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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES

Núm. 5487
Convocatoria para la cobertura mediante el sistema de comisión de servicios de carácter voluntario del puesto de trabajo de Director/a (F00460003) adscrito a la Biblioteca Pública de Maó de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes

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Texto

1. Objeto

De acuerdo con los artículos 28 y siguientes del Decreto 33/1994, de 28 de marzo, por la cual se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, de acuerdo con la Instrucción 2/2012, de 27 de marzo, de la directora general de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios por la que se fijan los criterios y pautas para adjudicar las comisiones de servicios de carácter voluntario en la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears y teniendo presente el artículo 9.2 y 9.4 c) de la Ley 3/2011, de 25 de marzo, de delegación de competencias al Consell Insular de Menorca de las facultades que, como administración gestora, ejerce ahora la administración de la CAIB en relación con el Museo de Menorca y la Biblioteca Pública i el Archivo Histórico de Maó, instituciones culturales de titularidad estatal, mediante la cual corresponde al Consell Insular de Menorca la potestad de propuesta motivada de nombramiento en los procedimientos de provisión por libre designación, de acuerdo con el régimen jurídico de la función pública de la Administración de la CAIB.

Entendiendo que no es obligatoria la convocatoria pública en el caso de la provisión de puestos de trabajo por libre designación, pero el Consell Insular de Menorca procede a convocar la cobertura del puesto de Director/a de la Biblioteca Pública de Maó, por el procedimiento de libre designación.

BIBLIOTECA PÚBLICA DE MAÓ (MAÓ)

C.UNITAT

C.LLOC

LLOC

DESTINACIÓ

NL

C.ESP

CD

TL

FP

AP

GR

COSSOS

 OBSERV

CAT.

RD 

PTC0040006

F00460003

DIRECTOR/A

MAÖ

1

16.786,14

26

C

L

A3

A1

2549

DE, HE, IN, RDT

C1

N

2. Duración

La duración máxima de una comisión de servicios en un puesto de trabajo será de 1 año, que podrá ser prorrogada, con la justificación previa de la Secretaría General correspondiente, y sin, que en ningún caso, pueda superar el plazo máximo de 2 años.

Excepcionalmente, cuando las necesidades del servicio así lo requieran, el órgano competente puede prorrogar el plazo máximo de 2 años.

Esta limitación no será aplicable a las comisiones de servicio en puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera en situación de servicios especiales o que lleven causa de aquella.

3. Publicidad

Esta convocatoria se publicará en el tablón de anuncios de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes, de acuerdo con el que prevé el punto 4.3 de la Instrucción 2/2012.

Se publicará en la página web del Govern de les Illes Balears y en la página web del Consell Insular de Menorca, así como también en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

4. Requisitos de los aspirantes

Se puede presentar todo el personal funcionario de carrera que se encuentre en la situación administrativa de servicio activo de la Administración del Estado, de las comunidades autónomas y local y que cumpla los requisitos establecidos en la Instrucción 2/2012 y en la relación de puestos de trabajo, excepto:

 

a) Las personas a quien, en el plazo del ultimo año, se le haya autorizado una comisión de servicios. Esta restricción no es de aplicación al personal funcionario que dentro de este plazo haya cesado en la comisión por causa diferente a la renuncia voluntaria.

b) Respecto del personal funcionario de nuevo ingreso o de promoción interna, se ha de ajustar al que disponga la convocatoria sobre el periodo mínimo de permanencia en el puesto de trabajo. Si no hay una disposición expresa en las bases correspondientes o en la normativa de aplicación, se debe aplicar lo que prevé la letra a del punto 3.3 de la Instrucción 2/2012.

El personal funcionario está en la situación de servicio activo cuando ocupa u puesto de trabajo dotado presupuestariamente con carácter permanente o provisional.

En el supuesto que el puesto de trabajo pueda ser provisto por personal funcionario de carrera de otras administraciones públicas, éste personal se puede presentar siempre que cumpla también el resto de requisitos establecidos por la relación de puestos de trabajo y la normativa de aplicación.

5. Solicitudes, documentación y plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes de participación en la convocatoria, junto con la documentación que corresponda se ha de presentar en el registro de entrada de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes, en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.

Disponen de un período de 15 días hábiles, para presentar las solicitudes correspondientes y empieza a transcurrir a partir del siguiente al de la publicación en la Intranet.

Deberán acompañar las solicitudes de participación en la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, la siguiente documentación:

a) Declaración de cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria para ejercer el puesto de trabajo correspondiente.

b) Títulos académicos.

c) Acreditación de los puestos de trabajo ejercidos anteriormente, tanto en la Administración Pública como en la empresa privada, especialmente referidos a los requisitos exigidos en la convocatoria.

d) Estudios y cursos realizados relacionados con archivos y bibliotecas, así como en la gestión de servicios públicos y/o la gestión cultural y cualquier otro que el aspirante considere relevante para el puesto a cubrir.

6. Entrevista

Una vez finalizado el plazo de presentación, los candidatos serán citados a una entrevista personal que versará sobre las capacidades de los candidatos para el desarrollo del puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

La entrevista la realizará el Consejero de Cultura y Educación del Consell Insular de Menorca asistido de los asesores que considere para apoyarle en la toma de decisiones sobre la propuesta del candidato más idóneo.

7. Resolución y publicación

Una vez finalizado el proceso, el Consejero de Cultura y Educación del Consell Insular de Menorca realizará propuesta de nombramiento al Consejero de Cultura, Participación y Deportes del Govern de les Illes Balears en el plazo de diez días hábiles, que dictará resolución.

Ésta resolución se publicará en el tablón de anuncios de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes y en la página web del Govern de les Illes Balears y desde la misma las personas interesadas dispondrán de un plazo de dos días hábiles para formular las observaciones o reclamaciones que estimen oportunas.

Una vez resueltas éstas reclamaciones la Dirección General de Función Pública y Administraciones Públicas formulará propuesta de resolución definitiva de nombramiento en favor de la persona que haya resultado seleccionada.

8. Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Secretaria General de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes, en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunitat Aut`ònoma de les Illes Balears. También se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de la Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, 31 de mayo de 2019

El secretario general

Por delegación de la Consellera d’Hisenda i Administracions  Públiques (BOIB n.º 148, de 8 de octubre de 2015)

Guillem Joan Fullana Daviu