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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 5486
Encargo de gestión directa y eventual del Consell Insular de Eivissa a un medio propio personificado (Fires, Congressos i Esdeveniments de Eivissa, S.A.U., FECOEV), para llevar a cabo la producción técnica del VI Festival Cultural Nits de Tanit Músiques del Món 2019

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Texto

De conformidad con lo establecido en el artículo 11.3 a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y el artículo 8.1.b de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, a continuación se hace público el encargo de gestión directa y eventual del Consell de Eivissa a un medio propio personificado, para llevar a cabo la producción técnica del VI Festival Cultural Nits de Tanit, Músiques del Món 2019, aprobados por Decreto de Presidencia del Consell Insular de Eivissa, número 2019000366 de fecha 24 de mayo de 2019.

Es voluntad del Consell Insular de Eivissa, a través de su Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura y Juventud, fomentar todas aquellas iniciativas que permiten tanto a las personas que habitan en la isla como a todas aquellas que la visitan acceder a la cultura en las diversas manifestaciones que esta pueda dar.

En este sentido, el día 20 de mayo de 2019 se dispuso la incoación del expediente para la realización del VI Festival Cultural Nits de Tanit Músiques del Món 2019, entre los meses de junio y septiembre de 2019. Este festival está pensado para difundir la cultura a través de diversas disciplinas artísticas como la música, la lírica, el teatro, la danza, etc., en un marco arquitectónico como es el recinto exterior de la Seu de la Universitat de les Illes Balears en Eivissa (antiguo edificio de la Comandancia, calle del Calvari, 1, de Eivissa), a los pies de la muralla del casco antiguo de la ciudad, que ha sido declarada Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.

La Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de deposito legal de libros y de deportes, establece que los consejos insulares asumirán diversas competencias en materia de cultura, entre las cuales se encuentra el fomento de la música y la danza, la organización y la promoción de manifestaciones musicales y el desarrollo de festivales.

El Decreto de Presidencia núm. 2015000285 de estructura del Gobierno del Consell Insular de Eivissa y creación de Departamentos (corrección de errores en el BOIB núm. 103, de 10-07-15, y modificaciones posteriores) establece que el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura y Juventud comprende entre otras la actividad competencial propia de los consejos insulares en relación con las actividades artísticas y culturales, museos, archivos, bibliotecas, normalización lingüística y patrimonio histórico y monumental.

Visto el artículo 11.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, que establece que la realización de actividades de carácter material o técnica de la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de derecho público podrá ser encargada a otros órganos o entidades de derecho público de la misma o de distinta Administración, siempre que entre sus competencias haya estas actividades, por razones de eficacia o cuando no se disponga de los medios técnicos idóneos para su ejercicio, y el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Dado que el Consell Insular de Eivissa no cuenta con medios suficientes para llevar a cabo la producción técnica de este Festival.

Considerando que Fires, Congressos i Esdeveniments de Eivissa SAU FECOEV) es una sociedad mercantil de capital público del Consell Insular de Eivissa, y de acuerdo con el art. 1 bis de sus estatutos tiene “la condición de medio propio del Consell Insular de Eivissa (...)”. Así mismo, el art. 1.2 establece que “El Consell Insular de Eivissa podrá encargar a la sociedad la ejecución de cualquier actuación material relacionada con el objeto social mencionado en el artículo 2 de los Estatutos (...)”, el cual dispone que

“Constituye el objeto de la sociedad:

1. La realización de las actividades precises para planificar, proyectar, coordinar y gestionar con las administraciones públicas, empresas y particulares las siguientes áreas de trabajo:

a. Coordinación, impulso y dirección técnica y facultativa de los procesos de reconversión y ordenación de actividades para impulsar la inversión i fomentar la actividad económica pública y privada.

b. Coordinación, orientación y evaluación de programas y servicios de ordenación y de reconversión turística.

2. Las actividades inherentes a un centre integrado de servicios relacionados con la promoción económica, social y cultural de la isla de Eivissa mediante:

a. La gestión integral de eventos relacionados con la promoción económica, turística, social, deportiva y cultural, tanto de carácter público como privado (...)”.

