Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TERRITORIO, ENERGÍA Y MOVILIDAD
Núm. 5177
Resolución de consejero de Territorio, Energía y Movilidad por la que se emite la puesta en servicio de las instalaciones del proyecto de planta de GNL para el suministro de gas natural al casco urbano de Cala Millor (término municipal de Sant Llorenç des Cardassar ), cuyo titular es Redexis Gas, SA
Hechos
1. Mediante la Resolución de consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 31 de agosto de 2018, se otorgó a Redexis Gas, SA, la autorización de ejecución y el reconocimiento, en concreto, de utilidad pública, del proyecto de ampliación de la planta de gas natural licuado (GNL) de Cala Millor en el término municipal de Sant Llorenç des Cardassar (exp. 2017/32088). Esta resolución se publicó en el BOIB nº311, de 26 de diciembre de 2018.
2. El 11 de febrero de 2019 (con nº de registro de entrada 2886) se presentó en la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad la solicitud de puesta en servicio para el proyecto de ampliación de la planta de GNL de Cala Millor y a la que se adjuntó siguiente la documentación:
— Copia digital (CD) de la documentación de puesta en servicio.
— Hoja de asume de la dirección técnica del proyecto de ampliación de la planta de GNL de Cala Millor por parte del ingeniero industrial José Roig Gómez, de 20 de noviembre de 2017.
— Escrito de renuncia a la dirección técnica del proyecto de ampliación de la planta de GNL por parte del ingeniero industrial José Roig Gómez, de 22 de noviembre de 2018.
— Hoja de asume de la dirección técnica del proyecto de ampliación de la planta de GNL de Cala Millor por parte del ingeniero industrial Luis Javier Ruiz Herrera, de 22 de noviembre de 2018.— Declaración responsable por parte del técnico competente Luis Javier Ruiz Herrera, de 22 de noviembre de 2018, en que declara que cumple con los requisitos legales para ser director técnico de la ejecución del proyecto.
— Certificado de dirección y terminación de la obra de ampliación de la instalación de la planta satélite de recepción, almacenamiento y regasificación de GNL para dar suministro a Cala Millor, ubicada en la parcela 538, del polígono 2, de Sant Llorenç des Cardassar, y firmado digitalmente el 22 de enero de 2019 por el ingeniero industrial Luis Javier Ruiz Herrera, colegiado núm. 7949 por el Colegio de Ingenieros Industriales de Madrid. En el certificado se adjunta la declaración de conformidad del depósito criogénico instalado, y los planos y esquemas actualizados.
3. El 21 de febrero de 2019 el jefe del Servicio de Transporte y Distribución de Energía solicitó la subsanación de deficiencias en la documentación de puesta en servicio presentada; en concreto, carecía de la siguiente documentación:
— El certificado de inspección emitido por la OCA donde consten las pruebas de resistencia y estanqueidad previstas en la norma UNE 60210.
— El justificante del registro de la documentación de autoprotección al órgano competente.
— El informe en materia de accidentes graves de la Dirección General de Política Industrial.
4. El 23 de abril de 2019 Redexis Gas, SA, presentó en el registro electrónico del Ministerio de Hacienda y Función Pública la contestación al escrito de subsanación de deficiencias, junto con la siguiente documentación adicional:
— Una copia del certificado del organismo de control Eurocontrol de plantas satélite de gas natural licuado de los depósitos con resultado favorable sin defectos (exp. 19-34-GNL-IP-0001).
— La instancia de inscripción del Plan de Emergencia Interior de la planta de GNL de Cala Millor en la Dirección General de Emergencias e Interior de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas - Gestión de Emergencias de las Illes Balears (GEIBSAU), de 7 de marzo de 2019.
— El informe complementario al acta 4161 sobre la inspección periódica realizada en las instalaciones de Redexis Gas, SA, en la parcela 538, del polígono núm. 2, de Sant Llorenç des Cardassar, en aplicación de la normativa de accidentes graves en que intervienen sustancias peligrosas de 4 de abril de 2019, al que se adjunta el dictamen de seguridad (C/AG/000098) de TÜV SÜD ATISAE y el certificado de revisión de instalaciones de protección contra incendios de 1 de abril de 2019.
5. El 29 de abril de 2019 el jefe del Servicio de Transporte y Distribución de Energía solicitó la subsanación de deficiencias en la documentación de puesta en servicio presentada; en concreto, faltaba la siguiente documentación:
— El informe definitivo sobre accidentes graves evacuado por la DGPI.
— El justificante del registro de la documentación de autoprotección al órgano competente.
6. El 7 de mayo de 2019 Redexis Gas, SA, presentó en el registro electrónico del Ministerio de Hacienda y Función Pública la contestación al escrito de subsanación de deficiencias, y presentó la siguiente documentación adicional:
— La resolución del director general de Emergencias e Interior por la que se renueva la inscripción del Plan de Autoprotección de la planta de GNL de Cala Millor en el Registro general de planes de autoprotección, dependiente de la Dirección General de Emergencias e Interior de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas (núm. de inscripción RGPA-114/2012).
— El informe sobre la inspección periódica realizada en las instalaciones de Redexis Gas, SA, en la parcela 538, del polígono 2, de Sant Llorenç des Cardassar, en aplicación de la normativa de accidentes graves en que intervienen sustancias peligrosas, con resultado favorable.
7. Las características principales de la instalación son las siguientes:
— Gas que se suministrará: gas natural con un PCS (Hs) entre un mínimo de 10,26 kWh/m3 y un máximo de 13,26 kWh/m3, en función de su procedencia.
— Descripción de la instalación: ampliación de la planta satélite de GNL con un nuevo recipiente criogénico con una capacidad de 104,615 m3, con una capacidad final total de 344,615 m3 (104,615 m3 + 240,00 m3), ubicada en el paraje de Na Gatera (polígono 2, parcela 538) del término municipal de Sant Llorenç des Cardassar .
— Presupuesto: 35.170,39 euros.
8. Con todo esto, los servicios técnicos de la Dirección General de Energía y Cambio Climático, en concreto el jefe del Servicio de Transporte y Distribución de Energía y Generación Térmica, informaron favorablemente la solicitud de puesta en servicio de las instalaciones del proyecto de la planta de GNL para el suministro de gas natural al casco urbano de Cala Millor (T.M. de Sant Llorenç des Cardassar), dado que la documentación aportada es la que establece la normativa de aplicación.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
2. El Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, que regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y autorización de instalaciones de gas natural.
3. El Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11.
4. El Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la revisión del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears.
5. El Decreto ley 3/2014, de 5 de diciembre, de medidas urgentes destinadas a potenciar la calidad, la competitividad y la desestacionalización turística en las Illes Balears.
6. El Decreto 1/2016, de 16 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
7. El Decreto 4/2018, de 24 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
8. La Resolución de consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 18 de abril de 2016 de delegaciones de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Emitir la puesta en servicio de las instalaciones de distribución de gas natural correspondientes a la ampliación de la planta de GNL para el suministro de gas natural al casco urbano de Cala Millor (término municipal de Sant Llorenç des Cardassar), cuyas características técnicas se describen en el apartado séptimo de los hechos.
2. Notificar esta Resolución al titular de la instalación.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Territorio, Energía y Movilidad en el plazo de un mes desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. También se podrá interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente de la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 17 de mayo de 2019
El director general de Energía y Cambio Climático
Ferran Rosa Gaspar
Por delegación de competencias de consejero de Territorio, Energía y Movilidad
(BOIB 50/2016)