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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 4700
Resolución del vicepresidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de traslado de créditos previstos en la Resolución del presidente del FOGAIBA, de 27 de diciembre de 2017, por la que se convocan, mediante anticipado de gasto, para los años 2018-2020, ayudas para la limitación del impacto de la pesca en el medio marino y la adaptación de la pesca a la protección de especies

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Texto

El 30 de diciembre del 2017 se publicó en el BOIB núm. 161 la Resolución del presidente del FOGAIBA, de 27 de diciembre de 2017, por la que se convocan, mediante anticipado de gasto, para los años 2018-2020, ayudas para la limitación del impacto de la pesca en el medio marino y la adaptación de la pesca a la protección de especies. Modificada con la Resolución del presidente del FOGAIBA de 24 de enero de 2018 (BOIB núm. 13 de 27/01/2018); la Resolución del presidente del FOGAIBA de 12 de diciembre de 2018 (BOIB núm. 157 de 15/12/2018), y la Resolución del presidente del FOGAIBA de 5 de febrero de 2019 (BOIB núm. 18 de 9/02/2019).

El apartado segundo de esta Resolución establece el crédito destinado a la primera convocatoria, doscientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres euros (233.333,00 €), mientras que el resto de las convocatorias quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas.

Tal como establece el punto 2 del apartado segundo de la convocatoria, la cantidad no aplicada debe trasladarse al periodo siguiente mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, es decir, del vicepresidente del FOGAIBA, que debe publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

Una vez finalizado el plazo de solicitudes de la 1.ª, 2.ª y 3.ª convocatoria, no se han recibido solicitudes; por lo tanto, puede trasladarse el presupuesto a la 4.ª convocatoria.

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del jefe del Servicio de Ayudas de la OCM, del Estado y de Pesca, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Trasladar doscientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres euros (233.333,00 €) a la cuarta convocatoria de subvenciones prevista en la Resolución del presidente del FOGAIBA, de 27 de diciembre de 2017, por la que se convocan, mediante anticipado de gasto, para los años 2018-2020, ayudas para la limitación del impacto de la pesca en el medio marino y la adaptación de la pesca a la protección de especies.

Segundo

Esta Resolución debe comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y debe publicarse, junto con la corrección del extracto publicado, en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, 14 de mayo de 2019

El vicepresidente del FOGAIBA

Mateu Ginard i Sampol