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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 5002
Resolución de la Directora Gerente del Hospital Comarcal de Inca, por la que se resuelve la convocatoria, por el sistema de libre designación, del puesto de Jefe de Servicio Jurídico Administrativo del Hospital Comarcal de Inca

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Texto

Antecedentes

  1. Mediante Resolución de 10 de abril de 2019, de la Directora Gerente del Hospital Comarcal de Inca, se convoca, por el sistema de libre designación, el puesto de Jefe de Servicio Jurídico Administrativo del Hospital Comarcal de Inca (BOIB núm. 48/2019, de 13 de abril).

  2. De acuerdo con esta convocatoria, se recibió en tiempo y forma, una candidatura.

  3. El día 17 de mayo se citó al candidato para que, de acuerdo con aquello que dispone el punto 5 de las bases de la convocatoria, defendiera el proyecto técnico ante el órgano competente.

Fundamentos de derecho

  1. El Acuerdo de Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2011, que confirma el Acuerdo de Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011, que regula el sistema de provisión de cargos no directivos del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 75 de 21/05/2011).

  2. La Resolución de 23 de mayo de 2011, del Director General del Servicio de Salud de las Islas Baleares, por la que se dictan las instrucciones para la implantación del Acuerdo de Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (BOIB núm. 87 de 06/11/2011).

  3. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2013, por el que se ratifica el Acuerdo de Mesa Sectorial de Sanidad de 5 de diciembre de 2012, por el que se modifica el Acuerdo de Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (BOIB núm. 11 de 22/01/2013).

  4. De acuerdo con el punto 7 de las Bases de la convocatoria aprobada por Resolución de 10 de abril de 2019, de la Directora Gerente del Hospital Comarcal de Inca, se recibió una única solicitud para participar en la convocatoria.

Esta cumple los requisitos establecidos en el punto 4 de las Bases de la convocatoria.

  1. Con la finalidad de realizar un análisis objetivo, de acuerdo con el punto 5 de las Bases, se citó al candidato para defender el proyecto técnico presentado ante el órgano competente, valorando los siguientes aspectos: plan de trabajo propuesto, objetivos a lograr, competencias necesarias para gestionar el servicio, identificación de los grupos de interés y principales aportaciones personales al Servicio.

  2. Respecto a la historia profesional del candidato, tanto del currículum presentado cómo de los méritos aportados, acredita amplia experiencia en el terreno jurídico administrativo del sector público sanitario.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

  1. Adjudicar al señor JAVIER UREÑA MORALES, con DNI 43118548B, el puesto de trabajo de Jefe de Servicio Jurídico Administrativo del Hospital Comarcal de Inca, siendo la persona más idónea para ocupar este lugar, por haber presentado un proyecto sólido, de acuerdo con las líneas estratégicas del Hospital.

  2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales del Servicio de Salud y del Hospital al cual corresponde el lugar de trabajo, en conformidad con el artículo 23 del Real decreto ley 1/1999.

Interposición de recursos.

Contra esta Resolución –que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso de reposición ante el órgano que la dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa, en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.6 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, sin perjuicio de cualquiera otro recurso que se considere oportuno interponer.

 

Inca, 23 de mayo de 2019

La Directora Gerente Soledad Gallardo Bonet (Por delegación BOIB 10/2016)