El Consell Executiu del Consell Insular de Eivissa, en sesión celebrada el día 13 de mayo de 2013, dictó una instrucción en relación a la aprobación del procedimiento de tramitación y ejecución de los encargos de gestión del Consell Insular de Eivissa a sus medios propios.

Así mismo, el encargo debe de cumplir lo establecido en el acuerdo de fiscalización limitada previa para la adaptación de los requisitos adicionales previstos en el acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de mayo de 2008, modificado el 7 de julio de 2011 y el 20 de julio de 2018, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos, adoptado por el Pleno del Consell Insular de Eivissa en sesión de fecha 29.11.2018, en relación a los expedientes de encargos de gestión.

Visto que con fecha 12 de marzo de 2019, expediente núm. 2/201900000638, se hizo el preceptivo RC que dota de crédito al encargo de gestión directa y eventual para llevar a cabo la producción técnica del VI Festival Cultural Nits de Tanit Músiques del Món 2019.

Visto el informe técnico favorable, de fecha 23 de mayo de 2019 sobre los criterios económicos y de eficacia que justifican que se encargue a Fires, Congressos i Esdeveniments de Eivissa SAU (FECOEV) la realización de las acciones previstas y necesarias para llevar a cabo la producción técnica del VI Festival Nits de Tanit Musiques del Món 2019, que prevé la posibilidad que el medio propio contrate prestaciones parciales con terceros, que el importe de estas prestaciones no exceda del 50% de la cantidad del encargo, con las excepciones previstas en el artículo 32.7 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

En fecha 23 mayo de 2019 se emitió memoria técnica donde se concretan tanto las características de los trabajos que se han de encargar, como la justificación, los plazos, el presupuesto, las formas de pago, la posibilidad de modificaciones y prórrogas, etc.

Así mismo, visto el informe jurídico favorable de 24 de mayo de 2019, en relación al encargo de la gestión directa y eventual del Consell Insular de Eivissa a un medio propio personificado, (Fires, Congressos i Esdeveniments de Eivissa SAU, FECOEV)) para llevar a cabo la producción técnica del VI Festival Cultural Nits de Tanit Músiques del Món 2019, con el visto bueno de la secretaría general de esta Corporación.

De conformidad con el apartado primero d del Decreto de Presidencia núm. 287/2015, de fecha 8 de julio, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular de Eivissa (BOIB núm. 103, de 10-07-15), por razón del importe, corresponde a la Presidencia la aprobación del encargo de la gestión a un medio propio personificado

Visto, que este encargo de gestión a un medio propio personificado (Fires, Congressos i Esdeveniments de Eivissa SAU, FECOEV) para la ejecución de la actividad consistente en la producción técnica del VI Festival, se realizará de conformidad con la legislación vigente que sea de aplicación, y en todo caso, observando las prescripciones contenidas en los artículos 11 y 86 Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y los artículos 6 i 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público.

Visto el informe propuesta emitido por el Jefe de Sección del Departamento de Educación, Patrimonio y Cultura, con el visto y conforme de la Secretaria Técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio y Juventud de fecha 24 de mayo de 2019.

Vista la propuesta del Consejero Ejecutivo del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura y Juventud, de fecha 24 de mayo de 2019, así como el informe de conformidad de fiscalización, previo, preceptivo y necesario emitido por la Intervención de la Corporación de fecha 24 de mayo de 2019, que tiene carácter de fiscalización limitada previa, la cual es meramente formal y no material.

En virtud de todo lo anterior, de conformidad con el artículo 52 del Reglamento orgánico del Consell Insular de Eivissa (BOIB núm. 136, de 18/09/10; corrección al BOIB núm. 148, de 14/10/2010, modificación en el BOIB núm. 48, de 16/4/2016), y de conformidad con el artículo 9 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre de consejos insulares, (BOIB núm. 134, de 2 de noviembre de 2000).

