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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE ECONOMIA Y HACIENDA

Núm. 5134
Extracto de la Resolución del Consejero ejecutivo de Economía y Hacienda de 15 de mayo 2019 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para actuaciones de fomento, promoción y divulgación de la responsabilidad social corporativa que lleven a cabo las entidades sin ánimo de lucro y las corporaciones de derecho público

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BNDS (IDENTIF.): 456721

De acuerdo con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)

Primero. Beneficiarios

Pueden solicitar subvenciones en el marco de esta convocatoria las entidades sin ánimo de lucro, asociaciones, fundaciones, federaciones y confederaciones empresariales, sindicados, colegios profesionales y otras corporaciones de derecho público.

Segundo. Objeto

El objeto de esta convocatoria es fijar los criterios y el procedimiento de concesión de las subvenciones dirigidas a dar soporte a las actuaciones en materia de promoción, de fomento y de divulgación de la RSC que realicen las entidades sin ánimo de lucro y las corporaciones de derecho público entre sus asociados, miembros o público en general.

Tercera. Bases reguladoras

Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB núm.21, de 18 de febrero de 2017)

Cuarto. Cuantía

El presupuesto de gastos del Consejo Insular de Mallorca que se destina a esta convocatoria es la cantidad total de 226.000€ (doscientos veintiséis mil euros). Está previsto que se distribuirá de la siguiente manera:

Anualidad

Aplicación presupuestaria

Importe máximo

2019

70.93101.48900

102.000 €

2020

70.93101.48900

124.000 €

Quinto. Plazo para la presentación de solicitudes

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de LPACAP, el plazo se iniciará el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y finalizará día 01 de julio de 2019 y se podrán presentar las solicitudes en el Registro General del Consejo Insular de Mallorca y también en los lugares establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.   

Sexto. Otros datos

El ámbito territorial de esta convocatoria es la isla de Mallorca, de forma que únicamente se subvencionarán actividades desarrolladas en esta isla.

Las actividades subvencionables tienen que haberse llevado a cabo entre el 1 de junio de 2019 y el 30 de mayo de 2020.

Esta convocatoria está reflejada en el Plan estratégico de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca para el año 2019.

El modelo normalizado de solicitud y la documentación que se tiene que acompañar se encuentra disponible, igualmente, en la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca

https://seu.conselldemallorca.net/es/procediments?nom=subvenciones-ayudas-becas-y-premios

  

Palma, 15 de maig de 2019

La  secretaria tècnica d’Economia i Hisenda

(Per delegació del conseller executiu d’Economia i Hisenda,

Resolució de 21 de juliol de 2015, BOIB núm. 113, de 25 de juliol)

Maria del Carmen Iglesias Manjón