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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO LOCAL

Núm. 4921
Modificación de la convocatoria de subvenciones 2019 para llevar a cabo obras de inversión de competencia municipal, la adquisición de vehículos y de inmuebles para la prestación de servicios de competencia municipal, y sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras.

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Texto

El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, en sesión que ha tenido lugar el día 15 de mayo de 2019, ha aprobado el siguiente acuerdo:

 "Primero. Modificar la convocatoria de subvenciones 2019 aprobada por el Consejo Ejecutivo de día 10 de abril de 2019 (BOIB nº. 50, de día 18 de abril de 2019) para llevar a cabo obras de inversión de competencia municipal, la adquisición de vehículos y de inmuebles para la prestación de servicios de competencia municipal, y sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras, en sentido siguiente:

El punto 3 de la convocatoria, allí donde dice:

"Las subvenciones de esta convocatoria se podrán destinar a sufragar gastos (obras, vehículos, inmuebles y honorarios) comprendidas desde día 1 de julio de 2019 a día 30 de diciembre de 2020."

dirá lo siguiente: 

"Las subvenciones de esta convocatoria se podrán destinar a sufragar gastos (obras, vehículos, inmuebles y honorarios) comprendidos desde día 1 de julio de 2019 a día 28 de febrero de 2021."

El punto 7 de la convocatoria, allí donde dice:

"El plazo para presentar la documentación prevista en el punto siguiente será de dos (2) meses contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Si el último día es inhábil, se tiene que entender prorrogado hasta el primer día hábil siguiente."

dirá lo siguiente:

"El plazo para presentar la documentación prevista en el punto siguiente será de cuatro (4) meses contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Si el último día es inhábil, se tiene que entender prorrogado hasta el primer día hábil siguiente."

Por eso, este plazo para presentar solicitudes finalizará el día 19 de agosto de 2019.

El punto 12.3 de la convocatoria, allí donde dice:

"Acabar las actuaciones hasta día 30 de diciembre de 2020 y justificar los gastos al Consejo hasta día 31 de enero de 2021."

dirá lo siguiente:

"Acabar las actuaciones hasta día 28 de febrero de 2021 y justificar los gastos al Consejo hasta día 31 de marzo de 2021."

Segundo. Publicar esta modificación de la convocatoria mencionada en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).

De conformidad con el artículo 44 en relación con el 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, contra este acuerdo no se podrá interponer recurso en vía administrativa, si bien se podrá formular potestativamente REQUERIMIENTO para su anulación o revocación en el plazo de dos meses contados desde el día que se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears con carácter previo a la interposición de recurso contencioso administrativo.

El requerimiento se entenderá desestimado si en el plazo de un mes desde su presentación no se notifica resolución expresa. El plazo para interponer el recurso contencioso administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en el cual se reciba comunicación de la resolución expresa sobre el requerimiento previo o este se entienda desestimado de forma presunta.

Si no se formula requerimiento previo, se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día de la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

No obstante lo anterior, se puede interponer, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente."

 

Palma, 16 de mayo de 2019

Por delegación del Secretario General, la Secretaria Delegada

(Decreto de 12 de noviembre de 2018. BOIB nº. 143, de 15 de noviembre de 2018)

Nieves Rodríguez Verdú