DISPONGO

Primero. APROBAR el encargo de la gestión directa y eventual del Consell Insular de Eivissa a un medio propio personificado (Fires, Congressos i Esdeveniments de Eivissa SAU, FECOEV) para la ejecución de la actividad consistente en la producción técnica del VI Festival Cultural Nits de Tanit Músiques del Món 2019, con un importe máximo de 175.800 euros, en los términos establecidos en la memoria técnica siguiente:

Memoria técnica del encargo de la gestión directa y eventual del Consell Insular de Eivissa a FECOEV para llevar a cabo la producción técnica del VI Festival Cultural Nits de Tanit, Músiques del Món 2019

1. Objeto

El Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura y Juventud del Consell Insular de Eivissa, dentro del marco de sus competencias y como parte de su programación cultural para el año 2019, tiene previsto llevar a cabo entre los meses de junio y septiembre de 2019 el VI Festival Cultural Nits de Tanit, Músiques del Món.

Este Festival tendrá lugar los días, las horas y con los artistas y espectáculos que se detallan a continuación:

- 30 de junio a las 22 horas. Concierto a cargo de Toko Telo.

- 14 de julio a las 22 horas. Concierto a cargo de Luar Na Lubre

- 28 de julio a las 22 horas. Concierto a cargo de Kalàscima.

- 16 de agosto a las 22 horas. Concierto a cargo de Eivor.

- 18 de agosto a las 22 horas. Concierto a cargo del grupo Zohreh Jooya.

- 1 de septiembre a las 22 horas. Concierto a cargo del grupo Delgres.

El lugar de celebración de estos espectáculos incluidos dentro el VI Festival Cultural Nits de Tanit Musiques del Món, será en el recinto exterior de la Seu de la Universitat de les Illes Balears en Eivissa (edificio de la antigua Comandancia), a los pies de la muralla del casco antiguo de la ciudad, declarado Patrimonio de la Humanidad, en la calle del Calvari, 1, Eivissa.

El objeto de este encargo es la producción técnica del VI Festival Cultural Nits de Tanit Músiques del Món 2019, que incluye lo siguiente:

- montaje de escenarios

- equipos de luz y sonido conforme a los raiders proporcionados por los artistas

- equipamientos backline

- subministro y colocación de gradas para 200 personas

- subministro y colocación de un máximo de 600 sillas por espectáculo y posterior retirada

- subministro y colocación de vallas con lonas para cerrar el perímetro exterior del àrea destinada a los espectáculos

- subministro y colocación de vallas para controlar el acceso de público

- cerramiento del perímetro del escenario

- subministro y montaje de carpa para la venta de entradas con conexión de luz y datos para instalar un ordenador portátil, una impresora y un TPV físico

- subministro, montaje y habilitación de una carpa para los camerinos de los artistas

- habilitación de una zona de aparcamiento de vehículos autorizados (artistas, Consell y proveedores)

- emisión de autorizaciones de vehículos y control del párking de vehículos autorizados

- implantación del plan de emergencia con todas las necesidades que comporte:

1.   vigilancia

2.   cabinas sanitarias

3.   ambulancias

4.   limpieza

5.   protección civil

6.   control aforo

7.   control del acceso del público a las instalaciones los días de los espectáculos

- atención a las necesidades técnicas y de equipamientos que hagan los artistas o las compañías (espejos, toallas, perchas, aguas, mobiliario, herramientas para el escenario, etc.)

- subministro del catering para las compañías o para los artistas durante el tiempo que estén en el recinto donde se llevará a cabo la actuación

- ornamentación floral del escenario y entrega de ramos de flores a los artistas que así lo requieran

- tramitación y obtención de todos los permisos inherentes a la actividad objecto del encargo

- elaboración e impresión del siguiente material de difusión del festival incluyendo los trabajos de redacción, maquetación y traducción (al inglés y al alemán):

1 cartel genérico (diseño proporcionado por el CIE):

Idiomas: castellano, catalán, inglés y alemán

Ejemplares: 500 ejemplares

Características: 320 x 480 mm (anchura x altura)

Impresión en cuatricromía al verso del cartel

papel estucado brillo de 150 g

6 carteles (uno por cada concierto programado, con el diseño proporcionado por el CIE)

Ejemplares: 500 ejemplares

Características: 320 x 480 mm (anchura x altura)

