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AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL
Núm. 5240
Extracto de la Resolución de Alcaldía núm. 561 de 22 de mayo de 2019, por la que se aprueban la convocatoria y las bases de ayudas para la realización de actividades educativas organizadas en el término municipal de Es Mercadal para asociaciones de padres y madres de alumnos
BDNS (Identif.): AE-458422-B
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Los solicitantes que quieran acogerse a estas ayudas deberán reunir los siguientes requisitos:
Ser entidades privadas sin ánimo de lucro.
Realizar actividades educativas, extraescolares o complementarias (de apoyo a los centros educativos) en el término de Es Mercadal que se relacionan en el apartado 3 de este articulo.
No incurrir en ninguno de los supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).
No estar incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, así como en el artículo 30.4. de la misma.
Quedan expresamente excluidas:
1. Entidades con finalidad lucrativa, en particular todas las sociedades mercantiles y civiles.
2. Cooperativas
3. Centros docentes o de enseñanza
4. Entidades políticas o sindicales
Segundo. Finalidad:
Colaborar con las asociaciones de padres y madres de alumnos que realizan actividades educativas y extra escolares dentro del término municipal de Es Mercadal, según las bases reguladoras incluidas en la base 16ª de las Bases de Ejecución del Presupuesto de 2019, aprobado por el Pleno del dia 30 de enero de 2019 y publicado en el BOIB núm. 15, de día 2 de febrero de 2019.
Tercero. Bases reguladoras:
Las bases de la convocatoria y la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones, aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Es Mercadal de día 11 de octubre de 2005 y publicada la aprobación definitiva y el texto íntegro en el BOIB n º. 189, de 17 de diciembre de 2005.
Cuarto. Importe:
El importe máximo por solicitante será de 7.000 euros y en ningún caso superará el 50% del presupuesto presentado.
Las ayudas concedidas serán atendidas con cargo a la aplicación presupuestaria 40.323.48300 del Presupuesto General de 2019, con un importe máximo conjunto de 17.500 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Hasta el día 30 de junio de 2019.
Es Mercadal, 29 de mayo de 2019
El alcalde del Ayuntamiento de Es Mercadal
Francesc Ametller Pons