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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE DEIÀ

Núm. 5714
Aprobación definitiva expediente modificación de crédito n.º 2/2019: modificación del presupuesto de gastos por medio de remanente líquido de tesorería

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Texto

En cumplimiento de que se dispone por el artículo 169, por remisión del 177.2 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial de fecha 29 de abril de 2019, sobre el expediente n.º 2/2019 de modificación del presupuesto de gastos por medio de remanente líquido de tesorería, que se hace público con el siguiente detalle:

Las modificaciones que se acuerdan son las siguientes:

Crédito  extraordinario:

APLIC.PPT.

EXPRESIÓN

PREV.ANT.

MODIF. 

PREV.DEF.

133.62300

Parquímetros zona azul

   0,00

  16.300,00

    16.300,00

 

TOTALES

   0,00

  16.300,00

    16.300,00

Respecto al estado de ingresos, los conceptos del Presupuesto de ingresos quedarán de la siguiente manera:

Por Remanente de tesorería líquido del ejercicio 2018:

CONCEPTE

EXPRESIÓN

PREVISIÓN ANTERIOR

MAYORES INGRESOS

PREVISIÓN DEFINITIVA

87000

Remanente de Tresoreria

56.743,13

16.300,00

73.043,13

 

TOTALES

56.743,13

16.300,00

73.043,13

Contra el presente Acuerdo, en virtud del que se dispone en el artículo 171 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción. Sin perjuicio de esto, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

   

Deià, 7 de junio de 2019

La Alcaldesa,

Magdalena López Vallespir