publicó en el BOIB núm. 142, de 13 de noviembre de 2018.

2. El 15 de enero de 2019 tuvo entrada en el Registro de la Consejería de Presidencia un escrito del Colegio Oficial de Enfermería de las Illes Balears, en que informaba que se ha detectado un error material en la versión castellana del texto de los Estatutos publicados en el BOIB núm. 142, de fecha 23 de noviembre de 2018, dado que no se ha eliminado el artículo 48.2, relativo a la colegiación honoraria.

3. El 11 de marzo de 2019 se emitió un informe favorable del Servicio de Entidades Jurídicas en relación con la rectificación de errores materiales en la Resolución de 24 de octubre de 2018, dado que, efectivamente, la solicitud de modificación de los Estatutos incluía la supresión del artículo, y asimismo acontece en el expediente tramitado y en la versión catalana de la resolución, pero no en la castellana.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, indica que las administraciones públicas podrán rectificar, en cualquier momento, los errores materiales existentes en sus actos.

2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que la rectificación de los errores materiales en actas y disposiciones administrativas corresponderá al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

Propuesta de resolución

Propongo a la consejera de Presidencia que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Rectificar el error material advertido en la versión castellana de los Estatutos del Colegio Oficial de Enfermería de las Illes Balears, publicados en el BOIB núm. 142, de fecha 13 de noviembre de 2018, como anexo a la Resolución de la consejera de Presidencia de 24 de octubre de 2018 por la que se califica positivamente la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Enfermería de las Illes Balears y se ordena su inscripción en la hoja registral correspondiente del Registro de colegios profesionales de las Illes Balears, en el sentido de eliminar el artículo 48.2, relativo a la colegiación honoraria.

2.Ordenar la inscripción de esta rectificación en la hoja registral correspondiente del Registro de colegios profesionales de las Illes Balears.

3. Ordenar la publicación de esta resolución en Boletín Oficial de las Illes Balears.

4. Notificar esta resolución a la corporación interesada.

Palma, 3 de junio de 2019

El director general de Relaciones Institucionales y Acción Exterior

Josep Enric Claverol i Florit                           

Conforme con la propuesta. Dicto su resolución.

La consejera de Presidencia

Pilar Costa i Serra