Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Núm. 5520
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas, a propuesta del director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, por la cual se autoriza la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal del despacho 209 segundo piso, situado en la calle de Rosa núm. 3 de Palma, a la Asociación Bipolar de Mallorca (Exp. DGTPFP 131/2019 PATRIM)
En fecha 28 de mayo de 2019, el director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio ha formulado la propuesta de resolución siguiente:
Hechos
1. El Ayuntamiento de Palma cedió en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears el edificio Casal Ernest Lluch situado en la calle de Rosa, 3, de Palma, por un periodo de 99 años, mediante un Convenio subscrito el 15 de mayo de 1995 y aprobado por Consejo de Gobierno de 4 de mayo de 1995.
2. El 8 de junio de 2015 la consejera Hacienda y Administraciones Públicas autorizó la cesión de uso gratuita y temporal de un espacio de 1,5 m2 (identificado con el número 209), con derecho de uso de los elementos comunes con el resto de entidades cesionarias, en la segunda planta del inmueble situado a la calle de Rosa, 3, de Palma, a favor de la Asociación Bipolar de Mallorca.
3. La entidad Asociación Bipolar de Mallorca consta inscrita en el Registro de Asociaciones desde el 6 de octubre de 2006.
4. Esta asociación tiene por finalidad promover todo tipo de acciones e informaciones destinadas a mejorar la situación de las personas afectadas por las diversas formas de la enfermedad mencionada.
5. El 16 de mayo de 2019 ha tenido entrada a la Dirección general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio un oficio de la secretaria general de la Consejería de Salud instando al director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio a la prórroga, por un periodo de cuatro años, de la cesión de uso gratuita y temporal del despacho 209 del Casal Ernest Lluch, a la Asociación Bipolar de Mallorca. Se adjuntó la siguiente documentación:
-Propuesta de inicio por parte de la consejera de Salud del expediente de prórroga.
-Informe favorable emitido por la secretaria general de la Consejería de Salud.
-Instancia de la Asociación Bipolar de Mallorca en la cual solicita la prórroga del Convenio hasta el 17 de junio de 2023.
-Certificado de la secretaría de la Asociación Bipolar de Mallorca que acredita la presidencia.
-Certificado de la secretaría de la Asociación Bipolar de Mallorca que acredita que en la sesión de la Junta directiva celebrada el 12 de marzo de 2019 fue aprobado solicitar la prórroga de la cesión de uso del espacio antes mencionado.
-Relación de las actividades que la Asociación Bipolar de Mallorca tiene previstas para los años 2019-2023 en el Casal Ernest Lluch.
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 63 y 64, por remisión del artículo 72, y el artículo 87.g), todos de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. Los artículos 128, 129 y 130, por remisión del artículo 142, todos del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, del presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm.97, de 2 de julio).
4. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros de Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm.97, de 2 de julio).
5. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 120, de 8 de agosto).
6. El Decreto 49/2016, de 22 de julio, por el cual se nombra director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 93, de 23 de julio).
Propuesta de Resolución
Propongo a la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas que dicte una resolución en los términos siguientes:
1. Autorizar la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal del despacho núm. 209, segunda planta, situado en la calle de Rosa núm. 3 de Palma, a la Asociación Bipolar de Mallorca, hasta el 17 de junio de 2023.
2. Establecer, para la cesión, las condiciones siguientes:
a) Se mantienen, para la cesión, las mismas condiciones estipuladas en el Convenio de cesión.
b) La cesión gratuita de uso comporta la obligación de la cesionaria de devolver el objeto de la cesión de uso en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears cuando finalice el plazo establecido.
c) Si los bienes y los derechos cedidos no se destinan al uso que prevé el acto que autoriza la cesión o dejan de destinarse posteriormente al mismo, la cesión se considerará revocada y revertirá en la Comunitat Autónoma de las Illes Balears, que tiene derecho a percibir del cesionario, habiendo hecho previamente la tasación pericial pertinente, el valor de los detrimentos o los deterioros que hayan experimentado
3. Notificar la Resolución a la Consejería de Salud.
4. Anotar la cesión de uso gratuita y temporal en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse notificado y publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haberse notificado y publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.
Palma, 28 de mayo de 2019
La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas
Catalina Cladera i Crespí
El director general proponente
José Luis Gil Martín