Impresión en cuatricromía al verso del cartel

papel estucado brillo de 150 g

1 programa de mano (diseño proporcionado por el CIE) que recoja información de todos los conciertos:

Idiomas: castellano, catalán, inglés y alemán

Ejemplares: 2.500 ejemplares

Características: 160 x 160 mm cerrado (anchura x altura)

Impresión en cuatricromía

32 páginas

papel estucado mate de 100 g

encuadernación grapada

6 banderolas para colgar en los tres puentes de la carretera E20 (uno por cada lado). En este caso se incluye su colocación:

Características: 3700 x 830 mm (anchura x altura)

Impresión en cuatricromía en el verso de la banderola

NOTA: En relación a las autorizaciones de la actividad, dado que es una actividad no permanente mayor, debe tener en cuenta que el art. 67.2 de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de Instalación, Acceso y Ejercicio de Actividades a las Islas Baleares prevé que si la actividad se repite anualmente, la documentación técnica continua siendo válida siempre y cuando se presente un certificado de un técnico competente que indique que la actividad, las condiciones y la normativa no se han modificado con respecto a la última autorización otorgada, así pues, dado que en años anteriores ya se realizó el Festival Cultural Nits de Tanit en el mismo lugar, se debería solicitar nuevamente la actividad propuesta para este año, haciendo referencia a la documentación técnica que obra en las dependencias municipales (exp. actividades 1014/2014).

Así mismo, indicar que se dispone de plan de autoprotección de las "Actividades culturales que se lleven a cabo en las terrazas exteriores del edificio de Sa Comandància" inscrito con el núm. RGPA 167/2014 de la Dirección General de Interior, Emergencias y Justicia del Gobierno de las Illes Balears. Es responsabilidad de la empresa encargada la implantación del plan, dando cuenta a la Dirección de Emergencias de la activación del plan y el organigrama del personal responsable.

Por lo que respecta a la puesta en servicio de la instalación eléctrica temporal, será necesario solicitar una nueva puesta en servicio de la instalación para este año. La instalación eléctrica temporal dispondrá de suministros autónomos (generadores).

2. Medio propio destinatario del encargo

La empresa pública Fires, Congressos i Esdeveniments de Eivissa SAU (en adelante FECOEV), con NIF: A-07837602, es una entidad mercantil de capital público del Consell Insular de Eivissa, que tiene como objeto, entre otros, la realización de las actividades precises para planificar, proyectar, coordinar y gestionar con las administraciones públicas las actividades inherentes a un centro integrado de servicios relacionados con la promoción económica, social y cultural mediante la gestión integral de eventos relacionados con la promoción cultural.

Esta entidad tiene el carácter de medio propio y es la entidad que ha realizado parte de los trabajos de realización y producción de este Festival, junto con el Consell Insular, en ediciones anteriores, por lo que su personal es conocedor de las acciones necesarias para llevarlo a cabo.

Visto que la mencionada empresa pública dispone de medios para poder ejecutar estas acciones de producción técnica del VI Festival Cultural Nits de Tanit Musiques del Món 2019 y teniendo en cuenta que el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura y Juventud no cuenta con los medios técnicos y humanos idóneos para llevarlo a cabo.

De conformidad con la instrucción de Secretaria del Consell Insular, aprobada pel Consell Executiu en fecha 13.05.2013, el Consell Insular puede encargar a FECOEV directamente la realización de actividades de su competencia por razones de eficacia. Así mismo, el presente encargo cumple lo establecido en el acuerdo de fiscalización limitada previa para la adaptación de los requisitos adicionales previstos en el acuerdo del Consell de Ministros de 30 de mayo de 2008, modificado el 7 de julio de 2011, y el 20 de julio de 2018, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos, adoptado por el Pleno del Consell Insular de Eivissa en sesión de fecha 29.11.2018, en relación a los expedientes de encargos de gestión.

Es por todo lo anterior que el Consell Insular de Eivissa, mediante el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura y Juventud propone que se encargue a FECOEV la realización de las acciones previstas y necesarias para llevar a cabo la producción técnica del VI Festival Nits de Tanit Musiques del Món 2019.

