Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 5107
Acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de fecha 29.4.2019, relativo a la aprobación de las bases que regulan la concesión de ayudas del Consejo Insular de Menorca a los ayuntamientos para financiar los servicios de información juvenil y las actividades de dinamización para los jóvenes, y aprobación de la convocatoria correspondiente al año 2019 (Exp. 5202-2019-000002)
El Plan Estratégico de Subvenciones del Presupuesto general del CIM para el ejercicio 2019 prevé entre los objetivos generales del Departamento de Empleo, Proyección Económica, Juventud y Deportes, promover las actividades dirigidas a los jóvenes por parte de los municipios y ayudas destinadas al mantenimiento de los puntos de información, centro de información y centros de jóvenes de los ayuntamientos de la isla; y el objetivo específico es colaborar en el mantenimiento de los servicios de información juvenil y en la programación de actividades formativas, educativas y lúdicas para jóvenes de entre 14 y 30 años encaminadas al ocio, el ocio nocturno y alternativo, la formación del voluntariado, la dinamización y participación de los jóvenes en la vida pública y la formación cultural en sus territorios a lo largo del año 2019.
Dado que, para dar asistencia y apoyos a los ayuntamientos el Departamento de Empleo, Proyección Económica, Juventud y Deportes abrirá una convocatoria de ayudas de conformidad con la normativa básica aplicable al Consell Insular de Menorca en materia de subvenciones y en el marco de lo que establecen las Bases de ejecución del presupuesto de esta administración.
Visto el informe de necesidad de la directora insular de Empleo, Proyección Económica, Juventud y Deportes, de fecha 8 de abril de 2019, por el que informa favorablemente sobre la convocatoria de ayudas para los ayuntamientos en materia de servicios de información juvenil y de actividades de dinamización para los jóvenes.
Vista la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Empleo, Proyección Económica, Juventud y Deportes;
ACUERDO:
PRIMERO.- Aprobar la convocatoria correspondiente a las ayudas del Consell Insular de Menorca para la realización de actividades juveniles, para la promoción del voluntariado y para el mantenimiento y el funcionamiento de las entidades juveniles de Menorca para el año 2019, que se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca en la sesión de carácter ordinario de 22 de octubre de 2018 y publicadas en el BOIB núm. 143, de 15 de noviembre de 2018, con el cambio siguiente al título: donde dice «2018», debe decir «en el año 2019»; y por las condiciones siguientes:
a) Importe global máximo de las ayudas y crédito presupuestario. Las ayudas concedidas serán atendidas con cargo a las partidas presupuestarias y con los importes máximos que se indican más abajo, sin perjuicio de que los importes puedan ser ampliados en el supuesto de aportaciones expresas de terceros para contribuir a la financiación del objeto de la convocatoria, concretados posteriormente a su aprobación.
Partida |
2019 |
2020 |
Cuantía máxima |
5.33450.4620007 |
37.500 € |
12.500 € |
50.000 € |
b) El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente a aquél en que se publique esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
c) El importe máximo de la subvención por solicitud será de 10.000 euros por ayuntamiento.
d) La instructora de este expediente será la señora Maria José Molina Oliver, técnica del Departamento de Empleo, Proyección Económica, Juventud y Deportes del CIM.
e) Aprobar, asimismo, la constitución de la comisión evaluadora para la concesión de las solicitudes presentadas, según la base duodécima de las bases de concesión de ayudas destinadas a los ayuntamientos para la financiación de los servicios de información juvenil y las actividades de dinamización para los jóvenes.
La Comisión Evaluadora está formada por:
Presidente: Sr. Miquel Company Pons, consejero ejecutivo del Departamento de Empleo, Proyección Económica, Juventud y Deportes del CIM.
Secretaria: Sra. Miriam Soliveras Sintes, administrativa del Departamento de Empleo, Proyección Económica, Juventud y Deportes del CIM.
Vocales:
- Sra. Pilar Carrasco Pons, directora insular del Departamento de Empleo, Proyección Económica, Juventud y Deportes del CIM.
- Sra. Magdalena Seguí Jover, técnica de INJOVE.
- Sra. Maria José Molina Oliver, técnica del Departamento de Empleo, Proyección Económica, Juventud y Deportes del CIM.
SEGUNDO.- Condicionar la aportación correspondiente al año 2020 a que haya crédito adecuado y suficiente a la partida correspondiente.
Interposición de recursos
Contra este acuerdo; que no agota la via administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dÍa siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.
El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.
Maó, 15 de mayo de 2019
El secretario del Consejo Ejecutivo
Octavi Pons Castejón