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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 5130
Acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de fecha 6.5.2019, relativo a la aprobación de la convocatoria para la concesión de ayudas a deportistas/estudiantes en centros de tecnificación deportiva o dentro del Plan Nacional de Tecnificación Deportiva Balear 2018/19 que residen fuera de la isla de Menorca (exp. 2707-2019-000001)

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Texto

Dado que la Ley 3/1995, del deporte balear, en su exposición de motivos, destaca que el deporte es una función social que favorece el desarrollo completo y armónico del ser humano y posibilita su formación integral y contribuye a la consecución, en todos los órdenes, de una mayor calidad de vida;

Dado que esta convocatoria persigue el objetivo final de promover y apoyar a los deportistas/estudiantes menorquines de alto nivel deportivo que tienen que compaginar los entrenamientos de alto rendimiento diarios con los estudios y residir fuera de Menorca;

Dado que el Plan Estratégico de Subvenciones del ejercicio 2019 del Consejo Insular de Menorca contempla esta línea de ayuda por deportistas estudiantes en centros de tecnificación o dentro del Plan Nacional de Tecnificación Deportiva Balear 2018-2019 que residen fuera de la isla de Menorca;

En conformidad con la normativa básica aplicable al Consejo Insular de Menorca en materia de subvenciones y en el marco del que establecen las Bases de ejecución del presupuesto de esta administración;

Atendida la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Ocupación, Proyección Económica, Juventud y Deportes;

ACUERDO:

Aprobar la convocatoria de ayudas del CIME para deportistas/estudiantes en centros de tecnificación deportiva o incluidos en el Plan Nacional de Tecnificación Deportiva Balear 2018-2019 que residen fuera de la isla de Menorca, para el año 2019, que se regirá por las bases del año 2017 (BOIB n.º 41 de 6 de abril de 2017) de acuerdo con las condiciones siguientes:

a) En las bases (BOIB n.º 41 de 6 de abril de 2017) se sustituirá en 2017 por el año 2019, y la temporada 2016/2017 por la temporada 2018/19.

b) Importe global máximo de las ayudas y crédito presupuestario. Las ayudas concedidas serán atendidas con cargo a las partidas presupuestarias y con los importes máximos que se indican más abajo:

Partida presupostaria

Cuantía máxima

34100. 4890022

10.000,00 euros

Este importe únicamente podrá ampliarse en el supuesto de aportaciones expresas de terceros para contribuir a la financiación del objeto de la convocatoria y que se hayan concretado posteriormente a su aprobación.

c) El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días naturales contados a partir del día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

d) El órgano instructor será uno/a técnico/a de Deportes del Departamento de Ocupación, Proyección Económica, Juventud y Deportes.

Interposición de recursos

Contra este acuerdo; que no agota la via administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dÍa siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

 

Mahón, 21 de mayo de 2019

El secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón