Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 5525
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 27 de mayo de 2019, por la que se ordena la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo facultativo superior escala sanitaria, especialidad farmacia de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y se hace pública la lista de puestos vacantes que se ofrecen al efecto de la adjudicación
Antecedentes
1. Mediante la Resolución de 5 de mayo de 2016 se aprobaron las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la cobertura de las plazas vacantes de personal funcionario, del ámbito de los servicios generales, previstas en las ofertas públicas de empleo que apruebe la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, incluidas las ofertas públicas de empleo aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno para los años 2014 y 2015 (BOIB núm. 60, de 12 de mayo).
2. Por la Resolución de 4 de diciembre 2017 se aprobaron la convocatoria, las bases, el baremo de méritos y la designación del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo facultativo superior de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, escala sanitaria, especialidad farmacia (BOIB núm. 151, de 12 de diciembre).
3. Una vez finalizadas las pruebas selectivas mencionadas en el punto anterior, el Tribunal Calificador ha elevado a la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas la lista definitiva de personas aspirantes seleccionadas con el orden de prelación final.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma.
4. Las bases 10.2, 12 y 13 de la Resolución de 5 de mayo de 2016, por la que se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la cobertura de las plazas vacantes de personal funcionario, del ámbito de los servicios generales, previstas en las ofertas públicas de ocupación que apruebe la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, incluidas las ofertas de ocupación pública aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno para los años 2014 y 2015.
5. La base 12 de la Resolución de 4 de diciembre de 2017 per la que se aprobaron la convocatoria, las bases, el baremo de méritos y la designación del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo facultativo superior de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, escala sanitaria, especialidad farmacia.
Por todo lo anterior, dicto la siguiente
Resolución
1. Ordenar la publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears de la lista definitiva de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso al cuerpo facultativo superior, escala sanitaria, especialidad farmacia, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, según consta en el anexo I de esta Resolución.
2. Publicar como anexo II la lista de puestos de trabajo vacantes que se ofrecen a las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas mencionadas, al efecto que soliciten el destino.
3. Establecer que, en el plazo de veinte días naturales a contar a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de esta Resolución, las personas aspirantes seleccionadas han de presentar, en el Registro General de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP), en el de la consejería competente en materia de función pública o en cualquier otra de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los documentos siguientes:
a) Una fotocopia compulsada del título académico exigido en cada convocatoria o certificación académica que acredite haber superado todos los estudios para obtener el título.
b) Una fotocopia compulsada del certificado acreditativo de los conocimientos de lengua catalana.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante un expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitados de forma absoluta o especial para empleo o cargo público por una resolución judicial para acceder al cuerpo o escala del funcionario del cual hubiesen sido separados o inhabilitados, según el modelo que facilitará la dirección general competente en materia de función pública, que se adjunta a esta Resolución como anexo III.
En el caso de ser nacionales de otro estado, acreditarán no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a una sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público.
d) Un certificado médico, en modelo oficial, acreditativo de tener las capacidades y las aptitudes necesarias para el ejercicio de las funciones del cuerpo, escala o especialidad cuando se trate de personal funcionario de nuevo ingreso.
e) Escrito en que se eligen, de mayor a menor interés, los puestos de trabajo que se ofrecen. La solicitud incluirá todos los puestos (anexo IV).
4. Ordenar que, si la persona aspirante seleccionada no presenta la documentación dentro del plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, que habrán de ser debidamente constatados y, en su caso, apreciados por la Administración mediante una resolución motivada, o si del examen de esta se deduce que falta alguno de los requisitos exigidos, la persona interesada no podrá ser nombrada funcionaria y quedaran anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
5. Establecer que las plazas se han de adjudicar de acuerdo con los criterios siguientes:
‒ La adjudicación se efectuará según el orden final de prelación de las personas aprobadas para cada una de las islas, de acuerdo con la petición de destino y según los puestos vacantes ofrecidos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/19998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 27 de mayo de 2019
La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas Catalina Cladera Crespí
ANEXO I Lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo facultativo superior, escala sanitaria, especialidad farmacia, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Mallorca Turno libre
DNI |
Apellidos, Nombre |
Puntuación |
Orden |
***9976* |
MENDEZ SASTRE, ANTONIO |
22,849 |
1 |
***1999* |
VAQUER PASCUAL, JOANA MARIA |
21,658 |
2 |
***3704* |
MATHEU VAQUER, CATALINA AIXA |
20,773 |
3 |
***2515* |
VIDAL COLL, CRISTINA |
19,404 |
4 |