3. Justificación y necesidad

La Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de deposito legal de libros y de deportes, establece que los consejos insulares asumirán las competencias relacionadas en el Real Decreto 3040/1983, de 5 de octubre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la comunidad autónoma de las Islas Baleares en materia de cultura, entre las que se encuentra el fomento de la música y la danza, la organización y promoción de manifestaciones musicales y el desarrollo de festivales.

El Decreto de Presidencia núm. 2015000285 de estructura del Govern del Consell Insular de Eivissa y creación de Departamentos (BOIB núm. 103, de 10-7-2015, modificaciones en BOIB núm. 27, de 27-2-2016, BOIB núm. 113, de 6-9-2016, BOIB núm. 51, de 29-4-2017, BOIB núm. 71, de 10-6-2017, BOIB núm. 77, de 23-6-2018, y BOIB núm. 35, 16-03-2019) establece que el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura y Juventud “Comprende la actividad competencial propia de los consejos insulares en relación con las materias de enseñanza, actividades artísticas y culturales, museos, archivos, bibliotecas, normalización lingüística y patrimonio histórico y monumental. [...] Este Departamento también gestionará los servicios propios del su ámbito de actuación prestados en los diferentes centros propiedad del Consell Insular”.

Por ello, es voluntad del Consell Insular de Eivissa, a través del su Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura y Juventud, fomentar todas aquellas iniciativas que en la isla supongan la promoción de la cultura en sus diversos ámbitos.

En este sentido, el Festival Cultural Nits de Tanit, Músiques del Món, está pensado para difundir diversas disciplinas artísticas (música, lírica, teatro, danza, etc.) que suponen un beneficio cultural y lúdico, que pretende llegar no solo a los habitantes habituales de la isla sino también a los visitantes que durante las fechas de este Festival la visitan, ofreciendo a todo el mundo espectáculos de calidad y contribuyendo a la promoción y la proyección exterior de Eivissa, entre otras cosas para que se den a conocer aspectos patrimoniales de la isla, ya que el marco en que está previsto que se celebre está declarado Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.

4. Plazo de duración

La duración de las actuaciones a encargar son del 30 de junio al 1 de septiembre de 2019 (ambos incluidos), según el calendario establecido al objeto de esta memoria técnica. No obstante este encargo desplegará sus efectos des del momento de la notificación a la entidad encargada, lo que supondrá el orden de inicio de las actuaciones.

Este encargo tendrá vigencia hasta el día en que hayan quedado justificados todos los gastos ante el órgano gestor que hará el seguimiento del encargo que, en cualquier caso, no podrá superar la fecha del 30 de octubre de 2019.

5. Presupuesto y aplicación presupuestaria

 

CONCEPTO

IMPORTE

Gastos para la realización de una actividad no permanente mayor: tramitación y obtención de permisos, inspección técnica de los montajes, comunicación al Ayuntamiento de Eivissa, emisión de boletines de instalación eléctrica temporal, certificaciones, tasas inherentes a la actividad no permanente mayor...

16.300,00 €

Suministro y montaje de elementos técnicos y de otros elementos necesarios para el desarrollo de la actividad: equipamientos de luz y sonido, generadores, escenario, gradas, sillas, vallas, carpas, cabinas sanitarias...

103.500,00 €

Implantación plan de emergencia

24.400,00 €

Producción técnica y coordinación con la producción artística: ornamentación, backline, catering...

14.500,00 €

Publicidad: Elaboración del material de difusión: carteles, programas de mano y banderolas así como la colocación de banderolas en los puentes de la carretera E20

17.100,00 €

TOTAL

175.800,00€

 

El Consell Insular de Eivissa destinará a la producción técnica del VI Festival Cultural Nits de Tanit la cantidad de 175.800,00 € (ciento setenta y cinco mil ochocientos euros) para el encargo de gestión directa y eventual a FECOEV, en los mismos términos que se han detallado antes. Esta cantidad irá con cargo a la aplicación presupuestaria 3340 22799 del ejercicio presupuestario del año 2019 y tendrá el carácter de aportación máxima a los gastos que realice en ejecución de las acciones objeto de esta encargo.

