Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 5121
Notificación de Resolución de desistimiento a los beneficiarios de las ayudas, Exp. 212 de fecha 13 de mayo de 2019, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, para los años 2015-2019
El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan, subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, correspondientes a los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente del FOGAIBA, con fecha 13 de mayo de 2019, firmó la siguiente resolución,
“INFORME/PROPUESTA DE RESOLUCIÓN/ RESOLUCIÓN DE DESISTIMIENTO DE AYUDAS A LAS INVERSIONES AGRARIAS
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida 4.1- Ayudas a las Inversiones en las explotaciones agrarias (INEA)
Convocatoria: INEA 2016_2/ Exp. 212
Antecedentes
1. Con fecha de 16 de julio de 2015 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 106, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2016 y 22 de junio de 2016.
2. De conformidad con el apartado sexto de la Resolución mencionada, el plazo para presentar las solicitudes terminó el día 30 de diciembre de 2016.
3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.
4.Se publicó en la web www.caib.es una notificación de deficiencias donde se emplazaba la persona interesada en enmendar su expediente en el plazo de diez días.
5. Transcurrido el plazo sin que se hayan presentado alegaciones corresponde dar por desistida la solicitud, finalizar el procedimiento y archivo del expediente.
Fundamentos de derecho
1. Resolución de 10 de julio de 2015 del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias.
2. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución de 10 de julio de 2015 del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias.
18. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Propuesta de Resolución
Por todo ello, se informa desfavorablemente y se propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
1.Dar por desistida la solicitud de ayuda detalladas en el anexo I, que son un total de 1 expediente y que empieza y termina con MIGUEL JUAN SALVA.
2.Finalitzar el procedimiento y archivar el expediente
3.Notificar esta resolución al interesado mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Palma, 13 de mayo de 2019
El gestor de la línea, Francisco Salvà Socías |
La jefe de Sección, Lidia Álvarez Álvarez |
El Jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural, Isidre Cañellas Simonet |
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Conforme con la propuesta, dicto resolución |
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Palma, 13 de mayo de 2019 |
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El vicepresidente del FOGAIBA, Mateu Ginard i Sampol” |
ANEXO I. RELACIÓN DE SOLICITUDES PARA DESISTIR
Solicitante |
NIF |
Núm. exp. |
Motivos del desistimiento |
MIGUEL JUAN SALVA |
43136827 Y |
INEA 2016_2/212 |
Transcurridos mas de 10 días no ha contestado a las deficiencias publicadas via web día 12 de abril de 2019.
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Palma, 15 de mayo de 2019
El director gerente del FOGAIBA
Guillem Rosselló Alcina