Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE SA POBLA
Núm. 5541
Resolución nombramiento policias locales
Expedient: 779/2018
Procediment: Convocatòria d'estabilització de la policia local
Resolución de Alcaldía por la cual se aprueba la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo de la convocatoria de estabilización del cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Sa Pobla
Hechos
1. En fecha 21 de junio de 2018, la Junta de Gobierno Local acordó aprobar las bases y convocatoria por la estabilización del cuerpo de la Policía Local de sa Pobla.
2. En fecha 12 de julio de 2018 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB n.º 86 de 12 de julio de 2018) la aprobación de las bases y convocatoria de estabilización de la policía local y se convocan las pruebas selectivas para la cobertura de 6 vacantes, para el ingreso en la escala de Administración especial, subescala servicios especiales, grupo C, subgrupo C1 de la categoría de policía local del Ayuntamiento de Sa Pobla.
3. En fecha 7 de mayo de 2019 se aprueba la resolución definitiva del Tribunal con el resultado final del proceso selectivo, mediante la cual, se expone que los aspirantes disponen de un plazo de veinte días naturales desde la fecha de publicación para presentar los documentos que acreditan que cumplen con los requisitos que todavía no se han acreditado y que exige la convocatoria en la base 2 del anexo 1.
4. En fecha 4 de junio 2019 se publica la Resolución definitiva del Tribunal donde se acredita la documentación exigida a la base 8ª del anexo 1 por parte de los aspirantes que han superado el proceso selectivo y se acuerda elevar esta resolución a la Alcaldía y los aspirantes ser nombrados como personal funcionario en prácticas.
Fundamentos de derecho
1. Las bases y convocatoria de estabilización de la policía local (BOIB n.º 86 de 12 de julio de 2018) y resto de normativa por remisión.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la relación definitiva de los aspirantes que han superado el proceso selectivo y acordar su nombramiento como personal funcionario en prácticas de la categoría de policía local, conforme sigue:
POSICIÓN ASPIRANTES |
ASPIRANTES QUE HAN SUPERADO EL PROCESO SELECTIVO |
DNI DE LOS ASPIRANTES |
1° |
DAVID URIBE TRIBALDOS |
43.183.007R |
2° |
ANTONIO MORIEL PALLICER |
43.177.543B |
3° |
DAMIÀ RIBOT CIFRE |
43.141.795M |
4° |
JUAN CARLOS TORRES POL |
43.124.752M |
5° |
JOSE RIPOLL JAUME |
43.128.546G |
6° |
RAÚL MARÍN GÓMEZ |
43.163.038L |
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a la sede electrónica [http://sapobla.eadministracio.cat]. TRANSPARENCIA, 1. INSTITUCIONAL/1.7. PERSONAL/1.7.2. OFERTA De OCUPACIÓN PÚBLICA/2018/OFERTA PÚBLICA OCUPACIÓN ESTABILIZACIÓN/POLICÍA LOCAL y al tablón de anuncios electrónico de la Corporación.
3. En conformidad con el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración, los aspirantes disponen de un plazo de 3 días hábiles para tomar posesión, contadores a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recurso
Contra el presente acuerdo que posa fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, en conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, en conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara para interponer el recurso potestativo de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo esto sin perjuicio de que usted pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Sa Pobla, 4 de junio de 2019
El Alcalde
Biel Ferragut Mir