6. Forma de pago

El abono de las cantidades relativas a los gastos objeto de este encargo se realizará a medida que se vayan presentando las correspondientes facturas detalladas, justificativas de los gastos realmente realizados para cada espectáculo.

No obstante, el Consell Insular podrá requerir en cualquier momento la documentación que estime oportuna justificativa de los gastos facturados en el caso de que no quede suficiente detallada a las facturas presentadas.

En cualquier caso, se habrá de estar al plazo máximo de justificación previsto en el punto 4 de este encargo.

Las facturas se presentarán a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas del Consell Insular de Eivissa (https://cie.face.gob.es/) con los siguientes códigos DIR3:

Denominación: Consell Insular de Eivissa

Av. d'Espanya, 49

07800 Eivissa

NIF: S 0733001 B

  

Oficina contable

Órgano gestor

Unidad tramitadora

Consell Insular de Eivissa

Secretaria Técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio y Juventud

Promoción Cultural

L03070006

LA0007848

LA0005716

  

El Consell Insular de Eivissa quedará excluido de cualquier riesgo empresarial derivado de las acciones previstas en el objeto de este encargo.

FECOEV inhibirá de toda responsabilidad al Consell Insular de Eivissa. Cualquier cuestión litigiosa que surja de la interpretación o ejecución de este encargo será del conocimiento y competencia de los órganos de la jurisdicción contenciosa administrativa.

7. Posibilidad de prorroga o modificaciones

Si mientras se está ejecutando el encargo se producen circunstancias que así lo aconsejen, el Consell Insular de Eivissa podrá modificar el encargo inicial bien a iniciativa propia, bien a petición del medio propio, siempre y cuando esta modificación quede acreditada y justificada, y se produzca durante el plazo de duración del encargo y no afecte a actuaciones ya realizadas. Esta modificación supondrá la tramitación del correspondiente expediente administrativo que requerirá de los mismos actos que el expediente inicial.

En cuanto a la posibilidad de prórroga del encargo deberá de quedar acreditado que es necesaria y justificada y se podrá realizar en los mismos términos establecidos para la modificación de la misma, siempre y cuando se ejercite antes de finalizar el encargo.

8. Directora del encargo

Como directora para la verificación de la ejecución del encargo se propone el nombramiento de la funcionaria encargada de la Promoción Cultural, Sra. Yolanda Andiñach Planells.

9.- Régimen jurídico aplicable

Este encargo de gestión a un medio propio personificado (Fires, Congressos i Esdeveniments de Eivissa S.A.U., FECOEV) para la ejecución de la actividad consistente en la producción técnica del VI Festival Cultural Nits de Tanit, Músiques del Món 2019, se realizará de conformidad con la legislación vigente que le sea de aplicación, y en todo caso, observando las prescripciones contenidas en los artículos, 11 y 86 Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y en los artículos 6 y 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público.

De conformidad con el artículo 11.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, el órgano encargado tiene también la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a los cuales pueda tener acceso en ejecución del encargo de gestión, de conformidad con lo establecido en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales, en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en relación al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (DOUE 4.5.2016), y al resto de legislación vigente en materia de protección de datos personales que sea de aplicación.

Segundo. APROBAR la autorización y compromiso de gasto de la cantidad de este encargo, con un importe máximo de 175.800,00€ (ciento setenta y cinco mil ochocientos euros) con cargo al expediente contable núm. 2/201900000638, en los términos previstos en la memoria transcrita en el punto anterior.

Tercero. NOMBRAR a la Sra. Yolanda Andiñach Planells, funcionaria del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura y Juventud, directora para la verificación de la ejecución del encargo.

Cuarto. NOTIFICAR el acuerdo que se adopte a la entidad interesada.

Quinto. PUBLICAR este acuerdo en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, todo de conformidad con el artículo 11.3.a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y el artículo 8.1.b de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en el perfil del contratante de la Plataforma de contratación del sector público, de acuerdo con el artículo 63.6 y 347 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

  

Eivissa, 3 de junio de 2019

La secretaria técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio y Juventud

Maria Catalina Tur Torres