Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 4699
Resolución de la Directora General de Personal Docente de 15 de mayo de 2019, por la que se aprueban y se hacen públicos, con carácter definitivo, los destinos otorgados a los funcionarios docentes del cuerpo de maestros que participan en el concurso de traslados de ámbito estatal convocado por Resolución de 18 de octubre de 2018
La Resolución de la Directora General de Personal Docente de 18 de octubre de 2018, publicada en el BOIB núm. 136, de 31 de octubre de 2018, convocó el concurso de traslados de ámbito estatal a los funcionarios de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa.
Por Resolución del Consejero de Educación y Universidad del Gobierno de las Illes Balears de 22 de enero de 2019 (BOIB núm. 10, de 22 de enero), y hecha una corrección de errores mediante Resolución del Consejero de Educación Universidad de 6 de febrero de 2019 (BOIB núm. 19, de 12 de febrero) se publican las plantillas y la relación de lugares de trabajo vacantes del cuerpo de maestros. Estos lugares de trabajo vacantes son los que, de acuerdo con lo que determina la base segunda de la convocatoria, se han ofrecido en el concurso de traslados y a los procesos previos convocados por la Resolución mencionada en el párrafo anterior.
Mediante Resolución de la Directora General de Personal Docente de 20 de marzo de 2019 se publicó la adjudicación provisional de destinos. Se han revisado y resuelto las reclamaciones presentadas a esta Resolución y se han excluido del procedimiento los concursantes que voluntariamente han desistido de participar.
El Decret 24/2015, de 7 de agosto, de la Presidenta de las Illes Balears, por la cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, atribuye a la Dirección General de Personal Docente de la Consejería de Educación y Universidad, entre otras competencias, la ordenación y gestión del personal docente.
Finalmente, mediante la Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 29 de octubre de 2015 de delegación de determinadas competencias en materia de gestión de personal (BOIB núm. 163, de 5 de novembre), modificada por la Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 21 de junio de 2017, se delegó en la Directora General de Personal Docente, la competencia establecida en el punto primero apartado b para convocar y resolver los procedimientos ordinarios de provisión de lugares de trabajo, establecer las bases y nombrar a los miembros de los órganos de valoración.
Por todo ello, y en virtud de las competencias que tengo atribuidas dicto la siguiente,
Resolución
1. Aprobar y hacer pública, en el anexo 1 de esta Resolución, la adjudicación con carácter definitivo y ordenada alfabéticamente, con la puntuación total y por apartados, y con indicación de la modalidad en la que han participado, del destino que han obtenido los funcionarios docentes, antes mencionados, que han participado en el concurso de traslados convocado por la Resolución de la Directora General de Personal Docente de 18 de octubre de 2018.
2. Declarar desestimadas, si no figuran resueltas expresamente en esta Resolución, las reclamaciones presentadas contra la Resolución de la Directora General de Personal Docente de 20 de marzo de 2019 por la cual se aprobó la adjudicación provisional de destinos.
3. Aprobar y hacer pública, en el anexo 2 de esta Resolución, la relación de participantes que no han sido admitidos en el concurso de traslados, porque no cumplen los requisitos específicos o han sido excluidos por las causas que se indican.
4. Aprobar y hacer pública, en el anexo 3 de esta Resolución, la relación de participantes que han desistido de participar voluntariamente en el concurso de traslados y que, como consecuencia del desistimiento, han sido dados de baja de la participación del concurso.
5. Aprobar y publicar, en el anexo 4 de esta Resolución, la relación de personas que, habiendo participado en el concurso con carácter forzoso, no han obtenido ningún destino y, en consecuencia, restan pendientes que la Dirección General de Personal Docente les adjudique una destinación provisional para el curso 2019-2020. Estas personas han de participar en el proceso de adjudicación de destinos provisionales por este curso mediante la solicitud telemática que se publicará en la página web http://dgpdocen.caib.es.
6. Señalar que, si en la resolución del proceso se ha adjudicado erroneamente un destino a un docente que no cumple los requisitos exigidos en la convocatoria o que no posee los méritos suficientes para obtener el lugar asignado, la Administración anulará de oficio el destino obtenido.
7. Disponer así mismo que, si hay vacantes o resultas inexistentes o erroneas, el destino a estas plazas quedará anulada y los docentes afectados tendrán la misma consideración que los procedentes de un lugar de trabajo suprimido y les serán de aplicación todos los preceptos del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el cual se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes que prevee la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y otros procedimientos de provisión de plazas que tiene que cubrir este personal.
8. Informar que, de conformidad con lo que dispone el artículo 19 del Real Decreto 1364/2010 y la base vigésimo segunda de la Resolución de la Directora General de Personal Docente de 18 de octubre de 2018, los destinos adjudicados mediante esta Resolución son irrenunciables. No obstante esto, cuando de acuerdo con lo que se establece la base decimoquinta de la Resolución mencionada, se participa simultáneamente por diferentes cuerpos docentes y se obtiene destino en más de uno, se habrá de optar para uno de ellos en el plazo de diez días naturales siguientes a la publicación de esta Resolución, mediante escrito dirigido a la Administración Educativa a la que pertenece la plaza a la que el concursante no se quiere incorporar. Si no se hace esta opción, se tendrá que tomar posesión en la plaza obtenida correspondiente al cuerpo des del cual se ha participado en situación de servicio activo.
El cese de los participantes en el destino de procedencia se producirá el 31 de agosto de 2019 y la toma de posesión en el nuevo destino tendrá lugar el 1 de septiembre de 2019.
9. Determinar que durante el mes de octubre de 2019 las personas interesadas que no hayan interpuesto ningún recurso administrativo podrán solicitar a la Dirección General de Personal Docente la devolución de los documentos originales presentados como justificación de méritos. Si el aspirante no los retira dentro de este plazo, se entenderá que renuncia a recuperarlos.
10. Publicar esta Resolución y los anexos 1, 2, 3 y 4 en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponder un recurso potestativo de reposición ante la Directora General de Personal Docente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También podrán interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Palma, 15 de mayo de 2019
La Directora General de Personal Docent Rafaela Sánchez Benítez