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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SA POBLA

Núm. 4771
Bases subvenciones nominativa partidos políticos

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Texto

BASES REGULADORAS  DE LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA PARTIDOS POLÍTICOS DEL MUNICIPIO DE SA POBLA .

Por la aprobación de la sesión extraordinaria del pleno se han aprobado las bases de la convocatoria de la subvención nominativa  de los partidos políticos de  Sa Pobla.

2.- DICTAMEN APROBACIÓN ASIGNACIONES MIEMBROS CORPORATIVOS.

“Propuesta de Alcaldía"

Asunto: Retribuciones y asignaciones por asistencias a los órganos colegiados de la Corporación

Gabriel Ferragut Mir, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de sa Pobla, Islas Baleares, en conformidad con el que dispone el apartado 4 del artículo 13 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, con la redacción dada por la ley 14/2000, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, propone al Pleno Municipal la siguiente régimen de retribuciones y asignaciones al Alcalde y regidores de este Ayuntamiento:

Primero.- Aprobar por el Alcalde-Presidente, por su dedicación exclusiva en el Ayuntamiento, una retribución íntegro anual de 37.000,00 €, distribuida en 12 mensualidades de 3.083,33 €.

Segundo.- Aprobar 4 dedicaciones parciales, equivalentes a 20 horas de dedicación semanal, por importe íntegro de 825,00 € mensuales, durante 12 mensualidades cada de año, por los siguientes regidores del grupo del gobierno municipal:

1. Guillem Crespí Barceló

2. Joan Pérez Comas

3. oan Crespí Garau

4.Antoni Simó Tomás Cañellas

Tercero.- Proceder a dar de alta al Régimen de la Seguridad Social que corresponda al sr. Batle y a los 4 regidores con dedicación parcial del gobierno municipal.

Cuarto.- Aprobar por los regidores no relacionados en los apartados anteriores las siguientes asignaciones por asistencias a los órganos colegiados del Ayuntamiento:

1. Por asistencias al Plenos Municipales, tanto sean          130,00 €/sesión ordinarias, extraordinarias como las urgentes

2. Por asistencias a la Comisión Informativa de Plenos      85,00 €/sesión

3. Por asistencias a la Junta de Gobierno                            100,00 €/sesión

4. Por asistencia a Juntas de portavoces                              100,00 €/sesión

5. Por asistencia a la Comisión Especial de Cuentas           75,00 €/sesión

6. Por asistencia a otras Comisiones Informativas               75,00 €/sesión

La cantidad máxima anual que podrá meritar cualquier regidor por asistencias a los órganos colegiados será de 9.900,00 €. En el supuesto que el total de indemnizaciones que se meriten por este concepto sobrepasen el mencionado importe, no se percibirá ninguna cantidad y las diferencias no se podrán resarcir con cargo a los ejercicios futuros.

Transitoriamente, y aplicable durante el presente ejercicio 2015, el límite anterior quedará establecido en la cantidad que resulte de redistribuir los remanentes de crédito de las partidas 01/9120/10000, aplicaciones 01,02,03,04, correspondientes a las retribuciones y asignaciones del Sr. Alcalde y los Sres. regidores, una vez dispuestos los remanentes de créditos destinados al Alcalde y a los regidores con dedicación parcial, pero siempre sin sobrepasar el límite de 9.900 €/año. por regidor.

A los efectos del punto cuarto anterior, mensualmente, de orden y con el visto y aprobado del sr. Alcalde, se expedirá relación nominal de las cantidades a percibir en concepto de asistencias a los diferentes órganos colegiados del Ayuntamiento. La mencionada relación pasará a la Intervención Municipal y a la Tesorería Municipal por su abono en la cuenta corriente bancaria que hayan indicado los interesados.

Quinto.- Aprobar que el régimen de retribuciones y asignaciones propuesto en los puntos anteriores tenga efectos y se apliquen desde el día 13 de junio de 2015. A estos efectos, que se proceda a determinar y liquidar las retribuciones y asignaciones meritadas hasta la fecha del acuerdo plenario de aprobación, si corresponde.

Sexto.- En concepto de asignaciones por grupos políticos con representación municipales, cada grupo político percibirá la cantidad proporcional de 891,67 € anuales por cada regidores que comprenda el grupo. El total crédito por este concepto será de: 891,67 € x 17 regidores = 15.158,39 €.

La liquidación por este concepto se realizará anualmente, a la fecha de 31 de mayo, y se extenderá a todo el ejercicio corriente. Si por cualquier causa o motivo se tuvieran que celebrar nuevas elecciones municipales y el nuevo consistorio se tuviera que constituir antes de aquella fecha, se procederá a liquidar las cantidades por este concepto correspondientes a todo el ejercicio corriente.

Este es al parecer lo que subscribe, no obstante el Pleno Municipal acordará el que más convenga a los intereses Municipales.

Se somete a votación la propuesta quedando aprobada la misma por 11 votos a favor correspondientes a 6 IxSP-PINO, 3 MES y 2 PSIB-PSOE y 6 abstenciones correspondientes a PP.

EL ALCALDE                                                                                                                                     EL SECRETARIO.

 

Sa Pobla, 15 de mayo de 2019

El Alcalde presidente Biel Ferragut Mir