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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 5085
Acuerdo de la Mesa General de Negociación del Consejo Insular de Ibiza en relación al personal destinado al servicio de prevención y de extinción de incendios (SPEIS)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno extraordinario del Consejo Insular de Ibiza, a la sesión de día 15 de mayo de 2019 aprobó una propuesta del tenor siguiente:

«PROPUESTA DE ACUERDO DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DEL CONSEJO INSULAR DE IBIZA EN RELACIÓN AL PERSONAL DESTINADO AL SERVICIO DE PREVENCIÓN Y DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS (SPEIS)

PREÁMBULO

En el BOIB nº 48, de fecha 13/04/2019, se ha publicado la Ley 17/2019, de 8 de abril, de concesión de créditos suplementarios para atender gastos inaplazables derivados de sentencias judiciales pendientes de pago en el ámbito de la Ley 4/2008, de 14 de mayo, de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible a las Islas Baleares, con cargo en los presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2018, y de modificación del Decreto Ley 2/2018, de 18 de octubre, por el cual se establecen ayudas y otras medidas urgentes para reparar las pérdidas y los daños producidos por las lluvias intensas y las inundaciones del día 9 de octubre de 2018 en la comarca del Levante de Mallorca.

La disposición adicional segunda del texto legal anteriormente mencionado, en lo referente a la clasificación de los cuerpos de bomberos y otras normas en materia de personal de los servicios de prevención y extinción de incendios (SPEIS) de las administraciones locales, dispone un cambio en la vigente clasificación de los cuerpos de bomberos y establece varias normas en materia de este tipo de personal.

La relación de puestos de trabajo del personal destinado a los servicios de prevención y extinción de incendios, desde que se aprobó el 11 de noviembre de 2002, se encuentra, a día de hoy, en un estado de avanzada obsolescencia al haberse detectado, a lo largo de todos estas años, determinadas carencias relacionadas con las funciones que llevan a cabo de estos puestos de trabajo, cosa que repercute negativamente en la valoración del complemento específico que perciben los trabajadores destinados a este servicio.

Las circunstancias anteriormente mencionadas han sido comunicadas a la Corporación por la representación sindical de los trabajadores destinados al servicio de prevención y extinción de incendios, a raíz de lo cual, y mientras se inician los procedimientos para poner solución, las partes han acordado firmar este documento en la Mesa General de Negociación del Consejo Insular de Ibiza para concretar las actuaciones que hay que llevar a cabo para revisar la relación de puestos de trabajo y adaptarla, tanto a lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 17/2019, de 8 de abril, como las funciones que en la realidad lleva a cabo el servicio en la actualidad.

ACUERDO

PRIMERO Objeto.

El objeto de este Acuerdo es manifestar el compromiso del Consejo Insular de Ibiza a la representación sindical del personal al Servicio de Extinción de Incendios de iniciar los trámites correspondientes, en el término máximo de tres meses, para llevar a cabo la revisión de la relación de los puestos de trabajo correspondientes al Servicio de Extinción de Incendios.

SEGUNDO. Adaptación a la disposición adicional segunda de la Ley 17/2019, de 8 de abril.

En el mismo plazo anteriormente mencionado, el Consejo Insular de Ibiza tiene que llevar a cabo los trámites que correspondan para modificar la relación de puestos de trabajo del Consejo de Ibiza y clasificar el personal funcionario operativo del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios (SPEIS) conformemente con aquello dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 17/2019, de 8 de abril, y realizar las adaptaciones de los grupos de clasificación y los niveles del puestos de trabajo que correspondan.

TERCERO. Revisión del complemento específico.

El Consejo Insular de Ibiza se compromete a llevar a cabo los trámites que correspondan para modificar la relación de puestos de trabajo del Consejo de Ibiza por tal de revisar la estructura retributiva y la organización de los puestos de trabajo del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios para actualizar el complemento específico de los lugares de referencia incluyendo los conceptos y complementos que, si procede, no se encuentren actualmente incluidos.

Este procedimiento se iniciará en el plazo máximo de tres meses y tiene que finalizar dentro de los seis meses posteriores al inicio, y lo tiene que aprobar el Consejo dentro del plazo máximo de tres meses siguientes desde que se presente el resultado de los trabajos a la Mesa General de Negociación.

CUARTO. Creación del Grupo de Rescate Vertical.

El Consejo Insular de Ibiza se compromete a regular e incluir en la relación de puestos de trabajo, el Grupo de Rescate Vertical (GRV) y determinar los grupos de clasificación profesional y la escala al hecho que estén adscritos, los sistemas de provisión, las retribuciones complementarias y el resto de circunstancias de este lugar que sean oportunos.

QUINTO. Dotación presupuestaria. El Consejo Insular de Ibiza se compromete a disponer los créditos necesarios para atender el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este documento para hacer frente a los gastos que, si procede, estas actuaciones comporten.»

 

Ibiza, 24 de mayo de 2019

La secretaria técnica de Turismo, Interior, Territorio i Movilidad

Margarita Planells Torres